Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ACUERDO de 21 de noviembre de 2023, del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público, para el ejercicio 2023.

Publicado el 01/12/2023 (Nº 232)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS

Texto completo:

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, de 20 de noviembre de 2023, por el que se resuelve aprobar la Oferta de Empleo Público de esta entidad local para el ejercicio 2023.

Vistas, la plantilla y el catálogo de puestos de trabajo de este Ayuntamiento para el año 2023, aprobados por acuerdo del Pleno Municipal de 27 de diciembre de 2022, y publicados íntegramente en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", número 28, de 6 de febrero de 2023.

Considerando, que en dicha plantilla y catálogo de puestos de trabajo aparecen diferentes plazas vacantes en este año 2023, dotadas en el presupuesto para ser cubiertas en este ejercicio.

Considerando que la Mesa Negociadora del personal funcionario y la Comisión Negociadora del personal laboral del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, en reunión conjunta de fecha 18 de abril de 2023, ha procedido a la negociación de la Oferta de Empleo Público de 2023, obteniendo la presente propuesta el voto favorable de la representante del Ayuntamiento, y el voto favorable de las secciones sindicales UGT, CSIF para funcionarios y de UGT para laborales.

Visto el informe favorable del Secretario General a la propuesta de la Oferta de Empleo Público del año 2023.

En fecha 19 de noviembre de 2023, el Interventor municipal emite informe de control permanente previo con la siguiente conclusión: El expediente cumple con lo establecido tanto en la normativa vigente como en las bases de ejecución del presupuesto de la Entidad, informo favorablemente a la aprobación de la Oferta de Empleo Público ordinaria para el año 2023.

Considerando lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y en la disposición adicional tercera de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Visto, lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local; artículos 70 y 37.1 l) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; artículo 237 de la Ley 7/1999, de 7 de abril, de Administración Local de Aragón, y artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

La Junta de Gobierno Local, en virtud de la Delegación otorgada por la Alcaldía, por Decreto de 27 de junio de 2023, de conformidad con la potestad que le otorgan a ésta los artículos 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y sus modificaciones, y 30.1.q) de la Ley 7/1999, de 7 de abril, de Administración Local de Aragón, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar la siguiente Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2023, con la siguiente relación de plazas:

Segundo.- En las bases de las respectivas convocatorias se especificará el procedimiento de selección que, en todo caso, garantice los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Ejea de los Caballeros, 21 de noviembre de 2023.- La Alcaldesa, Teresa Ladrero Parral.