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RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que, en ejecución de recurso de alzada, se hace público el nombre de los aspirantes que ha superado el proceso selectivo y han sido propuestos para ser nombrados personal estatutario fijo en la categoría del Grupo Administrativo de la Función Administrativa por el turno de promoción interna en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 17/03/2021 (Nº 58)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

Concluidas las pruebas selectivas para el acceso a la categoría del Grupo Administrativo de la Función Administrativa, convocadas por Resolución de 16 de abril de 2018, del Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, y vista la propuesta del Tribunal, por Resolución de 30 de noviembre de 2020, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 247, de 16 de diciembre de 2020, se hizo público el nombre de los aspirantes que superaron el proceso selectivo y fueron propuestos para ser nombrados personal estatutario fijo.

Con posterioridad, mediante Orden de 23 de febrero de 2021, de la Consejera del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, se estima parcialmente el recurso de alzada interpuesto por don Sergio Vela Pardos

En ejecución de la citada Orden, de conformidad con lo previsto en la base 8.3 de la Resolución de 16 de abril de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo de la categoría del Grupo Administrativo de la Función Administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia resuelve:

Primero.- Excluir de la relación de aprobados, por no mantener los requisitos exigidos durante todo el proceso selectivo conforme a lo establecido en la base 2.4 de la convocatoria, a los siguientes participantes: D. José Abril Palazón, D.ª Silvia Rubio Villar y D. Pablo Sánchez Blázquez.

Segundo.- Considerando la propuesta del Tribunal incluir como anexo I a esta Resolución la relación de participantes que han superado el proceso selectivo de la categoría del Grupo Administrativo de la Función Administrativa por el turno de promoción interna y que siguen a los aprobados por Resolución de 30 de noviembre de 2020, en el proceso selectivo de la categoría del Grupo Administrativo de la Función Administrativa convocado por Resolución de 16 de abril de 2018.

Tercero.- Publicar la relación de plazas vacantes de la categoría de Grupo Administrativo de la Función Administrativa que se ofertan a los aspirantes que han resultado aprobados, según anexo II.

La elección de centros se realizará según el modelo de hoja de elección de destinos que figura como anexo III. En cuanto al número de destinos que tienen que relacionar en el impreso, dependerá de la posición que ocupan en el listado de aprobados, seleccionando tantas plazas como puestos ocupados y que serán adjudicados por estricto orden de la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

Quinto.- De conformidad con lo establecido en las bases de la convocatoria y según el punto anterior, los aspirantes deberán presentar en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, en el Registro del Servicio Aragonés de Salud (Plaza de la Convivencia, 2 - 50017 - Zaragoza), a través de las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el impreso de elección de plazas, la siguiente documentación:

Fotocopia del DNI o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Fotocopia del título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación en el Estado español.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

La capacidad funcional se podrá acreditar mediante certificación expedida por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud, o mediante una declaración responsable.

Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, que acredite el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos según determina el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción aportada en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

Los aspirantes de origen extranjero, o que tengan otra nacionalidad, además, deberán aportar un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los Convenios internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el párrafo anterior.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 1 de marzo de 2021.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

JOSÉ MARÍA ARNAL ALONSO