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ORDEN PRI/1197/2020, de 17 de noviembre, por la que se autoriza la enajenación mediante licitación por precio de once parcelas urbanas de uso industrial pertenecientes al Ayuntamiento de Aniñón.

Publicado el 01/12/2020 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de Aniñón para enajenar, mediante licitación por precio, terrenos urbanos de uso industrial de propiedad municipal, de naturaleza patrimonial, pertenecientes al patrimonio público del suelo.

El Ayuntamiento de Aniñón, en sesiones celebradas por el Pleno de la Corporación los días 25 de septiembre y 13 de noviembre de 2020, con la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, adoptó Acuerdos de enajenar once parcelas, calificadas como bienes patrimoniales, pertenecientes al patrimonio público del suelo, cuyo valor excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto municipal vigente.

Considerando, que los Ayuntamientos tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en los artículos 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 188 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 108.4 y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, y 3 y 5 del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón y 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Considerando, que estando los bienes a enajenar por el Ayuntamiento de Aniñón integrados en el Patrimonio Público del Suelo de ese Municipio, de acuerdo con el artículo 6.4 y 111 del Reglamento de Bienes de referencia, dicha enajenación se regirá por su normativa específica, contenida en los artículos 107 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, que establece la licitación por precio como uno de los procedimientos para la enajenación de dichos bienes.

Considerando que conforme se prescribe en el artículo 105 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, los ingresos obtenidos mediante enajenación de los terrenos han de destinarse por el Ayuntamiento a la conservación y ampliación del Patrimonio Público del Suelo, o, mediante acuerdo específico del órgano competente, a los usos propios de su destino, en los términos establecidos en dicho artículo.

Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, el Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, y el Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, así como el Texto Refundido de Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado quince del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos y Decreto 6/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Aniñón para proceder a la enajenación de los siguientes bienes inmuebles:

"Finca Número 1 (Finca Registral 7287): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de cuatro mil setenta con veintiún metros cuadrados (4.070,21 m²). Es la finca resultante número 1 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Finca resultante número 2, uso industrial Sur: Finca resultante número 16, zona equipamiento educativo y social Este: Vial y finca resultante número 16 zona equipamiento educativo y social Oeste: Resto de finca matriz. Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 2849,15 m² Limitaciones, cargas y gravámenes: Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 98.499,08 €.

Finca Número 2 (Finca Registral 7288): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de mil quinientos tres con cincuenta y dos metros cuadrados (1.503,52 m²). Es la finca resultante número 2 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Finca resultante número 3, uso industrial Sur: Finca resultante número 1, uso industrial Este: Vial Oeste: Resto de finca matriz. Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 1052,46 m² Limitaciones, cargas y gravámenes: Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 36.385,18 €.

Finca Número 3 (Finca Registral 7289): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de mil cuatrocientos cincuenta y nueve con ochenta y seis metros cuadrados (1.459,86 m²). Es la finca resultante número 3 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Finca resultante número 4, uso industrial Sur: Finca resultante número 2, uso industrial Este: Vial Oeste: Resto de finca matriz Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 1021,90 m² Limitaciones, cargas y gravámenes: Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 35.328,61 €.

Finca Número 4 (Finca Registral 7290): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de mil cuatrocientos catorce con ochenta y un metros cuadrados (1.414,81 m²). Es la finca resultante número 4 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Finca resultante número 5, uso industrial Sur: Finca resultante número 3, uso industrial Este: Vial Oeste: Resto de finca matriz. Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 990,37 m² Limitaciones, cargas y gravámenes: Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 34.238,40 €.

Finca Número 5 (Finca Registral 7291): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de mil trescientos noventa y tres con siete metros cuadrados (1.393,07 m²). Es la finca resultante número 5 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Finca resultante número 6, uso industrial Sur: Finca resultante número 4, uso industrial Este: Vial Oeste: Resto de finca matriz Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 975,15 m². Limitaciones, cargas y gravámenes. Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 33.712,29 €.

Finca Número 6 (Finca Registral 7292): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de mil cuatrocientos veinticinco con ochenta y seis metros cuadrados (1.425,86 m²). Es la finca resultante número 6 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Finca resultante número 7, uso industrial Sur: Finca resultante número 5, uso industrial Este: Vial Oeste: Resto de finca matriz. Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 998,10 m². Limitaciones, cargas y gravámenes. Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 34.505,81 €.

Finca Número 7 (Finca Registral 7293): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de mil cuatrocientos sesenta y dos con cincuenta y cuatro metros cuadrados (1.462,54 m²). Es la finca resultante número 7 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Finca resultante número 8, uso industrial Sur: Finca resultante número 6, uso industrial Este: Vial Oeste: Resto de finca matriz. Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 1.023,78 m². Limitaciones, cargas y gravámenes. Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 35.393,47 €.

Finca Número 8 (Finca Registral 7294): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de mil trescientos ochenta y seis con ochenta y dos metros cuadrados (1.386,82 m²). Es la finca resultante número 8 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Finca resultante número 9, uso industrial Sur: Finca resultante número 7, uso industrial Este: Vial Oeste: Resto de finca matriz. Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 970,77 m². Limitaciones, cargas y gravámenes. Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 33.561,04 €.

Finca Número 11 (Finca Registral 7297): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de mil, ciento sesenta y nueve con ochenta y tres metros cuadrados (1.169,83 m²). Es la finca resultante número 11 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Finca resultante número 12, uso industrial Sur: Finca resultante número 10, uso industrial Este: Vial Oeste: Resto de finca matriz. Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 818,88 m² Limitaciones, cargas y gravámenes: Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 28.309,89 €.

Finca Número 12 (Finca Registral 7298): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de mil setecientos setenta y nueve con cinco metros cuadrados (1.779,05 m²). Es la finca resultante número 12 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Vial Sur: Finca resultante número 11, uso industrial Este: Vial Oeste: Resto de finca matriz. Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 1.245,33 m². Limitaciones, cargas y gravámenes: Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 43.053,0 €.

Finca Número 13 (Finca Registral 7299): Descripción: Industrial. Terreno edificable de uso industrial situado en el término municipal de Aniñón, con una superficie de cinco mil quinientos sesenta y seis con dos metros cuadrados (5.566,02 m²). Es la finca resultante número 13 del Proyecto de Reparcelación del polígono citado y linda: Norte: Resto de finca matriz Sur: Vial y resto de finca matriz Este: Parcela rústica número 13 del polígono 6 Oeste: Vial y resto de finca matriz. Aprovechamiento urbanístico: Será el resultante de aplicar la normativa vigente a la superficie de la finca, siendo sus usos los compatibles con el industrial según la referida normativa. La ocupación máxima permitida será de 3.896,21 m². Limitaciones, cargas y gravámenes: Libres de cargas y gravámenes. Tipo de licitación. 134.697,68 €".

Valoración total: 547.684,46 euros.

Conforme a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 110 del Reglamento autonómico de bienes citado, los ingresos procedentes de la enajenación no podrán destinarse a la financiación de gastos corrientes, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, los ingresos obtenidos mediante enajenación de los terrenos pertenecientes al patrimonio público del suelo del municipio, deberán ser destinados por el Ayuntamiento a la conservación y ampliación del Patrimonio Público del Suelo del municipio en los términos y condiciones fijados en ese artículo, o, mediante acuerdo específico del órgano competente, a los usos propios de su destino.

Zaragoza, 17 de noviembre de 2020.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN