Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2012, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia el procedimiento y se abre un periodo de información pública para la delimitación del castillo de Berrueco (Zaragoza) y de su entorno de protección.

Publicado el 22/06/2012 (Nº 121)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece en su disposición adicional segunda, que son Bienes de Interés Cultural asumidos por ministerio de la Ley, los castillos, escudos, emblemas, cruces de término y cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre y los monumentos megalíticos en toda su tipología existentes en Aragón. Por orden del Departamento responsable de Patrimonio Cultural, se aprobará la relación de los bienes afectados, con su localización.

En cumplimiento de lo dispuesto en dicha disposición adicional, mediante la Orden de 17 de abril de 2006, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» de 22 de mayo de 2006, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, se aprobó la relación de castillos y su localización, entre los que figura el castillo de Berrueco (Zaragoza) incluido dentro de la categoría de Monumento.

Con el fin de proteger nuestro patrimonio cultural y garantizar que no se ponga en peligro la conservación de los bienes, la Ley 3/1999 de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, incorpora en su articulado la idea de protección de los entornos de los bienes de interés Cultural. Es por ello que la Orden de 17 de abril de 2006, dispone, en su apartado segundo, con carácter general, un área de protección de 50 metros en el caso de inmuebles situados en suelo urbano y de 200 metros para aquellos bienes que no se encuentran ubicados en este tipo de suelo. A pesar de esta protección provisional que la orden dispone, en tanto no se establezca un entorno específico de cada bien, es recomendable delimitar una zona de protección especial para cada castillo. Por esta razón, se inicia un procedimiento para la delimitación específica del castillo de Berrueco y de su entorno de protección de acuerdo con la descripción, coordenadas y plano que se recogen en los anexos a esta resolución.

Por todo lo expuesto, el Director General de Patrimonio Cultural, acuerda

Primero.- Iniciar un procedimiento para la delimitación del castillo de Berrueco (Zaragoza) y de su entorno de protección, en aras de completar la Orden de 17 de abril de 2006, por la que se aprobaba la relación de castillos y su localización, considerados Bienes de Interés Cultural en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.

La incoación de la delimitación provisional del bien y de su entorno de protección, que resulta de la descripción, coordenadas y plano que se adjuntan como anexos I y II a esta resolución, conlleva la aplicación inmediata del régimen de protección establecido para los bienes de Interés Cultural y determina la suspensión de las licencias municipales relativas a todo tipo de obras o actividades en la zona afectada. No obstante, el Director General de Patrimonio Cultural, previo informe de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural que corresponda, puede levantar dicha suspensión total o parcialmente cuando sea manifiesto que las obras o actividades no perjudican a los valores culturales del bien declarado de interés cultural.

Segundo.- Abrir un periodo de información pública durante un plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente de delimitación del bien y su entorno de protección, en las oficinas de la Dirección General de Patrimonio Cultural (avenida de Gómez Laguna 25, 6.ª planta de Zaragoza).

Igualmente dentro de dicho plazo podrán formularse las alegaciones que se estimen oportunas, dirigiéndose al Director General de Patrimonio Cultural, en la dirección antes indicada.

Tercero.- Publicar esta resolución en el «Boletín Oficial de Aragón» y notificarla al Ayuntamiento de Berrueco (Zaragoza).

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 12 de junio de 2012.- El Director General de Patrimonio Cultural, Javier Callizo Soneiro.

El castillo de Berrueco se alza, a 1098 m. s. n. m., sobre la población homónima, en lo alto de un promontorio rocoso desde el que se divisa la cercana laguna de Gallocanta.

El acceso al castillo se realiza por un camino que parte del núcleo urbano y circunda el cerro en la base de la ladera para subir por su falda meridional.

El castillo de Berrueco está formado por cuatro torres, de cronología medieval, insertas en un recinto murado de época celtibérica, reutilizado en siglos sucesivos, cuyas dimensiones serían de 20 m en los flancos oriental y occidental y 12 m. en el meridional y septentrional.

Todo el conjunto defensivo presenta una planta rectangular, en el que las torres se proyectan hacia el interior, siendo su paramento externo parte del sistema defensivo.

Existen restos de cuatro torreones de época medieval. Dos de ellos tienen estructuras emergentes, que pudieron estar rematados por almenas. Las otras dos torres, las más septentrionales, han dejado su impronta en el terreno por la acumulación de sillarejo en su base.

Las dos torres conservadas en altura (6 m.) tienen una planta cuadrada (5 m. cada lado) y sus muros tienen un aparejo irregular, conformado por sillarejo asentado con argamasa.

En las esquinas, quedan improntas de sillares escuadrados que se pueden encontrar en la iglesia de la localidad.

La puerta de acceso se sitúa intramuros. Es adintelada y sin ningún tipo de ornamentación. En la otra torre, en peor estado de conservación, tan sólo se aprecia la impronta del hueco de la puerta, por el que se entraba desde el interior del recinto.

En el interior de la torre suroccidental se aprecian los mechinales que marcan la separación de pisos.

Estructuras pertenecientes al recinto amurallado, de planta rectangular que se adecua a la orografía accidentada, se localizan en los flancos sur y oeste y este, siendo el lienzo mejor conservado el de poniente. La muralla está construida con doble paramento paralelo, unido en seco y relleno su interior con piedras de pequeño tamaña. Dichos paramentos los forman mampuestos de tendencia paralepípeda de grandes dimensiones (1,20 m. de longitud x 0,30 m. de altura).

En el interior del recinto, se observan restos de estructuras. Son muros construidos con mampuesto de pequeñas y medianas dimensiones.

Ahora bien, el castillo de Berrueco se sitúa en un emplazamiento con una dilatada historia, que se remonta, al menos, hasta época celtibérica.

En dicho período se pretendía controlar el territorio, las vías de comunicación y las amplias tierras fértiles de cultivo que rodean a la laguna de Gallocanta. De hecho, en dichas tierras, se conocen importantes poblados como el yacimiento del Castellar, que se divisa y es divisado desde el castillo de Berrueco.

El yacimiento del castillo de Berrueco tendría un carácter rural, de dimensiones reducidas pero con manifestaciones defensivas en forma de muralla. Estas murallas, conformadas por ortostatos de grandes dimensiones, se adecuan a la orografía, sumándose a los propios escarpes del terreno, ejerciendo de barrera natural.

A lo largo del s. II a. C, la comarca de Daroca se despuebla progresivamente, perdiendo influencia la zona rural, aunque los materiales cerámicos encontrados de época romana atestiguan que el castillo de Berrueco continuó su existencia durante el período romano. Se trataría de un asentamiento de época imperial con una función, ya no tanto defensiva, sino agrícola, al igual que Castillejos.

El S. V supone un cambio político en la Península Ibérica; cambio del que, para el municipio de Berrueco, se carece de información hasta la presencia musulmana; época a la que podría adscribirse la primera construcción del castillo de Berrueco.

Berrueco, ya bajo dominio cristiano, formó parte de la Comunidad de Daroca (en la sesma de Gallocanta), territorio ganado por Alfonso I el Batallador en 1122.

Se fortificaría, un siglo más tarde, de forma apresurada para responder a las necesidades defensivas / ofensivas que supuso la guerra de los Pedros (s. XIII).

El sistema defensivo ideado para la Comunidad de aldeas de Daroca estaba fundamentado en una primera línea, que se estableció en las tierras del alto Jiloca y en la llanura de la laguna de Gallocanta para poderse unir con las defensas de la Comunidad de Calatayud. Esta línea iba desde Peracense, enlazando con los castillos de Berrueco, de Gallocanta, de Used, Torralba de los Frailes y el de Cubel.

En 1347, se atrincheraron, en el castillo de Berrueco, las tropas unionistas con al intención de atacar el cercano castillo de Tornos, del que era alcalde, Domingo Marcuello, fiel a Pedro IV, y que no consiguieron tomar.

Por esas fechas y a consecuencia de los enfrentamientos producidos durante la contienda que enfrentó a los dos Pedros, está documentado el nombramiento de Juan Fernández de Heredia, comendador de Alfombra y futuro gran maestre, como inspector de fronteras (1338), con el fin de reparar murallas y castillo en las aldeas de la Comunidad de Daroca (1367), y de Domingo López Sarnés para visitar las obras en los castillo de las Comunidades de Calatayud y Daroca (1373). Dichas obras de reparación se acometerían también en el castillo de Berrueco y que permitieron su funcionamiento hasta 1610.