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ACUERDO Normativo 1/2022, de 6 de octubre, de la Academia Aragonesa de la Lengua, sobre la normativa de uso oficial del aragonés.

Publicado el 19/10/2022 (Nº 203)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: ACADEMIA ARAGONESA DE LA LENGUA

Texto completo:

La Ley 3/2013, de 9 de mayo, de uso, protección y promoción de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, creó la Academia Aragonesa de la Lengua como "institución científica oficial en el ámbito de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, a la cual corresponde establecer las normas referidas al uso correcto de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, así como asesorar a los poderes públicos e instituciones sobre temas relacionados con el uso correcto de las lenguas y modalidades lingüísticas propias y con su promoción social" (artículo 7.1).

El artículo 8 de la misma Ley reza: "En el caso de que las instituciones públicas utilicen las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, de conformidad con lo establecido en esta Ley, deberán seguir la norma lingüística establecida por la Academia Aragonesa de la Lengua".

El artículo 2 del Decreto 56/2018, de 10 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Academia Aragonesa de la Lengua ("Boletín Oficial de Aragón", número 77, de 20 de abril de 2018) establece, asimismo, que las competencias de la Academia Aragonesa de la Lengua son:

Establecer las normas referidas al uso correcto de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, a través de sus institutos.

Asesorar, a través de sus institutos, a los poderes públicos e instituciones sobre temas relacionados con el uso correcto de las lenguas y modalidades lingüísticas propias y con su promoción social.

Desarrollar aquellas tareas que, en el ámbito de su competencia, le encargue el Gobierno de Aragón.

En los últimos meses, diversas Órdenes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón han hecho referencia a la valoración de determinadas solicitudes de ayudas, subvenciones y concursos artísticos y literarios en función de la "adecuación a la normativa vigente en materia lingüística teniéndose en cuenta los criterios establecidos por la Academia Aragonesa de la Lengua". En particular, las siguientes:

Orden ECD/464/2022, de 5 de abril, por la que se convocan ayudas a entidades sin ánimo de lucro para el año 2022 en materia de política lingüística.

Orden ECD/595/2022, de 28 de abril, por la que se convocan subvenciones a las entidades locales de Aragón para el año 2022 en materia de política lingüística.

Orden ECD/762/2022, de 25 de mayo, por la que se convoca el III Concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa.

Orden ECD/904/2022, de 13 de junio, por la que se convoca el Premio "Arnal Cavero 2022".

Orden ECD/905/2022, del 13 de junio, por la que se convoca el Premio "Guillem Nicolau 2022".

Además, en el anexo I de la Orden ECD/1615/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1274/2018, de 16 de julio, por la que se regula la certificación de conocimientos de la lengua aragonesa, en la descripción del nivel C1 de lengua aragonesa, dentro de la actividad de lengua producción y coproducción de textos escritos, considera, como uno de los objetivos: "Reconocer y apreciar las diferentes tradiciones ortográficas y utilizar correctamente la norma de uso oficial". La mención a la "utilización correcta de la norma de uso oficial" en el nivel C1, que no aparece en la descripción del resto de niveles, supone una referencia implícita a las competencias de esta Academia.

Por todo lo anterior, y considerando la inseguridad que el silencio de la Academia ante dichas referencias pudiera acarrear a quienes participen en dichos procedimientos, la Academia Aragonesa de la Lengua cree conveniente aclarar la situación normativa del aragonés.

El día 21 de marzo de 2022, quedaron constituidos los Plenarios del Institut Aragonès del Català y del Instituto de l´Aragonés.

El día 4 de abril de 2022, el Plenario del Instituto de l´Aragonés acordó la creación de la Comisión de Grafía, encargada de elaborar la norma gráfica oficial de la lengua aragonesa. Posteriormente, el día 13 de junio de 2022, el Plenario del Instituto de l´Aragonés aprobó la creación de las secciones de Lexicografía, Gramática, Sociolingüística, Onomástica y Enseñanza, que también deberán proponer al Plenario del Instituto otro tipo de cuestiones normativas.

La Comisión de Grafía se constituyó el pasado 11 de abril y está ya trabajando en su propósito, aunque se espera que todavía pasen algunos meses antes de que finalice la elaboración de dicha norma. Entretanto, la voluntad de los miembros del Instituto ha sido considerar, provisionalmente, todas las normas lingüísticas preexistentes como válidas para la escritura del aragonés, respetando y reconociendo así la importante labor previa de investigación y codificación realizada por asociaciones e instituciones. Esta ha sido la forma de actuar seguida en los distintos órganos de la Academia, tanto en las comunicaciones internas como en la redacción de las actas y documentos de trabajo.

La Academia, en el ejercicio de sus competencias, quiere trasladar a la sociedad este espíritu de concordia, y considera que, en el momento de transitoriedad actual, no debe considerarse incorrecta ninguna norma gráfica explícita anterior a la creación de esta institución.

Por todo lo anterior, el Pleno de la Academia Aragonesa de la Lengua, a propuesta del Plenario del Instituto de l´Aragonés, aprueba el siguiente Acuerdo Normativo:

De manera provisional, a los efectos previstos en los artículos 7.2 y 8 de la Ley 3/2013, de 9 de mayo, y en relación con la escritura del aragonés, se considera uso correcto de la lengua la utilización de cualquiera de las normas gráficas existentes, hasta que la Academia publique nuevas directrices en materia ortográfica.

Zaragoza, 6 de octubre de 2022.- El Presidente, Javier Giralt Latorre.