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RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2022, del Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y Televisión Autonómica de Aragón, SAU, por la que se convoca el proceso selectivo de una plaza de Auxiliar Videoteca como personal laboral fijo de Televisión Autonómica de Aragón, SA, incluida en el Acuerdo de 16 de mayo de 2022, del Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a la tasa de estabilización de Radio Autonómica de Aragón, SAU y Televisión Autonómica de Aragón, SAU.

Publicado el 16/12/2022 (Nº 242)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

I La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público dispone, en el apartado 1 del artículo 2, que adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

La disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, establece que las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Por su parte, la disposición adicional octava establece que adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.

Así mismo, la disposición adicional séptima establece que los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización serán de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.

II El Acuerdo de 16 de mayo de 2022, del Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a la tasa de estabilización de Radio Autonómica de Aragón, SAU y Televisión Autonómica de Aragón, SAU, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 99, de 25 de mayo de 2022, recoge en su apartado primero de aprobación de las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de los procesos de estabilización, de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, una plaza de Auxiliar de Videoteca incluida en la plantilla del personal laboral propio de la empresa pública Televisión Autonómica de Aragón, SAU.

En aplicación de los preceptos citados y de las competencias atribuidas al Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión en los artículos 10.c) y 32.4 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, resuelvo:

Convocar, el proceso de selección para la cobertura definitiva en régimen de contratación laboral, de un puesto de Auxiliar Videoteca de la plantilla de la Televisión Autonómica de Aragón, SAU con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales

1.1. Publicación. La presente convocatoria se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web:

https://www.cartv.es/contratacion/empleo/aragon-tv

(Incluido modelo editable de solicitud de participación)

1.2. El proceso de selección será mediante concurso de valoración de méritos.

1.3. Se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, la página web https://www.cartv.es/contratacion/empleo/aragon-tv

2. Características del puesto de auxiliar videoteca.

2.1. Funciones principales:

Garantizar una gestión correcta de los materiales necesarios para la óptima emisión de la programación de la cadena.

Recepcionar y revisar los materiales que van a ser emitidos en cualquier soporte.

Gestionar los materiales de acuerdo a las necesidades de la emisión, catalogar y etiquetar los mismos, así como realizar su labor de logística.

Gestionar y controlar el inventario de material audiovisual.

Gestionar el borrado del contenido audiovisual de los soportes y la retirada de los mismos.

2.2. Subgrupo profesional: C1.

2.3. Tipo de jornada: Jornada completa.

2.4. Remuneración anual bruta: 24.364,20 euros, más aquellos otros conceptos retributivos que se devenguen y que se encuentran establecidos en el Convenio Colectivo de Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y sus Sociedades.

3. Requisitos de los solicitantes.

3.1. Para poder participar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Poseer la titulación y experiencia exigidas.

Haber abonado la tasa correspondiente.

3.2. Titulación y experiencia exigidos:

Titulación mínima: Técnico en ramas de administrativo, audiovisuales, técnica, comunicaciones, imagen y sonido o equivalente o Bachiller.

Experiencia mínima: Experiencia de 1 año en el sector audiovisual.

3.3. Para ser admitidos al proceso selectivo, los aspirantes deberán poseer los requisitos de participación señalados anteriormente en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo.

4. Solicitudes.

4.1. Plazo. Se abre un plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo de quince días hábiles, que se iniciarán a contar desde el día siguiente al de la publicación en la citada web de la Resolución por la que se convoca la plaza.

4.2. Solicitud y documentación. Las personas interesadas en participar en esta convocatoria deberán enviar un correo electrónico a selecciondepersonal@cartv.es indicando en el campo del asunto "Nombre Apellido1 Apellido2 Plaza AUXILIAR VIDEOTECA 2022", siendo imprescindible que las candidaturas presenten en orden la siguiente documentación y preferiblemente en un único fichero:

1.º Cumplimentación del modelo de presentación de solicitud para la participación, dispuesto en anexo I a esta convocatoria y en la página web https://www.cartv.es/contratacion/empleo/aragon-tv

2.º Curriculum vitae actualizado. En él se deberá incluir número de NIF, domicilio, correo electrónico y teléfono/s de contacto de la persona aspirante.

3.º Copia de la titulación académica requerida para el acceso al proceso.

4.º Certificado de la vida laboral que acredite la experiencia profesional de las candidaturas con la cotización a la Seguridad Social e indispensable para el cálculo de los méritos profesionales.

5.º Certificados de empresa, acreditaciones de la experiencia (contratos, acuerdos,... ) o declaración responsable en los que consten las funciones relativas a la experiencia.

6.º Certificados/Diplomas de formación. En el caso de asignación de puntos por horas, éstos deberán indicar claramente el número de horas. Si se expresa en días, se aplicaría la conversión de 1 día=7,5 horas de formación.

7.º Memoria explicativa de los méritos a valorar. Se presentará en un documento en pdf máximo de 5 páginas en DIN A4 por una cara, fuente arial, estilo normal, tamaño 11 e interlineado sencillo.

4.3. La presentación de la candidatura en este proceso conlleva la declaración de que todos los datos aportados son veraces, y ello sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación original oportuna que pueda ser requerida durante este proceso.

La información señalada por las candidaturas que no se justifique documentalmente no se considerará para la admisión y/o valoración.

5. Admisión de candidaturas.

5.1. Los aspirantes recibirán un acuse de recepción de su candidatura, desde la cuenta de correo electrónico de selecciondepersonal@cartv.es sin perjuicio de la valoración posterior sobre su admisión o exclusión al proceso.

5.2. La identificación de los candidatos se realizará exclusivamente a través del código asignado a su candidatura junto con la cuarta, quinta, sexta y séptima cifra de su número de NIF (el resto de caracteres alfabéticos o numéricos serán sustituidos por un asterisco en cada posición). Este criterio será aplicado en las publicaciones de este proceso.

5.3. Concluido el plazo de presentación de candidaturas y tras comprobar los requisitos exigidos para la participación en este proceso de acuerdo con la documentación aportada por los solicitantes, se publicará la relación provisional de candidaturas admitidas y en su caso excluidas, con indicación de la causa de exclusión, en la citada web, https://www.cartv.es/contratacion/empleo/aragon-tv

5.4. Las personas aspirantes que sean excluidas o que, habiendo presentado solicitud no figuren en la lista provisional, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional para poder alegar su no inclusión en la lista o subsanar el motivo que hubiera dado lugar a su exclusión por correo electrónico a la dirección de selecciondepersonal@cartv.es y desde la que se acusará recibo.

Los solicitantes que, dentro del plazo establecido, no subsanen el defecto que dio lugar a la exclusión o no hubieran alegado la omisión acreditando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos de su participación en este proceso.

Una vez finalizado dicho plazo de alegaciones se publicará la lista definitiva de candidaturas admitidas al proceso. La admisión definitiva lo es sin perjuicio de la obligación de las personas aspirantes que hubieran sido seleccionadas, de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.

6. Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal que calificará los méritos, estará compuesto por:

Presidente/a: D. Germán Sanz Clavel.

Vocal: D.ª Ana M.ª Barrieras Romerales.

Vocal: D.ª M.ª Pilar Laín Ibietatorremendia.

Vocal: D.ª David Larrodera Sanz.

Vocal: D.ª Javier Gastón Ferrández.

Secretaria: D. Raquel Marco Villacampa.

El Tribunal calificador podrá solicitar el asesoramiento de técnicos o expertos independientes.

6.2. Los miembros del Tribunal se abstendrán de intervenir en el proceso si concurre en ellos alguna de las causas previstas en el artículo 33 de la Ley 5/2021, de 20 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, pudiendo ser recusados por las personas aspirantes en los términos previstos en el artículo 34 de la citada ley.

6.3. El Tribunal resolverá las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases y criterios relativos al desarrollo del concurso de méritos. El Presidente del Tribunal coordinará la aplicación de las valoraciones y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad.

6.4. El Tribunal elevará al Director General de Corporación Aragonesa de Radio y Televisión la relación de candidaturas con su correspondiente valoración.

7. Baremo concurso de méritos.

El proceso de selección consta de una única fase de concurso de méritos, cuya valoración se distribuirá de acuerdo con los siguientes baremos:

A) Méritos profesionales o experiencia profesional, hasta 67,5 puntos sobre el total de 100 puntos.

B) Méritos académicos o formación, hasta 32,5 puntos sobre el total de 100 puntos.

Conceptos

Mismo puesto: Puesto con trabajo idéntico o que se ajusta a las exigencias funcionales/profesionales del puesto.

Puesto relacionado: Puesto que cumple o se ajusta por lo menos a alguna de las principales exigencias funcionales del puesto.

El mes completo equivale a 30 días cotizados, por lo que los días expresados en la vida laboral se dividirán entre 30 para el cálculo de meses. El cómputo de días se realizará hasta el día inmediatamente anterior a la fecha de publicación de la convocatoria del proceso de selección para la cobertura de la plaza.

Sector público se considera el contenido en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (Ley 22/2021, de 28 de diciembre).

Sector audiovisual se considera que engloba la Radio, Televisión y Multimedia (digital), tanto entes como empresas.

A) Méritos profesionales o experiencia profesional (hasta máximo 67,5 puntos):

Se valorará la experiencia del personal contratado directamente por las diferentes administraciones, organismos, entidades, sociedades, fundaciones, corporaciones, para el desempeño de puestos al servicio del sector público.

Se valorará la mencionada experiencia de acuerdo con lo expresado en la vida laboral presentada por las candidaturas y como máximo hasta el día inmediatamente anterior a la fecha de publicación de la convocatoria. En caso de no completar un mes, se calculará de forma proporcional a la valoración por mes completo.

Se asignará una puntuación de 0,5 puntos por cada mes completo de experiencia en el mismo puesto desempeñado en el sector o actividad audiovisual y dentro del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Se asignará una puntuación de 0,25 puntos por cada mes completo de experiencia en el mismo puesto desempeñado en el sector o actividad audiovisual y en el resto del sector público.

Se asignará una puntuación de 0,15 puntos por cada mes completo de experiencia en:

- El mismo puesto desempeñado en otros sectores o actividades no audiovisuales y dentro del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Otro puesto relacionado desempeñado en el sector o actividad audiovisual y dentro del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Otro puesto relacionado desempeñado en otros sectores o actividades no audiovisuales y dentro del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Se asignará una puntuación de 0,10 puntos por cada mes completo de experiencia en:

- El mismo puesto desempeñado en otros ámbitos o actividades no audiovisuales y en el resto del sector público.

Otro puesto relacionado desempeñado en el sector o actividad audiovisual y en el resto del sector público.

Otro puesto relacionado desempeñado en otros ámbitos o actividades no audiovisuales y en el resto del sector público.

B) Méritos académicos o formación (hasta máximo 32,5 puntos):

I. Dos puntos por haber superado/aprobado proceso de selección o pruebas de acceso de puestos o de plazas, relacionados con el puesto de trabajo a cubrir y del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Aragón, tanto para contrataciones temporales como fijas o indefinidas.

La valoración máxima que podrán alcanzar las candidaturas en este apartado será de 2 puntos en total.

II. Formación general o específica en materias relacionadas con el puesto: seminarios, cursos, jornadas, certificaciones de proveedor, idiomas...

La valoración máxima que podrán alcanzar las candidaturas en este apartado será de 30,5 puntos en total.

De menos de 30 horas: 0,0125 puntos por hora.

De duración igual o superior a 30 horas y menor de 100 horas: 0,0250 puntos por hora.

De duración igual o superior a 100 horas: 0,05 puntos por hora de formación.

Dominio el idioma inglés acreditado con titulación dentro del Marco Común Europeo (Cambridge) incluida la titulación de la Escuela Oficial de Idiomas de España. La valoración se realizará a razón de la siguiente escala:

C2= 2,5 puntos.

C1= 2 puntos.

B2= 1,5 puntos.

B1= 1 punto.

A2= 0,5 puntos.

En cualquier momento del desarrollo de este proceso y a petición del Tribunal, se podrá solicitar aclarar la acreditación de los méritos alegados por los candidatos.

8. Resolución del proceso de selección.

El Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y Televisión Autonómica de Aragón, SAU procederá a la resolución del proceso de selección con el ofrecimiento de la plaza a la candidatura que haya obtenido la mayor puntuación.

El criterio de desempate en el caso de obtener varias candidaturas la misma puntuación total del proceso, será la candidatura que haya obtenido la mayor puntuación en el apartado a) del A) de méritos profesionales.

El/la candidato/a seleccionado/a deberá incorporarse en el plazo que se determine por Corporación Aragonesa de Radio y Televisión tras la comunicación de adjudicación del proceso. En caso de que se produjera la no incorporación de del/de la candidato/a en la fecha establecida, finalizará su participación en el mismo y será el siguiente candidato/a con mejor valoración total el/la que pase a ser seleccionado/a, y así sucesivamente. En caso de que ninguno/a de los/as candidatos/as que hayan superado el proceso se incorporara, éste se declarará desierto.

Cualquier situación de desempate que surgiera se resolverá aplicando el mismo criterio que en este punto, empezando por el a) y luego el b), luego c) y finalmente el d) del apartado A) de méritos profesionales.

9. Información básica sobre protección de datos de carácter personal.

Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales), los datos personales facilitados tanto en la solicitud como en el resto de documentación exigida en la convocatoria o derivada de la misma, pasarán a ser tratados por la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, Avenida María Zambrano, número 2 (50018) Zaragoza, como responsable de dicho tratamiento.

La finalidad del tratamiento es la gestión y desarrollo del presente proceso de selección conforme a las bases de la convocatoria y, el acceso a las plazas ofertadas conllevará el que los datos personales aquí facilitados sean tratados para la gestión de los trámites necesarios en materia de personal.

La Corporación Aragonesa de Radio y Televisión está legitimada para su tratamiento por causa de interés público, interés legítimo y el consentimiento del interesado prestado con la presentación de su solicitud, siendo necesario para la ejecución de la relación que se establece entre el solicitante y la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión al participar en la convocatoria y para que ésta pueda cumplir con sus obligaciones conforme a la legislación expresada en las presentes bases.

Los datos de carácter personal se tratarán y conservarán por la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión durante el tiempo que sea necesario conforme a la legislación expresada incluyendo, en su caso, la resolución de reclamaciones y recursos.

No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. Se prevé la comunicación de datos mediante la publicación de listas y resultados conforme a lo establecido en las bases de esta convocatoria.

El solicitante puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición o portabilidad señalando concretamente la causa de la solicitud y acompañando copia del documento acreditativo de identidad. La solicitud podrá hacerse mediante escrito dirigido a la dirección del responsable o por medios electrónicos a dpd@cartv.es

En caso de no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos los aspirantes pueden dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos a través de los formularios que esa entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página www.aepd.es

10. Disposiciones finales.

1. Las personas interesadas relacionadas, excluidas u omitidas en el proceso dispondrán de 10 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de las listas provisionales de resultados de las candidaturas, para formular las alegaciones o reclamaciones que entiendan oportunas y que en cualquier caso hagan llegar por correo electrónico a la dirección de selecciondepersonal@cartv.es desde la que se acusará recibo. Una vez finalizado dicho plazo de alegaciones, se publicará la lista definitiva de resultados de las candidaturas.

2. La utilización de sustantivos de género gramatical determinado en referencia a cualquier sujeto, cargo o puesto de trabajo debe entenderse realizada, por economía de expresión y como referencia genérica, tanto para hombres como para mujeres, con estricta igualdad a todos los efectos.

Zaragoza, 28 de noviembre de 2022.

El Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión,

FRANCISCO QUEROL FERNÁNDEZ