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ORDEN de 22 de mayo de 2012, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se declara Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés la ermita de San Valero, en Velilla de Cinca (Huesca).

Publicado el 22/06/2012 (Nº 121)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Patrimonio Cultural de Aragón está integrado, tal y como lo regula la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o debajo de las aguas.

La ley prevé, en su artículo 11, tres categorías de protección para los bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés, y los clasifica en bienes de interés cultural, bienes catalogados y bienes inventariados. De éstos, los bienes catalogados son, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley, aquellos que, pese a su significación e importancia, no cumplan con las condiciones propias de los bienes de interés cultural que son los considerados por la misma norma como los bienes más relevantes del Patrimonio Cultural aragonés.

Mediante la Resolución, de 3 de noviembre de 2011, del Director General de Patrimonio Cultural, se inició el procedimiento para la declaración de la ermita de San Valero, en Velilla de Cinca (Huesca) como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés. Dicha resolución fue publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» de 18 de noviembre de 2011.

El expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; y el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, notificándose las actuaciones a los interesados y acordándose en la Resolución de inicio la apertura de un periodo de información pública en el que no se presentaron alegaciones. Igualmente, se abrió trámite de audiencia a los interesados sin que ninguna alegación fuera presentada durante el mismo.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés y a propuesta del Director General de Patrimonio Cultural, la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelve

Primero.- Objeto

Es objeto de la presente orden declarar Bien Catalogado del Patrimonio Cultural aragonés la ermita de San Valero, en Velilla de Cinca (Huesca). La descripción y delimitación del bien y de su entorno de protección se recogen en los anexos I y II a esta orden.

Segundo.- Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a la ermita de San Valero, en Velilla de Cinca (Huesca), y a su entorno de protección, es el previsto en el Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los Títulos Sexto y Séptimo de la misma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés.

Tercero.- Publicidad

La presente orden será publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» y se notificará al Ayuntamiento de Velilla de Cinca (Huesca).

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse Recurso potestativo de Reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.

La ermita de San Valero de Velilla de Cinca se encuentra situada a dos kilómetros de esta localidad oscense, en la margen izquierda de la carretera comarcal A-131 que une Fraga con Velilla de Cinca.

Presenta planta rectangular y fábrica de sillar de gran tamaño, un poco menor en la parte superior, donde muchas piezas son fruto de la reposición. Interiormente aparece dividida en tres tramos por medio de dos arcos diafragma apuntados, que sostienen una techumbre de madera, de manera que en el de los pies se alza una estructura moderna que cumple la función de coro alto en sustitución de otra anterior del s.XIX, que a su vez debió sustituir a la original medieval, hoy desparecida. De dicha estructura original únicamente se conserva el arranque del arco que la sustentaba. La cubierta es de teja cerámica curva a dos vertientes y su alero se apoya en una serie de modillones de piedra.

Actualmente presenta dos portadas. La principal se abre en su muro oriental y cuenta con dos arquivoltas de medio punto talladas en medio bocel que descansan sobre una imposta moldurada. Las jambas acogen dos esbeltas columnillas a cada lado con el capitel decorado: los de la derecha con hojas de palma, que se prolongan a ambos lados a modo de friso corrido, y los de la izquierda con un trenzado a modo de cestillo, que también se prolonga lateralmente. Ambos tipos de decoración acusan una fuerte influencia islámica. Sobre esta portada se alza una espadaña de mediano tamaño y con remate escalonado. La portada secundaria se abre en el muro meridional en arco de medio punto ligeramente apuntado y se compone de doce grandes dovelas enmarcadas por una moldura en medio bocel.

Por sus características formales, se puede afirmar que se trata de una edificación tardorrománica, probablemente del s.XIII a juzgar por su estructura y la decoración de su portada principal, que debió ser reformada al menos en una ocasión, a finales del s.XVII, según consta en la inscripción conservada en uno de los sillares del muro meridional "MOSEN FELIX MONTULL ME FECIT AÑO 1699".

Sin embargo, lo que singulariza a esta construcción es la presencia de una serie de elementos que indican que fue levantada sobre un antiguo mausoleo romano. Según F. Montón Broto de este mausoleo romano subsisten el podium, el muro norte y parte del muro oriental. Además, en la prolongación del muro norte se conservan dos fragmentos de arquitrabes con decoración de listeles reaprovechados y pertenecientes al entablamento de la construcción funeraria romana. Se trataría de un mausoleo romano de tipo "templo in antis" como los de Miralpeix, Chiprana o Fabara, cuya construcción se situaría en la primera mitad del s.I d.C.