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DECRETO 216/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba la Oferta de Empleo Público para 2018 en el ámbito de personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 21/12/2018 (Nº 246)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

El artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el artículo 23 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, constituyen el marco normativo regulador de la Oferta de empleo público.

La Oferta de empleo público es, de conformidad con dichos preceptos, el instrumento de planificación en el que figuran las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que han de proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso.

El artículo 19 Uno, apartado 3 B) de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, establece una tasa de reposición del 100 por ciento de las plazas en "Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto de las plazas de personal estatutario y equivalente de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud. Por su parte, en el apartado 7, último párrafo, del citado artículo 19. Uno, se señala que "No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial".

De conformidad con lo establecido en el artículo 19.1 d) del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, corresponde a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, bajo la superior dirección del titular del Departamento, la elaboración de la Oferta de Empleo Público.

En la tramitación de este decreto se han evacuado los informes preceptivos de la Secretaría General Técnica del Departamento de Hacienda y Administración Pública y de la Dirección General de Servicios Jurídicos tal y como se dispone en las letras a) y b), respectivamente, del apartado 1 del artículo 50 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, así como los informes preceptivos de la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, y de la Inspección General de Servicios de conformidad con lo previsto en el artículo 24.2.e) del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

De conformidad con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la elaboración del presente decreto han sido tenidos en cuenta los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

En aplicación de la regulación previamente mencionada, se procede a la aprobación de la oferta de empleo público para el año 2018, correspondiente al ámbito del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud.

En su virtud, realizados los trámites preceptivos de negociación, a iniciativa de la Consejera de Sanidad y a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión de 18 de diciembre de 2018,

DISPONGO:

Artículo único. Aprobación de la Oferta de empleo público del Servicio Aragonés de Salud de 2018.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, se aprueba la Oferta de empleo público correspondiente al año 2018, en los términos y condiciones que se fijan en el presente decreto.

2. La Oferta de empleo público del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud comprende un total de 867 plazas, dotadas presupuestariamente y que figuran en las plantillas orgánicas de los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, con el siguiente detalle:

- 645 plazas se corresponden con la tasa de reposición legalmente establecida, de las que 580 son de acceso libre, 44 se reservan para ser cubiertas por el turno de discapacidad, en un grado igual o superior al 33 por ciento, 6 se reservan para transexuales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.3 de la Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón, 13 para víctimas de violencia de género en virtud de lo establecido en el artículo 50.2 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Aragón y 2 plazas para atender el cupo de quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo, con el desglose a que se refiere el anexo de este decreto.

- 222 plazas de promoción interna, para el personal estatutario de plantilla que reúna los requisitos establecidos al efecto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, con el desglose incluido en el anexo de este decreto.

3. Si las plazas reservadas para los turnos de discapacidad, para transexuales, víctimas de violencia de género y a favor de las víctimas del terrorismo no resultaran cubiertas, cabrá acumularlas a los procedimientos de turno libre derivados de la presente Oferta de empleo público.

4. En aplicación del artículo 18 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, en el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Si las plazas reservadas y que han sido cubiertas por las personas con discapacidad no alcanzarán la tasa del tres por ciento de las plazas convocadas, las plazas no cubiertas se acumularán al cupo de la oferta siguiente, con un límite máximo del 10 por ciento.

5. En ningún caso podrán acumularse al turno libre el conjunto de las 222 plazas, ajenas a la tasa de reposición, convocadas por el sistema de promoción interna en el párrafo segundo del apartado 2 de este artículo.

6. Los procesos de selección derivados del turno general y de promoción interna se distribuirán en convocatorias separadas, sin perjuicio de la posibilidad de simultanear las fases de impulso y desarrollo de los procesos selectivos que su naturaleza permita.

7. El Servicio Aragonés de Salud adoptará las medidas y actuaciones necesarias para garantizar la asignación eficiente y la optimización de sus recursos humanos, en las correspondientes plantillas orgánicas. Los destinos obtenidos por los candidatos que accedan por el turno de discapacitados requerirán la acreditación de la compatibilidad con el desempeño de las tareas básicas de la categoría y la previa evaluación técnica para garantizar las condiciones de desempeño adecuadas.

8. Como quiera que las plantillas de personal del Servicio Aragonés de Salud se encuentran en un proceso de adaptación a las necesidades asistenciales de la población aragonesa, lo que supone la necesidad de crear, modificar o suprimir categorías profesionales, para el supuesto de que alguna de las categorías profesionales recogidas en la presente oferta fuese modificada o suprimida se autoriza que las plazas aprobadas para dicha categoría puedan ser convocadas como oferta correspondiente a la categoría que la sustituya.

9. Con el fin de aplicar el principio de economía procesal, los procedimientos selectivos que se tramiten para las diferentes categorías profesionales recogidas en esta oferta podrán ser acumulados a otros procedimientos selectivos de ofertas públicas de empleo del Servicio Aragonés de Salud que pudieran estar en curso.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.

Se faculta a la Consejera de Sanidad y al Consejero de Hacienda y Administración Pública, para dictar, en el respectivo ámbito de sus competencias, las disposiciones que precise el desarrollo de este decreto.

Disposición final segunda. Convocatoria y desarrollo de los procesos selectivos.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud, en el Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, los procesos selectivos correspondientes a las plazas de personal estatutario derivados de la presente oferta serán convocados, tramitados y resueltas por el Servicio Aragonés de Salud.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de diciembre de 2018.

El Presidente del Gobierno de Aragón

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Hacienda y Administración Pública

FERNANDO GIMENO MARÍN