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ANUNCIO de la Junta Distribuidora de Herencias de la Comunidad Autónoma de Aragón, relativo a la distribución del patrimonio procedente de la sucesión legal de causantes.

Publicado el 21/03/2023 (Nº 55)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

De conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Decreto 185/2014, de 18 de noviembre, del Gobierno de Aragón, sobre regulación de las actuaciones administrativas en la sucesión legal a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en los casos de disposición voluntaria a favor de personas indeterminadas, se pone en general conocimiento público y, en especial, de los establecimientos de asistencia social de la Comunidad Autónoma de Aragón, lo siguiente:

1. La Junta Distribuidora de Herencias de la Comunidad Autónoma de Aragón se reunirá el 27 de abril de 2023, al objeto de proceder a la distribución del patrimonio procedente de la sucesión legal de ocho causantes, por un importe total de seiscientos quince mil seiscientos euros con ochenta y dos céntimos (615.600,82 €), con sometimnto a lo dispuesesto en el Decreto 185/2014, de 18 de noviembre.

2. El detalle de las herencias y la cuantía a distribuir por la Junta Distribuidora se relacionan en tabla adjunta al presente anuncio.

3. La distribución de los fondos se realizará de conformidad con el artículo 535 del Código de Derecho Foral de Aragón, reformado por Ley 3/2016, de 4 de febrero, y con los artículos 19 y siguientes del Decreto 185/2014, de 18 de noviembre, entre proyectos que sean actuaciones de prestación de asistencia social directa a los beneficiarios y que se trate de servicios esenciales para personas en riesgo de exclusión social, pobreza, enfermedad, autonomía personal/discapacidad, y refuerzo educativo, e igualdad de género. A tales efectos, las entidades sociales presentarán las peticiones que estimen pertinentes, concretadas en proyectos de inversión, intervención o desarrollo social debidamente presupuestados.

Las cantidades asignadas se destinarán a financiar proyectos futuros, de tal modo que, en el plazo de un año desde que se hayan entregado las cantidades asignadas, los establecimientos beneficiarios deberán acreditar, ante la Dirección General competente en materia de patrimonio, la aplicación adecuada de los fondos para la finalidad para la que se les ha entregado, aportando los justificantes, en original, de que el gasto se ha realizado con posterioridad a su recepción.

La citada Dirección General controlará el destino de los fondos para los proyectos de inversión, intervención o desarrollo social determinados, atendiendo al contenido de los presupuestos presentados ante la Junta Distribuidora de Herencias de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4. La distribución de herencias prevista en el anterior apartado, se realizará con sometimiento a lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 185/2014, de 18 de noviembre, debiendo cumplir las entidades solicitantes el requisito de inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales en Aragón.

5. Las solicitudes se podrán formular ante la Junta Distribuidora de Herencias de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes, computado de fecha a fecha, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón".

Las solicitudes se formalizarán electrónicamente, a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón, mediante el trámite "Participación en la distribución de los caudales hereditarios procedentes de sucesión legal":

https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/procedimiento-distribucion-caudal-hereditario-procedente-sucesion-legal

Zaragoza, 15 de marzo de 2023.- La Directora General de Patrimonio y Organización y Vicepresidenta de la Junta Distribuidora de Herencias de la Comunidad Autónoma de Aragón, Marta Aparicio Sainz de Varanda.

Relación de causantes e importe a repartir por la Junta Distribuidora de Herencias de la Comunidad Autónoma de Aragón