Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2021, del Gobierno de Zaragoza, por la que se declara válida la licitación pública convocada para la enajenación, con adjudicación a la oferta económica más ventajosa, mediante una pluralidad de criterios, de la parcela municipal UR1 de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Área F-57-3, B..º Valdefierro, destinada a la construcción de 90 viviendas protegidas de Aragón (Expte. número 475.185/20).

Publicado el 09/12/2021 (Nº 249)
Sección: V. Anuncios - a) Contratación de las Administraciones Públicas
Emisor: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Texto completo:

Primero.- Declarar válida la licitación pública para la enajenación con adjudicación a la oferta económica más ventajosa mediante una pluralidad de criterios, de la parcela UR1 de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Área F-57-3 en Valdefierro con objeto de destinarla a la construcción de 90 viviendas protegidas de Aragón, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 b) y 108 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Urbanística de Aragón, cumplimentando el destino previsto en los artículos 105.1 y 2 a) y c) de dicho cuerpo legal.

Segundo.- Adjudicar a la Mercantil Arquitectura Ingeniería y Construcción Lobe, SA, a propuesta de la Mesa de Contratación celebrada en fecha 27 de octubre de 2021, por un importe de 2.825.000 €, IVA no incluido, la parcela municipal objeto de la presente licitación pública, que a continuación se describe:

Descripción. "Urbana, constituye la parcela UR 1 de las parcelas resultantes del, proyecto de reparcelación del Área de Intervención F-57-3 del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, con forma de U abierta hacia el sur. Linda: Al norte, con la calle de la Dalia; al sur, con viario público de nueva creación, al este con el conocido como Corredor Oliver- Valdefierro y al oeste, con la calle Biel. Tiene una superficie de 2.390 m² de suelo".

Titulo. Pertenece en pleno dominio al Ayuntamiento de Zaragoza en virtud de cesión gratuita y obligatoria del 10% del aprovechamiento medio de la Unidad de Ejecución.

Inscripción. Se encuentra inscrita en el correspondiente Registro de la Propiedad de Zaragoza, al Folio 134, Tomo 3997, Libro 2208, Finca Registral número 95026 y se encuentra inventariada como bien patrimonial en el Inventario General de Bienes de la Corporación, bajo en número de IGB: 4890-I.

Limitaciones, cargas y gravámenes. Libre de cargas por su procedencia y libre de cargas de nueva creación.

Aprovechamiento urbanístico. Se le adjudica una edificabilidad de diez mil quinientos cuarenta con ochenta metros cuadrados (10.540,80 m²) de techo edificable, siendo su zonificación la de residencial permitiendo un bloque lineal o abierto destinado a vivienda sometida a régimen de protección pública de precio máximo y con un número máximo de 90 viviendas protegidas.

Otras circunstancias. Está pendiente la aprobación de una operación jurídica complementaria que establezca la servidumbre para la colocación de un CT que permita el suministro eléctrico, según proyecto de electrificación aprobado.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en las cláusulas tercera y décima del Pliego de Cláusulas económico-administrativas que ha regido la presente enajenación mediante licitación pública, el precio del contrato se satisfará al Ayuntamiento de Zaragoza de la siguiente forma:

El 20 % del importe de la adjudicación quinientos sesenta y cinco mil euros (565.000 €), se abonará en el plazo de un mes desde que reciba la notificación del Acuerdo de adjudicación.

El 80 % del importe restante, dos millones doscientos sesenta mil euros (2.260.000 €), se satisfará en el momento de la formalización de la escritura pública de transmisión del dominio de la parcela cifra a la que se añadirá la totalidad del importe correspondiente del IVA.

No obstante lo anterior, el adjudicatario del contrato podrá solicitar de forma anticipada la formalización de la escritura pública de transmisión de dominio de la parcela municipal objeto de enajenación, previa aportación de la correspondiente garantía, mediante aval bancario que cubra el importe del 80 % del precio del contrato (2.260.000 €), o en su caso, mediante el establecimiento de condición resolutoria debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad sobre la finca objeto de enajenación consistente en el pago de la parte del precio aplazado y en la ejecución de las viviendas, trasteros y garajes en los términos de la oferta que resultó adjudicada.

Cuarto.- El presente acuerdo, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", habrá de formalizarse en escritura pública de compraventa en la fecha que señalará el Ayuntamiento de Zaragoza, previo requerimiento efectuado por el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, una vez que haya quedado acreditado por parte del adjudicatario del contrato, el abono de la totalidad del precio del contrato más el IVA correspondiente.

Sin perjuicio de ello, con anterioridad a dicha fecha, el adjudicatario del contrato deberá constituir garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de adjudicación del contrato y abonar las tasas correspondientes por anuncios, entregando justificantes ante el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, todo ello en los plazos establecidos en el propio pliego.

Quinto.- La entidad adjudicataria asume el contenido íntegro de los Pliegos de Cláusulas Económico- técnico Administrativas que ha regido la enajenación de la parcela mediante licitación pública, así como el conjunto de derechos y obligaciones dimanantes del mismo y de la oferta presentada.

Asimismo, la entidad adjudicataria queda obligada al cumplimiento de las mejoras incluidas en la propuesta presentada en su oferta, que serán garantizadas mediante su inclusión en la escritura pública de transmisión de dominio de la finca, así como al cumplimiento de las características, tipologías constructivas y calidades previstas, para las viviendas a ejecutar en el Área F-57-3 que forman parte de su propuesta.

Sexto.- Notificar el presente Acuerdo a la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón.

Séptimo.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Equipamientos, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o directamente recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, todo ello según lo previsto en los artículos 10, 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 52 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 114 y concordantes de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Zaragoza, 12 de noviembre de 2021.- La Jefa del Departamento de Estudios y Programas de Suelo y Vivienda, Ana de la Hera Garbati.