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RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 9 de enero de 2007, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de producción con capacidad para 720 UGM, ubicada en el polígono 6, parcelas 1035, 54 y 55, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Desarrollos Industriales Sora, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/10472).

Publicado el 04/12/2015 (Nº 235)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 19 de octubre de 2015, se presenta escrito en este Instituto, por D. José Miguel Laplaza de Marco, en representación de Desarrollos Industriales Sora, S.L., con CIF: B50890672, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación en base a la modificación no sustancial, aprobada por Resolución de 2 de enero de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. Con fecha 22 de octubre de 2015, se adjunta un nuevo documento en el que se comunica la instalación de una caldera de biomasa.

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de 9 de enero de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 10, de 24 de enero de 2007, se formuló la declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina descrita, a nombre de Desarrollos Industriales Hosmeca, S.L. (Número Expte. INAGA 500301/02/2006/00181).

Segundo.- Con fecha 14 de septiembre de 2007, este Instituto tomó conocimiento del cambio de titularidad a favor de Desarrollos Industriales Sora, S.L.

Tercero.- Mediante Resolución de 1 de julio de 2008, de este Instituto, se aprueba la modificación no sustancial por sustitución de la balsa de purín de 4.000 m³ por otra de 9.000 m³ (Número Expte. INAGA 500301/02/2008/06370).

Cuarto.- Mediante Resolución de 9 de octubre de 2008, de este Instituto, se aprueba la modificación no sustancial de la explotación por cambio de ubicación de la balsa de purín y redimensionado de la nave de gestación (Número Expte. INAGA 500301/02/2018/10276).

Quinto.- Mediante Resolución de 5 de mayo de 2010, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 98, de 21 de mayo de 2010, se procede a la modificación puntual de dicha resolución por cambios en el sistema de suministro energético e instalación de dos calderas de gasoil para el sistema de calefacción (Número Expte. INAGA 500301/02/2010/02735).

Sexto.- Mediante Resolución de 8 de agosto de 2012, de este Instituto, se aprueba la modificación no sustancial de la explotación por aumento de capacidad hasta 2.400 plazas de reproductoras, ampliación de las naves de maternidad y transición y construcción de una nave de reposición (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/07148).

Séptimo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 13 de diciembre de 2013, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se actualizó dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10363).

Octavo.- Mediante Resolución de 2 de enero de 2015, de este Instituto, se estima la solicitud de modificación no sustancial por aumento de capacidad hasta 864 UGM, con construcción de nuevas edificaciones y cambio de orientación productiva a explotación porcina de producción de lechones hasta 6 kg (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/12306).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 9 de enero de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción, en el término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), promovida por Desarrollos Industriales Sora, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Desarrollos Industriales Sora, S.L., con CIF: B50890672, para una explotación porcina para producción de lechones hasta 6 kg con capacidad equivalente a 864 UGM, a ubicar en el polígono 6, parcelas 1035, 54 y 55, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), con unas coordenadas representativas ETRS 89 huso 30 de: X = 658.914, Y = 4.668.460 y Z = 354. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:".

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con; una nave de maternidad de 140,04 x 36,50 m; una nave de gestación cubrición gestación confirmada 1, de 202,60 x 25,60 m; una nave de gestación confirmada 2, de 64,88 x 13,86 m; una nave de reposición 1, de 24,40 x 14,40 m; un almacén de 42,30 x 15 m; un edificio de oficinas de 18,30 x 13,20 m; una nave de gestación cubrición 2-adaptación a manejo, de 80,40 x 24,40 m; una nave de reposición 2, de 30,40 x 14,40 m; una fosa de purines de 9.000 m³ de capacidad; una fosa de cadáveres de 54 m³; vado sanitario y vallado perimetral de la explotación".

El punto 2.3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.3. El suministro energético a la explotación procede una línea eléctrica desde un transformador eléctrico y el consumo estimado mensual es de unos 33.000 kWh.

El sistema de calefacción de las naves cuenta con una caldera de biomasa de 500 kW. La clasificación de este foco emisor, según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, se corresponde con el código 02 03 05 02, sin grupo asignado. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores siguientes: 616 mg/Nm³ de NOx y 500 mg/Nm³ de CO.

El control de las emisiones de los focos emisores se realizará por un organismo de control autorizado en materia de atmósferas cada cinco años".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 17 de noviembre de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS