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ORDEN PRI/1016/2020, de 2 de septiembre, por la que se autoriza la enajenación mediante licitación por precio de doce parcelas urbanas de uso industrial pertenecientes al Ayuntamiento de Novallas.

Publicado el 28/10/2020 (Nº 215)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de Novallas para enajenar, mediante licitación por precio, terrenos urbanos de uso industrial de propiedad municipal, de naturaleza patrimonial, pertenecientes al patrimonio público del suelo.

El Ayuntamiento de Novallas, en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 31 de julio de 2020, con la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, adoptó Acuerdo de enajenar doce parcelas, calificadas como bienes patrimoniales, pertenecientes al patrimonio público de suelo, cuyo valor excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto municipal vigente.

Considerando, que los Ayuntamientos tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en los artículos 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 188 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 108.4 y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, y 3 y 5 del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón y 5 del texto refundido 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Considerando, que estando los bienes a enajenar por el Ayuntamiento de Novallas integrados en el Patrimonio Público de Suelo de ese Municipio, de acuerdo con el artículo 6.4 y 111 del Reglamento de Bienes de referencia, dicha enajenación se regirá por su normativa específica, contenida en los artículos 107 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, que establece la licitación por precio como uno de los procedimientos para la enajenación de dichos bienes.

Considerando que conforme se prescribe en el artículo 105 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, los ingresos obtenidos mediante enajenación de los terrenos han de destinarse por el Ayuntamiento a la conservación y ampliación del Patrimonio Público del Suelo, o, mediante acuerdo específico del órgano competente, a los usos propios de su destino, en los términos establecidos en dicho artículo.

Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, el Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, y el Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, así como y el texto refundido de Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado quince del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos y Decreto 6/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Novallas para proceder a la enajenación de los siguientes bienes inmuebles:

Finca A1. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de doscientos treinta y seis con ochenta y seis, 236,86 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 11.570,61 €.

Finca A3. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de trescientos veinticuatro con cincuenta y nueve, 324,59 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 15.856,22 €.

Finca A6. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de trescientos cuarenta y seis con sesenta y seis, 346,66 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 16.934,34 €.

Finca A5. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de trescientos setenta y uno con setenta y dos, 371,72 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 18.143,87 €.

Finca A8. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de trescientos cincuenta y tres con dos, 353,02 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 17.245,03 €.

Finca A7. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de trescientos noventa y cuatro con cincuenta y nueve, 394,59 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 19.275,72 €.

Finca A10. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de trescientos cincuenta y nueve con treinta y ocho, 359,38 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 17.555,71 €.

Finca A9. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de cuatrocientos catorce con sesenta y uno, 414,61 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 20.253,70 €.

Finca A12. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de trescientos sesenta y cinco con setenta y cuatro, 365,74 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 17.866,40 €.

Finca A11. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de cuatrocientos treinta y cuatro con dieciocho, 434,18 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 21.209,69 €.

Finca A13. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de cuatrocientos cuarenta y dos con cincuenta, 442,50 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 21.616,13 €.

Finca A15. Parcela de terreno en Novallas, incluida en la Unidad de Ejecución I-2, situada en la manzana A, con una superficie de ochocientos treinta y cuatro con diecisiete, 834,17 metros cuadrados. Suelo urbano de uso industrial. Valoración: 40.749,20 €".

Valoración total: 238.276,62 euros.

Conforme a lo previsto en el artículo 5 del Texto Refundido 2/2004, de 5 de marzo, de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 110 del Reglamento autonómico de bienes citado, los ingresos procedentes de la enajenación no podrán destinarse a la financiación de gastos corrientes, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, los ingresos obtenidos mediante enajenación de los terrenos pertenecientes al patrimonio público del suelo del municipio, deberán ser destinados por el Ayuntamiento a la conservación y ampliación del Patrimonio Público del Suelo del municipio en los términos y condiciones fijados en ese artículo, o, mediante acuerdo específico del órgano competente, a los usos propios de su destino.

Zaragoza, 2 de septiembre de 2020.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN