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RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2023, del Secretario General de la Presidencia, por la que se otorga el Premio de Investigación "Ángela López Jiménez" 2023 del Consejo Económico y Social de Aragón.

Publicado el 08/06/2023 (Nº 108)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

Texto completo:

Por Orden PRE/84/2016, de 17 de febrero, modificada por la Orden PRE/482/2019, de 2 de mayo, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito de actuación del Consejo Económico y Social de Aragón.

Mediante Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Presidencia del Consejo Económico y Social de Aragón, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 41, de 1 de marzo de 2023, se convoca el Premio de Investigación "Ángela López Jiménez" 2023 del Consejo Económico y Social de Aragón.

Visto el informe emitido por unanimidad por la Comisión de Valoración y elevada la correspondiente propuesta de concesión por la Unidad de Apoyo al Consejo Económico y Social de Aragón, conforme a las competencias legalmente asignadas, resuelvo:

Primero.- Otorgar el Premio de Investigación "Ángela López Jiménez" 2023, de acuerdo con el informe emitido por unanimidad por la Comisión de Valoración constituida al efecto, al proyecto titulado "Estrategias para la aplicación de la ley aragonesa de cultura de la paz: diagnóstico jurídico y cartografía social" del grupo de investigación formado por Fernando Emmanuel Arlettaz Man, Inés Giménez Delgado y M.ª Jesús Luna Serreta, por haber obtenido su proyecto una puntuación media de 9,25, la mayor de los proyectos presentados conforme a los criterios establecidos en la convocatoria: calidad científica 8, originalidad e interés para Aragón 10, viabilidad y capacidad del equipo 9,75.

Con este proyecto se va a abordar el concepto de cultura de paz, combinada con un estudio empírico en Aragón, para así transformar las ideas y percepciones de diversos actores sociales en propuestas concretas de implementación de la recientemente aprobada Ley de Cultura de la Paz en Aragón que permitan que esta ley alcance sus objetivos de fomentar mentalidades capaces de impulsar una convivencia en paz.

Segundo.- Desestimar los trece proyectos presentados restantes por haber obtenido una puntuación inferior conforme a la siguiente ordenación:

Tercero.- El premio, condicionado a la existencia de crédito suficiente y adecuado, tiene una dotación económica de siete mil euros que se imputará a la aplicación presupuestaria G/3229/480235/91002 de la estructura del presupuesto de gastos del Consejo Económico y Social de Aragón. La cuantía del premio se distribuirá entre los miembros del equipo de investigación en el porcentaje por ellos expresado, correspondiendo 3.150 euros a Fernando Emmanuel Arlettaz Man, 3.150 euros a Inés Giménez Delgado y 700 euros a M.ª Jesús Luna Serreta.

El pago del premio se realizará en la forma establecida en el apartado decimosexto de la convocatoria.

Cuarto.- La concesión del premio deberá aceptarse, en un plazo no superior a cinco días, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", mediante escrito dirigido a la Secretaría General del Consejo Económico y Social de Aragón, suscrito por todos los integrantes del grupo de investigación.

Quinto.- Publicar la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", así como en los demás medios previstos en el apartado decimocuarto de la Resolución de 21 de febrero de 2023.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución, según disponen los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Asimismo, con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo señalado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.

Zaragoza, 1 de junio de 2023.

El Secretario General de la Presidencia,

VITELIO TENA PIAZUELO