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RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2017, de la Gerencia de Sector de Zaragoza III, por la que se convoca procedimiento selectivo para la provisión, con carácter temporal, de dos plazas de la categoría de Personal Técnico no Titulado en el Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa" de Zaragoza.

Publicado el 31/05/2017 (Nº 102)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Zaragoza III, en ejercicio de las competencias que tiene legalmente atribuidas, convoca procedimiento selectivo para la provisión temporal de dos plazas vacantes, de la categoría de Personal Técnico no Titulado -Técnico en Electromedicina-, subgrupo "C1", en el Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa" de Zaragoza, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Características de los puestos de trabajo.

a) Jornada de trabajo: la dedicación del personal seleccionado podrá ser en turno fijo de mañana, o en turno fijo de tarde, o en turno rotatorio diurno.

b) Funciones. Bajo la dirección del responsable de la Unidad de Electromedicina, del Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa", el personal seleccionado desempeñará las siguientes funciones:

- La gestión, supervisión y ejecución del montaje, y la asistencia técnica, de los sistemas de Electromedicina, siguiendo criterios de calidad y eficiencia, en adecuadas condiciones de seguridad para los pacientes y cumpliendo las normas y procedimientos establecidos.

- La intervención en el mantenimiento del equipamiento electromédico.

- La recogida de datos y emisión de informes asociados al montaje y mantenimiento de los equipos y sistemas electromédicos.

- El archivo y mantenimiento de la documentación relativa al montaje, instalación y mantenimiento del equipamiento electromédico y equipos asociados, y la gestión de la documentación requerida para pruebas, ensayos y puesta a punto de los equipos.

- La aplicación de las técnicas de diagnóstico y reparación de los sistemas y equipos, mediante la operación diestra de instrumentos de medida y herramientas adecuadas.

- Aquellas otras funciones o competencias similares a las anteriores o que, aún sin estar directamente relacionadas, sean atribuibles a su cualificación profesional.

c) Retribuciones: las que corresponden para este puesto de trabajo según las disposiciones vigentes de aplicación.

Segunda.- Requisitos de participación.

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Estar en posesión del título de Bachillerato, Técnico Superior de Formación Profesional (Ciclos Formativos de Grado Superior), o de Formación Profesional de Segundo Grado, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo a), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su Estado en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores así como por trata de seres humanos.

g) No tener la condición de personal estatuario fijo, en activo o en excedencia, de la categoría de Personal Técnico no Titulado en el Sistema Nacional de Salud.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento del posible llamamiento y nombramiento. La acreditación de hallarse en posesión de los requisitos exigidos será requerida a los aspirantes antes de emitir el correspondiente nombramiento temporal, excepto los documentos requeridos en la base tercera a) que deberán aportarse junto a la solicitud.

Tercera.- Solicitudes.

a) Quién tenga interés en participar en la presente convocatoria, deberá formular su solicitud según modelo normalizado que figura en anexo I. Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán ordenadamente la siguiente documentación:

- Fotocopia de DNI, NIE, TIE, pasaporte o documento suficiente acreditativo de identidad,

- Fotocopia de título oficial exigido en la base Segunda b),

- Formulario de autobaremación, cumplimentado en modelo que figura en anexo II,

- Breve curriculum vitae donde figuren los datos personales, formación académica, formación continuada y experiencia profesional del candidato,

- Documentos acreditativos de cuantos méritos se consideren relevantes de conformidad con el baremo de méritos contenido en anexo III. Para la acreditación de los méritos bastará con la presentación de fotocopia de los documentos en los que consten los respectivos méritos alegados, sin perjuicio de la obligación del aspirante de presentar los documentos originales cuando sea requerido por el órgano convocante o por el órgano de selección nombrado al efecto.

Al objeto de facilitar la justificación de méritos del apartado III del baremo, no será necesario que los interesados presenten certificados de los servicios prestados en centros sanitarios o socio-sanitarios del Servicio Aragonés de Salud puesto que se aportarán de oficio al procedimiento.

Respecto del resto méritos que deseen aportarse para su valoración, se advierte que no se admitirán a concurso documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, por mucho que hayan sido simplemente alegados en dicho plazo, salvo imposibilidad material alegada y probada por el aspirante como no imputable a él y debidamente apreciada por el órgano convocante.

Los méritos acreditados en plazo y forma deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad.

b) La solicitud se dirigirá a la Gerencia de Sector de Zaragoza III, y podrá ser presentada en la Oficina de Registro del Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa", situada en la Avda. San Juan Bosco, 15, 50009 Zaragoza, o a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

c) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Sistema de selección.

La selección se efectuará mediante un sistema que consta de dos fases:

a) Una primera fase, de carácter eliminatorio, consistente en la realización por los aspirantes admitidos de una prueba de aptitud, de carácter teórico, práctico o ambos, que versará sobre materias relacionadas con las funciones a desempeñar descritas en la base Primera b). La prueba podrá constar de uno o varios ejercicios sucesivamente eliminatorios, según determine la Comisión de Selección, quién deberá garantizar plenamente el anonimato de los participantes. La calificación final para cada aspirante en esta fase será de "Apto" o "No Apto", sin que pueda acumularse la puntuación obtenida en la citada prueba de aptitud a la fase de concurso. Los aspirantes que no superen esta primera fase quedarán excluidos del proceso selectivo.

b) Una segunda fase de concurso que consistirá en la valoración, de conformidad con el baremo de méritos para personal de Gestión y Servicios que se adjunta en anexo III, de los méritos debidamente acreditados por los aspirantes declarados "Aptos" en la prueba previa de aptitud.

Quinta.- Órgano de selección.

El desarrollo de las dos fases del procedimiento selectivo corresponderá a una Comisión de Selección, cuyos miembros serán designados, por la Gerencia del Sector Zaragoza III, en el mismo acto de aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos. Su composición será la siguiente:

Presidente: Gerente de Sector de Zaragoza III o persona en quien delegue.

Secretario: Director de Gestión y SSGG del Sector de Zaragoza III o Subdirector de Gestión y SSGG de Personal.

Vocales: 1.º Directora del Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa" o persona en quien delegue.

2.º Jefe del Servicio de Ingeniería y Mantenimiento o Ingeniero Técnico responsable de la Unidad de Electromedicina del Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa"

3.º Un miembro designado por la representación sindical en el Sector Zaragoza III, que ocupe plaza para cuyo acceso se exija el mismo nivel de titulación que para las plazas convocadas.

Sexta.- Procedimiento.

a) Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, y los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado su exclusión expresa, o para justificar su derecho a ser incluidos en caso de haber resultado omitidos. Transcurrido el plazo anterior, la Gerencia de Sector de Zaragoza III dictará resolución que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos.

b) Celebrada la prueba de aptitud, la Comisión de Selección publicará la calificación obtenida por cada candidato y procederá a la valoración de méritos, de conformidad con el baremo de méritos anteriormente indicado. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección al objeto que aclaren los méritos que hayan presentado. Ultimada la valoración de los méritos debidamente acreditados por los aspirantes, la Comisión de Selección publicará las puntuaciones provisionales de cada uno de ellos y otorgará un plazo de diez días naturales para presentación de las reclamaciones que éstos consideren pertinentes

c) Analizadas las reclamaciones presentadas y realizadas las modificaciones procedentes, la Gerencia de Sector de Zaragoza III, vista la propuesta de la Comisión de Selección, dictará resolución que pondrá fin al procedimiento, donde se detallarán las puntuaciones definitivas alcanzadas por los concursantes y se designará a las personas seleccionadas. Contra dicha resolución podrán interponer los interesados recurso de Alzada ante el titular del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón.

Séptima.- Lista para sucesivos llamamientos.

De conformidad con el artículo 36.3 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, con los candidatos declarados aptos se podrá elaborar una lista, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Selección, que tendrá una vigencia de un año

Octava.- Nombramiento y período de prueba.

A los aspirantes seleccionados se les expedirá nombramiento de personal estatutario temporal de carácter interino, y quedarán sujetos a un período de prueba de dos meses. De conformidad con el artículo 9.2 de Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se acordará el cese del personal estatutario interino cuando se incorpore personal fijo, por el procedimiento legal o reglamentariamente establecido, a la plaza que desempeñe, así como cuando dicha plaza resulte amortizada.

Novena.- Publicaciones Sucesivas.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, excepto el acto resolutorio del procedimiento que se hará público en el "Boletín Oficial de Aragón", se publicarán en el tablón de anuncios situado en la planta baja del Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa", junto al Servicio de Personal, de conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 3 de abril de 2017.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

P.D. Resolución de 27 de enero de 2006 ("Boletín Oficial de Aragón", de 15 de febrero de 2006)

El Gerente de Sector de Zaragoza III, JOSÉ IGNACIO BARRASA VILLAR