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ANUNCIO de la Dirección General de Producción Agraria, por el que se hace pública la información relativa a la asignación definitiva de los derechos de pago básico a los agricultores en el marco de la política agrícola común.

Publicado el 15/04/2016 (Nº 72)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El Reglamento (UE) n.º 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y deroga los Reglamentos (CE) n.º 637/2008, y número 73/2009 del Consejo, recoge en su título III la creación del régimen de pago básico.

Estas previsiones se completan a nivel estatal con lo dispuesto en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda así como la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, y en el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de pago básico de la Política Agrícola Común; mientras que en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón se concluye esta regulación mediante la Orden de 19 de febrero de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regulan determinados requisitos aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de la Política Agrícola Común (PAC) establecido para el periodo 2015-2020 y se convocan las ayudas de la "Solicitud conjunta" para el año 2015.

La entrada en vigor en España el pasado 1 de enero de 2015 del nuevo régimen de pago básico conforme a la normativa citada ha determinado la puesta en marcha de las actuaciones necesarias para la asignación y comunicación de estos derechos a los agricultores aragoneses a través de la acción coordinada del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad y del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que ha recopilado los datos de los expedientes de quienes han solicitado su inclusión en este régimen de ayudas a efectos del cálculo definitivo de cada uno de los derechos de pago básico que les corresponden.

Conforme al artículo 20 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, se ha informado primeramente a los agricultores del valor que tendrán sus derechos de pago básico cada uno de los años desde 2015 hasta 2019 en base a datos provisionales.

Una vez cumplido el trámite descrito, corresponde establecer y comunicar a los agricultores el valor y el número definitivos de los derechos de pago básico.

Para realizar esta comunicación el citado artículo admite que se puedan utilizar cualquiera de las formas posibles que permita a los beneficiarios el conocimiento de sus datos, incluyendo la opción de acceder a la base de datos.

Por todo lo expuesto, la Dirección General de Producción Agraria está trasladando a los beneficiarios mediante comunicación individualizada la información facilitada por Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente sobre los derechos de pago básico definitivos que les han sido asignados.

Además, como complemento, y para facilitar el acceso a la información de manera más ágil y rápida, los beneficiarios podrán consultar los datos referidos a sus derechos de pago básico definitivos a través los siguientes medios:

1. El enlace www.fega.es

2. Los Servicios Provinciales del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad:

Huesca: Plaza Cervantes, 1, Huesca.

Teruel: C/ San Francisco, 1, Teruel.

Zaragoza: Plaza San Pedro Nolasco, 7, Zaragoza.

3. Las Oficinas Comarcales Agroambientales.

Zaragoza, 31 de marzo de 2016.- El Director General de Producción Agraria, José María Salamero Esteban.