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RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2024, de la Directora General de Patrimonio Cultural, por la que se delega la competencia en materia de gestión de las convocatorias de ayudas para proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la provincia de Teruel, con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel en la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia, así como las propuestas de gasto que se deriven de las mismas.

Publicado el 25/03/2024 (Nº 60)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y CULTURA

Texto completo:

Mediante Decreto 1/2024, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, se determinó la estructura de dicho Departamento, y se asignaron a sus órganos las competencias atribuidas al Departamento en virtud de Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El artículo 1.1 am) del Decreto 1/2024, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, atribuye al Departamento el ejercicio de las competencias relativas a "la protección, conservación, acrecentamiento del conocimiento, difusión, promoción, fomento y formación del patrimonio cultural aragonés, integrado por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico o técnico".

Por su parte, el artículo 3.1 del Decreto 1/2024, de 10 de enero, determina que el Departamento se estructura con los siguientes órganos directivos centrales:

a) Secretaría General Técnica.

b) Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia.

c) Dirección General de Servicios Jurídicos.

d) Dirección General de Desarrollo Estatutario.

e) Dirección General de Administración Local.

f) Dirección General de Interior y Emergencias.

g) Dirección General de Cultura.

h) Dirección General de Patrimonio Cultural.

i) Dirección General de Deporte.

De acuerdo con su artículo 27, corresponden a la Dirección General de Patrimonio Cultural, las actuaciones de prevención, protección y promoción del patrimonio arqueológico, paleontológico, histórico-artístico, industrial, etnográfico, lingüístico e inmaterial de Aragón, y de manera general "las actuaciones que de forma directa o indirecta contribuyan a la prevención, protección y conservación del Patrimonio Cultural Aragonés, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 28.e) le corresponde al Servicio de Prevención, Protección e Investigación del Patrimonio Cultural, de la citada Dirección General, la promoción y difusión del patrimonio cultural aragonés.

El Fondo de Inversiones de Teruel es el instrumento a través del cual se hace efectivo el principio de solidaridad interterritorial, se crean las bases de colaboración entre la Administración del Estado y el Gobierno de Aragón para financiar proyectos de inversión que promuevan renta y riqueza, y se superan los desequilibrios estructurales de la provincia de Teruel. La financiación que procede de la Administración General del Estado se formaliza mediante la firma con carácter anual de convenios de colaboración con la Comunidad Autónoma para financiar inversiones que favorezcan el desarrollo económico de la provincia de Teruel, de modo que cada Administración aporta el 50% de su coste.

En los sucesivos convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón, para el cumplimiento de esta finalidad (de fechas 29 de mayo de 2018, 11 de diciembre de 2019, 10 de diciembre de 2020, 28 de julio de 2021, 22 de julio de 2022, y 13 de noviembre de 2023) se incorpora una línea de actuación denominada G) "apoyo al fomento de iniciativas culturales, en especial las destinadas a la rehabilitación y creación de bienes de contenido cultural", en la que posteriormente se incluye el proyecto G-1 "Infraestructuras culturales: Apoyo a fundaciones sin ánimo de lucro".

Por otro lado, en los últimos ejercicios 2019, 2020, 2021, y 2022, la gestión de la ejecución de este proyecto se ha realizado por parte de la Dirección General de Relaciones Institucionales, actualmente Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia, por ello se considera que desde la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia se va a conseguir una mayor agilidad y eficacia en la gestión de los expedientes vinculados a esta línea de actuación, contando con la experiencia adquirida en los anteriores ejercicios, y en aras de una mayor eficacia en la actuación de la Administración Pública, que beneficie a los terceros a los que va dirigida la misma, contando además con el personal necesario y experimentado en la tramitación de estos proyectos.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, recoge en su artículo 9, que tiene carácter básico, el régimen jurídico de la delegación de competencias que también se regula en los artículos 10 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.

Así, en el apartado 1 de su artículo 10, dispone que los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos, aun cuando éstos no sean jerárquicamente dependientes de los delegantes, y en el apartado 3 de su artículo 11 establece que "Las competencias de los Secretarios Generales Técnicos, de los Directores Generales, de los Jefes de Servicio y de los Jefes de Servicio Provincial serán delegables previa autorización expresa del titular del Departamento".

Mediante Orden de 6 de marzo de 2024, la Consejera del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, al objeto de conseguir una mayor agilidad y eficacia en la gestión de los citados expedientes y teniendo en cuenta, la experiencia en la gestión de los mismos, así como el personal especializado con el que cuenta la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia, ha resuelto lo siguiente:

"Se autoriza a la Dirección General de Patrimonio Cultural para que lleve a cabo la delegación en la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia, de las actuaciones de tramitación y gestión de las ayudas para los proyectos asignados al Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, incorporados al Convenio de colaboración del Fondo de Inversiones de Teruel, destinados al apoyo y fomento de iniciativas culturales, destinadas a infraestructuras culturales en proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro, así como las propuestas de gasto que se deriven de dichas actuaciones.

Dicha delegación comprenderá todos los expedientes administrativos relacionados con dichas ayudas".

La Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia, ha manifestado su conformidad con la presente delegación de competencias.

Por todo lo anterior, y conforme a lo previsto en los artículos 10 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y previa autorización de la Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, resuelvo:

Primero.- Delegar en la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia las actuaciones de tramitación y gestión de las ayudas para los proyectos asignados al Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, incorporados al Convenio de colaboración del Fondo de Inversiones de Teruel, dirigidos al apoyo y fomento de iniciativas culturales, destinadas a infraestructuras culturales en proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro, así como las propuestas de gasto que se deriven de dichas actuaciones.

Dicha delegación comprenderá todos los expedientes administrativos relacionados con dichas ayudas.

Segundo.- El ejercicio de las competencias delegadas se ajustará a lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes de Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.

Tercero.- Las resoluciones que se dicten en virtud de la presente Resolución se considerarán dictadas a todos los efectos por la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural. En todas ellas deberá hacerse constar expresamente que son dictadas por delegación.

Cuarto.- Esta Resolución comenzará a producir sus efectos desde el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 15 de marzo de 2024.

La Directora General de Patrimonio Cultural,

GLORIA PERÉZ GARCÍA