Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 4 de junio de 2012, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se hace pública la convocatoria de acreditación de centros educativos como Escuelas Promotoras de Salud de 2012.

Publicado el 22/06/2012 (Nº 121)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

De acuerdo con la Ley 5/1986, de 17 de noviembre, de Salud Escolar («Boletín Oficial de Aragón» 1-12-1986), la educación para la salud en el medio escolar constituye la acción sanitaria fundamental, encaminada a promover la incorporación y maduración de informaciones, actitudes y hábitos positivos para la salud, buscando desarrollar la responsabilidad y participación de la comunidad escolar en la gestión colectiva de la salud. Para consolidar las actuaciones de educación y promoción de la salud en los centros escolares, se establece la presente convocatoria que tiene como finalidad acreditar a los centros educativos que han priorizado en su proyecto educativo la promoción de la salud de la comunidad escolar. Los centros educativos que reúnan los requisitos establecidos sobre organización escolar, abordaje de los determinantes de salud prioritarios (alimentación, actividad física, salud emocional, consumos, y ambiente), desarrollo de actuaciones de educación para la salud basada en habilidades para la vida y las relaciones con su entorno, recibirán la homologación de acuerdo a los criterios impulsados por la Red Europea de Escuelas Promotoras de Salud. La acreditación de los centros se realizará por la Comisión Mixta para la Promoción de la Salud del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia y del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

La Escuela Promotora de Salud pretende facilitar la adopción, por toda la comunidad educativa, de modos de vida sanos en un ambiente favorable a la salud. Plantea las posibilidades que tienen los centros educativos, si se comprometen a ello, de instaurar un entorno físico y psicosocial saludable y seguro. La Escuela Promotora de Salud promueve una serie de modelos de trabajo:

- Integración de la promoción de la salud en la programación escolar. Esto implica una metodología didáctica innovadora, abierta a las situaciones cotidianas y experiencias del alumnado que tienen relación con la salud.

- Profundización en los contenidos de salud, no solamente los contenidos conceptuales sino especialmente los actitudinales y las habilidades para la vida, que mejoran las competencias del alumnado para desarrollar una vida saludable.

- Consolidación del trabajo en equipo del profesorado como agente principal para la promoción de la salud en la escuela, con el apoyo del equipo directivo para integrar la educación para la salud en el proyecto educativo del centro.

- Promoción de un entorno saludable y un clima escolar positivo que apoye la salud y el bienestar del alumnado y del resto de la comunidad educativa. Búsqueda de relaciones de colaboración e implicación de las familias en el proyecto educativo.

- Colaboración con los servicios sociosanitarios de la zona, para mejorar la interacción y la sinergia con los recursos del entorno.

La Red de Escuelas Promotoras de Salud tiene las siguientes finalidades:

- Reconocer a los centros educativos que dentro de sus señas de identidad toman una opción por trabajar por la salud y el bienestar del alumnado y de la comunidad escolar.

- Proporcionar un marco globalizador de las actuaciones relacionadas con la salud que desarrollan los centros educativos, facilitando su integración en el proyecto educativo y curricular del centro.

- Promover una educación para la salud orientada hacia el desarrollo de habilidades para la vida, que potencia los factores de protección y la capacitación del alumnado.

- Ayudar a institucionalizar y consolidar las actuaciones de buena práctica que desarrolla el profesorado de promoción de la salud en los centros educativos.

- Facilitar la colaboración intersectorial y el apoyo de agentes y entidades que ayuden a desarrollar experiencias educativas satisfactorias y facilitar unos entornos saludables.

La presente convocatoria de acreditación de centros educativos como Escuelas Promotoras de Salud de la Red Aragonesa de Escuelas Promotoras de Salud de 2012 se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera.- Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto:

- Acreditar a los centros educativos que cumplen con los criterios de Escuelas Promotoras de Salud

- Renovar la acreditación a las Escuelas Promotoras de Salud que en el año 2012 finalizan su período de acreditación de 3 años.

Segunda.- Características de las Escuelas Promotoras de Salud

La Escuela Promotora de Salud busca facilitar la adopción, por toda la comunidad educativa, de modos de vida sanos en un ambiente saludable y seguro que favorezca el bienestar de la comunidad educativa. Incluye el modelo de organización del centro, la actuación frente a los determinantes de la salud (alimentación, actividad física, salud emocional, consumos, ambiente), la programación educativa relacionada con la salud y las relaciones del centro con su entorno. Promueve las competencias del alumnado basándose en las habilidades para la vida.

El centro educativo asume en su proyecto educativo los siete criterios definidos por la Red Europea de Escuelas Promotoras de Salud:

1. Promover de manera activa la autoestima de todo el alumnado, potenciar su desarrollo psicosocial y capacitar al alumnado para que puedan tomar sus propias decisiones.

2. Conseguir mejorar el entorno físico del centro escolar, mediante la elaboración de medidas de salud y seguridad, el seguimiento de su aplicación y la implantación de unas estructuras de gestión apropiadas, si fuera necesario.

3. Fomentar lazos sólidos entre el centro, la familia y la comunidad.

4. Establecer relaciones de colaboración entre los centros de educación primaria y secundaria asociados para elaborar programas coherentes de educación para la salud.

5. Conferir al profesorado un papel de referencia para las cuestiones relativas a la salud y potenciar su papel protagonista en educación para la salud, facilitándole la formación adecuada en promoción de salud.

6. Aprovechar el potencial educativo de los diferentes servicios de salud como apoyo al programa de educación para la salud, fomentando la responsabilidad compartida y la estrecha colaboración entre los servicios educativos y sanitarios.

7. El currículo en promoción de salud debe proporcionar oportunidades para aprender y comprender, así como para adquirir hábitos esenciales de vida, y debe adaptarse a las necesidades tanto actuales como futuras.

Tercera.- Acreditación de un centro educativo como Escuela Promotora de Salud

Podrán solicitar la acreditación como Escuela Promotora de Salud los centros educativos de Aragón sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de Educación Infantil (segundo ciclo) y Primaria, Educación Secundaria, Educación Especial y Educación de Personas Adultas.

Los centros educativos que soliciten la acreditación de Escuela Promotora de Salud deben cumplir los siguientes requisitos:

1. Compromiso del centro para ser una escuela promotora de salud siguiendo los criterios establecidos por la Red Europea de Escuelas Promotoras de Salud mencionados en el apartado tercero, por un periodo de tres años renovable. Este compromiso debe ser apoyado por el Claustro de profesores y por el Consejo Escolar. Requisito recogido en el criterio obligatorio 1.3 del cuestionario de acreditación (anexo 1).

2. Integración de la promoción de la salud en la dinámica del centro. Supone una reflexión sobre la práctica educativa realizada, un análisis de las necesidades y problemas de salud de la comunidad escolar y una propuesta de actuaciones coherentes. El centro debe potenciar la educación para la salud en el curriculum escolar de manera estable y continuada de acuerdo con las necesidades identificadas y promover la creación de entornos saludables en el medio educativo. La integración debe estar recogida en los documentos de organización y funcionamiento del centro (proyecto educativo de centro, programación general anual y en el proyecto curricular). El centro educativo tiene que poseer una experiencia previa de promoción de la salud, al menos durante el curso escolar 2010-11. Requisito recogido en los criterios obligatorios 1.2, 3.1, 3.2, 3.3 y 4 del cuestionario de acreditación (anexo 1).

3. Formación de un equipo de trabajo con un/a coordinador/a. Al ser la salud un área transversal es necesario el apoyo del equipo directivo y la creación de un equipo de trabajo que coordine la actuación educativa en todo el centro. Es importante definir la implicación del profesorado y los diferentes niveles (ciclos, departamentos, tutorías,.). Al menos un 25% del profesorado y del alumnado del centro deben estar implicados en las actuaciones de promoción de la salud. Requisito recogido en los criterios obligatorios 1.1, 1.6 y 1.7 del cuestionario de acreditación (anexo 1).

4. Relación del centro con su entorno. El centro promoverá la participación de las familias en las actuaciones de salud. Se potenciarán cauces de colaboración e implicación de profesionales sociosanitarios y de los centros y servicios del entorno escolar. Requisito recogido en el criterio obligatorio 1.5 del cuestionario de acreditación (anexo 1).

5. Sistemática de evaluación y calidad de las actuaciones. El centro educativo valora los procesos y resultados realizados de promoción de la salud y están integrados en el sistema de evaluación del centro. El centro participará en las acciones de seguimiento e intercambio de experiencias que se desarrollen a partir de la Comisión Mixta Salud-Educación. Requisito recogido en el criterio obligatorio 3.4 del cuestionario de acreditación (anexo 1).

Cuarta.- Solicitud y documentación a presentar para la acreditación como Escuela Promotora de Salud

Los centros educativos que soliciten la acreditación o su renovación como Escuela Promotora de Salud deben presentar el cuestionario de acreditación que figura en el anexo 1 y el impreso de solicitud que figura en el anexo 2.

Los modelos de solicitud se pueden descargar del catálogo de procedimientos, disponible en la web del Gobierno de Aragón. Para una información complementaria puede consultarse la web de salud pública www.saludpublicaaragon.es o en la web de educación: www.educaragon.org

La Comisión Mixta de Salud y Educación para la Promoción de la Salud de los Departamentos de Sanidad, Bienestar Social y Familia, y de Educación, Universidad, Cultura y Deporte es la encargada de evaluar y proponer la selección de los centros educativos a acreditar como escuelas promotoras de salud y podrá solicitar al centro educativo la documentación complementaria oportuna.

Dicha comisión mixta estará integrada por los siguientes miembros:

Por el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia: el Jefe de Servicio de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad o persona en quien delegue, que actuará como presidente. Dos técnicos responsables de los programas de promoción de la salud de la Dirección General de Salud Pública, uno de ellos actuará como secretario. Un técnico responsable de la gestión de los programas de promoción de la salud por cada uno de los Servicios Provinciales del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia.

Por el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte: la Jefa de Servicio de Innovación y Ordenación, o persona en quien delegue. Dos técnicos responsables de los programas de promoción de la salud de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente. Un técnico responsable de la gestión de los programas de promoción de la salud por cada uno de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

La puntuación máxima del cuestionario de acreditación de cada centro será de 100 puntos. Los aspectos que se analizan en el proceso de acreditación y su puntuación son los siguientes:

1. Organización como Escuela Promotora de Salud. Valorado con un máximo de 30 puntos

2. Actuaciones sobre los determinantes de salud. Valorado con un máximo de 20 puntos

3. Programación educativa. Valorado con un máximo de 20 puntos

4. Programas de educación para la salud. Valorado con un máximo de 30 puntos

La puntuación mínima para alcanzar la acreditación es de 50 puntos

Quinta.- Resolución de las acreditaciones de los centros educativos como Escuelas Promotoras de Salud

Las solicitudes de acreditación serán resueltas por el Excmo. Sr. Consejero del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia a propuesta de la Comisión Mixta de Salud y Educación para la Promoción de la Salud. Una vez realizada la acreditación tendrá una validez de tres años. El centro educativo enviará un informe anual de progreso (anexo 3) donde se comunicarán los cambios realizados y la valoración de los procesos y resultados.

El profesorado participante en el equipo de salud de los centros educativos que resulten acreditados como Escuelas Promotoras de Salud recibirá créditos de formación por parte del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte. Para ello, la dirección del centro enviará anualmente el listado actualizado del profesorado participante en el equipo de la Salud a la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente. De acuerdo con el artículo 6.3 de la Orden de 26 de noviembre de 1992, del Ministerio de Educación, se certificarán hasta un máximo de tres créditos al coordinador y hasta un máximo de dos créditos al profesorado participante en el proyecto.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 3 de octubre de 2012.

Las solicitudes para participar en la convocatoria y la documentación complementaria serán presentadas por el/la director/a del centro educativo que solicita la acreditación. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia ubicado en Vía Universitas, 36 de Zaragoza, o en el resto de Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquier otro procedimiento de los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Además para agilizar la valoración de las solicitudes, el programa presentado se enviará por correo electrónico a SARES de cada provincia (SARES Huesca epsh@aragon.es; SARES Teruel epst@aragon.es: SARES Zaragoza epsz@aragon.es)