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ORDEN ICD/893/2021, de 21 de julio, por la que se modifica la Orden ICD/728/2021, de 21 de junio, por la que se incorporan los nuevos procedimientos administrativos de comunicación en las plataformas telemáticas de tramitación de expedientes de instalaciones sometidas a reglamentos de seguridad industrial y se establecen las entidades tramitadoras.

Publicado el 29/07/2021 (Nº 159)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Al objeto de incorporar nuevos procedimientos administrativos de comunicación en las plataformas telemáticas de tramitación de expedientes de instalaciones sometidas a reglamentos de seguridad industrial, así como establecer las entidades tramitadoras que llevan a cabo las comunicaciones, el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial elabora la Orden ICD/728/2021, de 21 de junio ("Boletín Oficial de Aragón", número 136, de 28 de junio de 2021), de entrada en vigor el 29 de junio de 2021.

Dicha Orden, en su disposición transitoria primera, relativa al uso temporal de procedimientos de la aplicación Sinergia, establece que "Durante un plazo de un mes contado desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de la resolución específica del Director General competente en materia de seguridad industrial para la incorporación de un determinado procedimiento en la plataforma telemática de tramitación correspondiente, los organismos de control habilitados en el ámbito reglamentario de dicho procedimiento, podrán iniciar nuevos expedientes mediante la aplicación Sinergia.", siendo a partir de esa fecha, obligatoria la tramitación de los procedimientos administrativos de comunicación en las plataformas telemáticas de tramitación de instalaciones sometidas a seguridad industrial e incorporadas en la citada Orden y por las entidades tramitadoras que aquí se indican.

Con efectos del 5 de julio de 2021, la Resolución de 23 de junio de 2021, del Director General de Industria y PYMES, incorpora a las plataformas telemáticas de tramitación diversos procedimientos administrativos de comunicación de instalaciones sometidas a reglamentos de seguridad industrial, procedimientos que, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden ICD/728/2021, desde el 29 de julio de 2021, sólo podrán tramitarse a través de las plataformas y por las entidades tramitadoras relacionadas en la misma, finalizando la posibilidad de su tramitación por organismos de control a través de la aplicación informática Sinergia.

Ante la inminente publicación y entrada en vigor de dichos textos, y con la previsión de dicho plazo de puesta en marcha, se considera precisa la modificación de la disposición transitoria primera de la Orden ICD/728/2021, de 21 de junio, con el fin de facilitar a los sujetos obligados a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos y a las personas físicas que elijan ese medio, ampliando el plazo durante el cual los organismos de control habilitados en el ámbito reglamentario de los procedimientos que se recogen en la citada Resolución del Director General de Industria y PYMES, puedan iniciar nuevos expedientes mediante la aplicación Sinergia.

De acuerdo con en el artículo 49.1 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente de Aragón, se ha dado audiencia a la Asociación de Entidades del Sistema de la Seguridad Industrial de Aragón (AESSIA) como entidad colaboradora de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el aseguramiento voluntario de la calidad de los servicios de seguridad industrial, y a la Asociación de Organismos de Control de la Comunidad Autónoma de Aragón (ASOCAR).

En virtud de lo expuesto, tras la realización de los trámites preceptivos, evacuado el informe de la Secretaría General Técnica del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, de acuerdo con las competencias atribuidas en virtud de la disposición final segunda del texto refundido de la Ley de Regulación y Fomento de la Actividad Industrial de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en el marco de las atribuciones que me confiere el Decreto 18/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, ordeno:

Artículo único. Modificación de la Orden ICD/728/2021, de 21 de junio, por la que se incorporan los nuevos procedimientos administrativos de comunicación en las plataformas telemáticas de tramitación de expedientes de instalaciones sometidas a reglamentos de seguridad industrial y se establecen las entidades tramitadoras.

La disposición transitoria primera, queda redactada en los siguientes términos:

Durante un plazo de un mes contado desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de la resolución específica del Director General competente en materia de seguridad industrial para la incorporación de un determinado procedimiento en la plataforma telemática de tramitación correspondiente, los organismos de control habilitados en el ámbito reglamentario de dicho procedimiento, podrán iniciar nuevos expedientes mediante la aplicación Sinergia.

Este plazo será de dos meses para los procedimientos administrativos de comunicación de instalaciones sometidas a reglamentos de seguridad industrial incorporados a las plataformas telemáticas de tramitación por Resolución de 23 de junio de 2021 ("Boletín Oficial de Aragón", número 137, de 29 de junio de 2021) del Director General de Industria y PYMES.

Disposición derogatoria única. Derogación de normas.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 21 de julio de 2021.

El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ