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Anuncio relativo a la aprobación de la resolución final de la convocatoria pública de las compensaciones al sector de la hostelería de Zaragoza por las pérdidas sufridas en el ejercicio 2020 por las consecuencias de la pandemia del COVID-19

Publicado el 06/07/2022 (Nº 152)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN QUINTA
Emisor: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA. ÁREA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y EMPLEO. COORDINACIÓN GENERAL

Texto completo:

La consejera de Economía, Innovación y Empleo, el día 29 de junio de 2022, como órgano competente, en virtud del uso de las atribuciones conferidas por delegación de la Alcaldía-Presidencia de fecha 19 de enero de 2009, y de lo dispuesto en el decreto de la M.I. Alcaldía-Presidencia de fecha 25 de junio de 2019, ha dictado el siguiente decreto:

Primero. - Aprobar la resolución final de la convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de las compensaciones al sector de la hostelería de Zaragoza por las pérdidas sufridas en el ejercicio 2020 por las consecuencias de la pandemia del COVID-19 en la ciudad de Zaragoza y conceder, con cargo al crédito consignado a tal efecto en la aplicación presupuestaria 2022 MER 4391 47902, «Ayudas directas a la hostelería y la restauración», por un importe de 3.439.788 euros, las subvenciones propuestas, así como desestimar e inadmitir las solicitudes que se indican en los anexos que se acompañan en la misma.

Segundo. - Hacer pública la relación de tales subvenciones y ayudas concedidas, por las cuantías que se especifican (anexo I), así como las denegaciones e inadmisiones con sus causas (anexo II). Los referidos anexos aparecen publicados en la siguiente dirección: https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/38175

Tercero. - Considerar cumplida la finalidad de la convocatoria y cumplidos los requisitos para el pago de la ayuda sin que sea necesaria ninguna justificación adicional.

Cuarto. - Para la formalización del pago de la ayuda concedida sera necesaria la presentación de la Ficha de Terceros en los términos especificados en las bases de la convocatoria con su presentación de manera presencial en las dependencias municipales Coordinación General del Área (sita en la Case Consistorial de plaza del Pilar).

Quinto. - La efectividad de la subvención se ajustará al cumplimiento de las siguientes condiciones:

a) Facilitar al Ayuntamiento de Zaragoza cuanta información precise para la tramitación y concesión de estas subvenciones.

b) Comunicar al departamento concedente de forma inmediata la obtención de cualquier otra subvención, ayuda, ingresos o recursos que financien la misma actuación subvencionada, procedente de otras Administraciones Públicas o entes públicos y privados.

c) Comunicar al órgano concedente cualquier eventualidad que altere las condiciones que determinaron el otorgamiento de la subvención o dificulte el desarrollo de la actuación subvencionada.

d) Dar la adecuada publicidad de la concesión de la subvención, en cumplimiento del artículo 12.1 r) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en particular, en la página web de la empresa.

e) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en la normativa aplicable.

f) Cualesquiera otras obligaciones impuestas a los beneficiarios en la normativa estatal o autonómica aplicables, en esta orden y en la correspondiente convocatoria o acto de concesión.

g) El incumplimiento de las condiciones estipuladas en esta convocatoria, así como de cualesquiera otras que establezca la normativa aplicable, implicará la pérdida del derecho de cobro de la subvención concedida, así como el reintegro de las cantidades percibidas y de los intereses de demora correspondientes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 34, 37 y 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el 43 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Sexto. - Publicar la presente resolución definitiva en el BOPZ, web municipal y Base Nacional de Subvenciones a los efectos de la publicidad correspondiente.

El presente acto es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la notificación o publicación de este acto, de conformidad con los artículos 46.1 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, previamente y con carácter potestativo, puede interponerse recurso de reposición ante la consejera de Economía, Innovación y Empleo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad y en los términos de los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión, en caso de que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dentro de los plazos establecidos en el mismo.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.

I. C. de Zaragoza, a 30 de junio de 2022. - El titular del Órgano de Apoyo al Gobierno de Zaragoza, P.D. de fecha 25 de octubre de 2019: La técnica jurídica del Área de Economía, Innovación y Empleo, María José Benito Tomás.