Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2014, de la Dirección Gerencia del Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución (en adelante Consorcio de Salud), por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de un puesto de trabajo temporal de la categoría de Licenciado/a Sanitario en la especialidad de Oftalmología en el Consorcio de Salud. (Referencia: CT_2014_06_Oftalmología).

Publicado el 30/09/2014 (Nº 192)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Con fecha 3 de octubre de 2013, mediante la celebración del oportuno Consejo Rector del Consorcio de Salud, se procedió a la disolución del Consorcio de Salud en los términos establecidos en los Estatutos del mismo, limitándose el Consorcio de Salud a garantizar la continuidad de los servicios prestados hasta el momento de su total liquidación y extinción, asumiendo en todo caso las obligaciones del Consorcio de Salud la Administración de la Comunidad Autónoma, tal como se indica en la Disposición Adicional 7.ª de la Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 17, de 25 de enero de 2014).

El artículo 17 del convenio Colectivo del Consorcio de Salud, firmado el 18 de julio de 2008 y publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 136, de 1 de septiembre de 2008, establece que por parte del Director Gerente, de acuerdo con las necesidades del Consorcio de Salud, se determinará la necesidad de contratación, señalando las causas que la motivan, la descripción de las labores a realizar y la figura contractual acorde a las necesidades de la plaza. Siendo necesaria la cobertura temporal de un puesto que más adelante se detalla, se acuerda la convocatoria del presente proceso selectivo.

En cuanto al sistema de selección de este personal se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como específicamente a lo prevenido en el artículo 17 del convenio Colectivo del Consorcio de Salud.

En atención a lo expuesto, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 18 de los Estatutos del Consorcio, publicados en el "Boletín Oficial de Aragón", número 119, de 13 de octubre de 2006, se resuelve:

Convocar, de forma extraordinaria ante la necesidad de mantener las prestaciones asistenciales, pruebas selectivas para la cobertura temporal de un puesto de trabajo de la categoría de Licenciado/a Sanitario en el Consorcio de Salud para el área de Oftalmología, con sujeción a las siguientes

Bases de la Convocatoria

Primera.- Normas generales.

Se convoca concurso de méritos para el siguiente puesto de trabajo de la categoría de Licenciado/a Sanitario en la especialidad de Oftalmología en el Consorcio de Salud.

Segunda.- Número de plazas.

Una plaza vacante como personal laboral, en el Hospital de Alta Resolución del Pirineo, ubicado en Avenida Calzada Rapitan, s/n de Jaca (Huesca).

Tercera.- Características del puesto de trabajo.

3.1. Jornada de trabajo: la dedicación del profesional seleccionado será a tiempo completo en turno rotatorio de mañana, tarde, noche, prestando sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, con la inclusión de guardias en la modalidad de localizada, presencial o mixta.

3.2. Retribuciones: la que corresponden para este puesto de trabajo según lo establecido en el convenio Colectivo del Consorcio de Salud y en proporción a la jornada realizada.

3.3. Tipo de contrato: para la provisión temporal al profesional seleccionado se le realizará un contrato temporal (Interinidad) a tiempo completo hasta la cobertura de la plaza vacante en la forma reglamentariamente establecida.

Cuarta.- Requisitos de los aspirantes.

4.1. Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

b) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del empleado público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

c) Será requisito imprescindible poseer el título de Médico/a especialista en Oftalmología o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia, dentro del plazo de presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas que se deriven del correspondiente contrato de trabajo, respecto a su categoría y especialidad.

e) No hallarse inhabilitado para el ejercicio profesional o para el desempeño de puestos en el Sistema Nacional de Salud.

4.2. Los requisitos establecidos en esta base cuarta deberán poseerse el día de la contratación aportándose los justificantes correspondientes, a excepción de lo recogido en el apartado c) párrafo segundo.

Quinta.- Solicitudes.

5.1. Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas se formalizarán necesariamente en el modelo que al efecto consta como anexo II de esta convocatoria.

5.2. Junto con la citada solicitud, presentarán necesariamente la siguiente documentación:

- Currículum Vitae donde figuren los datos personales, titulación académica y experiencia profesional del candidato, acreditable mediante certificado de vida laboral de la Seguridad Social.

- Impreso de autobaremación que se acompaña como anexo III.

- Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, y sean valorables según baremo (anexo I).

- Se aportaran los originales de los documentos de los párrafos 1 y 3 del punto 5.2 al formalizar el contrato para su comprobación y compulsa.

Sexta.- Plazo y lugar de presentación.

6.1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

No se admitirán documentos acreditativos de méritos presentados fuera de plazo de presentación de instancias, salvo imposibilidad material por causa ajena al aspirante, alegada y probada por éste, y debidamente apreciada por el órgano convocante.

6.2. El modelo de instancia se podrá presentar: en el Registro del Consorcio de Salud (Vía Universitas, 36, 1.ª planta, 50017 - Zaragoza) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima.- Procedimiento y criterios de selección.

7.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Dirección Gerencia del Consorcio de Salud publicará la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en los tablones del Consorcio de Salud (Vía Universitas, 36, 50017 - Zaragoza), del Hospital de Alta Resolución del Pirineo, (Calzada Rapitán, s/n. Jaca), en el Centro Sanitario de Alta Resolución Cinco Villas, (C/ Antonio Machado, s/n. Ejea de los Caballeros), del Centro Sanitario de Alta Resolución Moncayo, (Plaza Joaquina Zamora, número 2, Tarazona) y del Centro Sanitario de Alta Resolución Bajo Cinca- Baix Cinca, (C/ Hermana Andresa, número 2, Fraga), igualmente se publicará en la página web del Consorcio de Salud,

amentosOrganismosPublicos/Organismos/ch.ConsorcioSalud.detalleDepartamento.

7.2. La idoneidad de los candidatos será valorada por la Comisión de Selección, tomando como base el historial acreditado por cada aspirante, con sujeción al baremo de méritos de la categoría. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren los méritos que hayan presentado, y si lo considera oportuno, podrá mantener entrevistas personales o realizar pruebas teórico-prácticas, a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil de las plazas que se convocan.

Completado el proceso selectivo, el órgano de selección ordenará a los aspirantes de mayor a menor puntuación alcanzada. En el supuesto de renuncia por alguno de los seleccionados a su derecho a ser contratado para ocupar la plaza pasará al inmediato siguiente de la lista.

Octava.- Comisión de Selección.

8.1. La comisión de selección encargada de llevar a cabo la selección de este personal estará formada por tres miembros, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes. Todos ellos, tanto titulares como suplentes, deberán encontrarse en posesión de titulación igual o superior nivel académico que la exigida para el ingreso y tener contrato de trabajo con el Consorcio de Salud. En virtud de lo establecido en el artículo 17 del convenio Colectivo se nombra para esta convocatoria como miembros de la comisión de selección a D. Ana Cristina Navarro Gonzalvo, Directora Asistencial, D. Javier Portero de la Cruz, Responsable de Recursos Humanos y D.ª Gracia Pilar García Bescos, Médica de Urgencias Hospitalarias. Como personal suplente se designa a D. Vicente Jasa Ardanaz, Subdirector Asistencial, D.ª Alicia Iñiguez Remon, Directora de Gestión y D. Carlos Lacasta Vivas, Médico de Urgencias Hospitalarias.

8.2. Los miembros de la comisión de selección deberán abstenerse de intervenir cuando concurre en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para ingreso en la misma categoría en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros de la comisión de selección cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la citada ley.

8.3. El procedimiento de actuación de la comisión de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 25 y siguientes de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido se aprobó por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

8.4. A efectos de comunicación y demás incidencias, la comisión de selección tendrá su sede en el Consorcio de Salud, Vía Universitas 36, 50017 Zaragoza.

Novena.- Publicidad.

Esta convocatoria será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", en la página web del Consorcio del Salud:

mentosOrganismosPublicos/Organismos/ch.ConsorcioSalud.detalleDepartamento, así como en los tablones de anuncios de los centros del Consorcio de Salud referenciados en el punto 7.1 de esta convocatoria.

Décima.- Norma Final.

Contra la presente resolución, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán interponer recurso de alzada ante el Consejo Rector del Consorcio de Salud, al no agotar la vía administrativa, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.o) de los Estatutos del Consorcio de Salud y artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 11 de septiembre de 2014.

El Director Gerente del Consorcio de Salud,

JAVIER FONT CELAYA