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ORDEN ECD/1617/2022, de 2 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria del III Concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa.

Publicado el 14/11/2022 (Nº 220)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden ECD/762/2022, de 25 de mayo, fue convocado el III concurso "Antonio Artero" de video de lengua aragonesa ("Boletín Oficial de Aragón", número 107, de 6 de junio de 2022), con una dotación de mil euros (1.000 €).

Dicho premio se convocó en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, punto 2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, con el fin de premiar una obra de creación de vídeo en lengua aragonesa, en cualquiera de sus variedades, con sujeción a las bases reguladoras aprobadas mediante Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 20, de 31 de enero de 2017 y modificada por Orden ECD/209/2020, de 11 de febrero, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 53, de 16 de marzo de 2020, por la que se establecieron las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón.

De conformidad con la citada Orden de convocatoria y de acuerdo con la valoración emitida por el jurado previsto en el apartado decimoprimero de las bases de la referida Orden, que se ha reunido para valorar las solicitudes presentadas, ha determinado que la obra "Adormite" ha sido elegida "por normalizar l'uso de l'aragonés, ta tratar un tema d'autualidat con una gran

En virtud de lo expuesto, dispongo:

Primero.- Otorgar el III concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa, por un importe de mil euros (1.000 €), a don Carlos Baselga Abril, al haber obtenido la obra presentada "Adormite" un total de 60 puntos, de acuerdo con la valoración obtenida una vez aplicados los criterios establecidos en el apartado decimosegundo de las bases de la Orden de convocatoria.

El jurado ha elegido esta obra por normalizar el uso del aragonés, para tratar un tema de actualidad con una gran sensibilidad, destacando fundamentalmente la creatividad de su guión.

El otorgamiento del premio se tramitará como una subvención con cargo a la línea presupuestaria 18020/G/4551/480507/91002, del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El pago se realizará conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, la Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón, y la Orden ECD/762/2022, de 25 de mayo, por la que se convoca el III concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa.

Segundo.- En cuanto a las obligaciones de los beneficiarios se estará a lo especificado en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el artículo 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; en el artículo 8 de la Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón, y en la Orden ECD/762/2022, de 25 de mayo, por la que se convoca el III concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa.

En el supuesto de incumplimiento de cualquiera de las normas aplicables, se procederá a declarar la pérdida del derecho parcial o total al cobro de la misma, o a su reintegro y al ejercicio de las acciones que correspondan según la normativa vigente.

Tercero.- El adjudicatario de esta ayuda está obligado a suministrar información sobre la ayuda concedida en los términos establecidos en el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Cuarto.- La presente Orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón. Asimismo, se publicará la concesión de ayuda en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la Orden de resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la Orden de resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 2 de noviembre de 2022.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO