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RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2017, de la directora del Instituto Aragonés de la Mujer, por la que se declara desierto el procedimiento abierto para la adjudicación del contrato servicios denominado "Prestación del servicio de educación familiar para mujeres victimas de violencia y sus hijas e hijos en las capitales de provincia de Aragón y en la delimitación comarcal de Zaragoza 2017-2019".

Publicado el 05/09/2017 (Nº 170)
Sección: V. Anuncios - a) Contratación de las Administraciones Públicas
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Antecedentes de hecho

Primero.- Por Resolución de 30 de junio de 2017, la Directora del Instituto Aragonés de la Mujer, acordó la iniciación del expediente de tramitación para la adjudicación, por procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, tramitación urgente y simplificada, del contrato de servicios denominado "Prestación del servicio de educación familiar para mujeres victimas de violencia y sus hijas e hijos en las capitales de provincia de Aragón y en la delimitación comarcal de Zaragoza. 2017-2019".

Segundo.- Una vez seguidos los trámites legalmente establecidos, mediante Resolución de 19 de julio de 2017, de la Directora del Instituto Aragonés de la Mujer se aprobaron los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.

Tercero.- Con fecha 3 de agosto de 2017, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", y en el perfil del contratante la convocatoria de licitación del contrato de servicios de referencia con una plazo de presentación de proposiciones de, 15 días naturales, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del anuncio.

Cuarto.- Una vez finalizado el plazo para la formulación de proposiciones, no se recibió ninguna oferta.

Fundamentos de derecho

Primero.- En la tramitación del expediente referido, se ha cumplido lo preceptuado en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y disposiciones concordantes, así como el pliego de cláusulas administrativas particulares.

Segundo.- Procede la aplicación, a sensu contrario, del artículo 151.3 párrafo 2 del TRLCSE, que establece que "No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego". Del citado precepto se desprende que el órgano de contratación podrá declarar desierta una licitación, bien cuando no se hayan presentado ofertas, bien cuando estas no sean admisibles conforme a los pliegos.

Por ello, a tenor de lo establecido en el artículo 151.3 del TRLCSP, a sensu contrario, La Directora del Instituto Aragonés de la Mujer, resuelve

Primero.- Declarar desierto el procedimiento abierto convocado para la adjudicación del contrato de servicios denominado "Prestación del servicio de educación familiar para mujeres victimas de violencia y sus hijas e hijos en las capitales de provincia de Aragón y en la delimitación comarcal de Zaragoza. 2017-2019" (EXP. IAM 1732) ante la ausencia de licitadores.

Segundo.- Publicar esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", y en el perfil del contratante de la comunidad Autónoma de Aragón.

Contra la presente resolución, podrá interponerse, de forma potestativa, el recurso especial en materia de contratación, regulado en el artículo 40 del TRLCSP, en el plazo de, 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución, ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, previsto en la Ley 3/2011 de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, o recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de su publicación de conformidad con lo señalado en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

La presente resolución se dicta en virtud de lo dispuesto en la Orden de 24 de agosto de 2015, del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales sobre delegación de competencias en materia de autorización de gastos, disposiciones de crédito, reconocimiento de obligaciones, propuestas de ordenación de pagos y contratación ("Boletín Oficial de Aragón", número 173 de 7 de septiembre de 2015).

Zaragoza, 17 de agosto de 2017.- La Directora del Instituto Aragonés de la Mujer, Natalia Salvo Casaús.