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RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 22 de abril de 2010, por la que se formula la declaración de impacto ambiental de una explotación porcina de cebo con capacidad para 300 UGM, ubicada en el polígono 10, parcela 102, del término municipal de Alcubierre (Huesca), y promovida por D. Mariano Lasheras Teira (Número Expte. INAGA 500601/01/2014/10438).

Publicado el 27/11/2014 (Nº 233)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 1 de octubre de 2014, se presenta escrito en este Instituto, por D. Mariano Lasheras Teira, con NIF: 18016695T, solicitando la modificación puntual de declaración de impacto ambiental de su explotación por concesión de prórroga de un año para el inicio de las obras.

Antecedente de hecho

La explotación dispone de declaración de impacto ambiental formulada mediante Resolución de 22 de abril de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 90, de 11 de mayo de 2010 (Número Expte. INAGA 500301/01/2008/05405).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 22 de abril de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental para una explotación porcina de cebo, en el término municipal de Alcubierre (Huesca), promovida por D. Mariano Lasheras Teira, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"3. El promotor deberá comunicar al Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca, con un plazo mínimo de un mes, la fecha del comienzo de las obras, disponiendo hasta el 21 de octubre de 2015 para el inicio de las mismas. Transcurrido este plazo sin que se haya iniciado la ejecución del proyecto, el promotor deberá comunicarlo al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental para que valore si es necesario establecer nuevas medidas correctoras o iniciar un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental si las circunstancias del medio hubieran variado significativamente, tal y como establece el artículo 32.3 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental del Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 21 de octubre de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ