Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la memoria ambiental del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020, promovido por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón (Número de Expedente INAGA 500201/71C/2014/05779).

Publicado el 06/08/2014 (Nº 153)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

La ayuda al desarrollo rural, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) durante la etapa 2014-2020, exige que los estados miembros elaboren los correspondientes planes de desarrollo rural (PDR). En el caso de España, cada Comunidad Autónoma debe elaborar su propio programa.

El Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020, promovido por la Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, es el instrumento de planificación para la distribución de los fondos destinados al desarrollo rural en Aragón durante este periodo de referencia. Las características y alcance de este programa hacen que deba someterse al procedimiento de evaluación ambiental, regulado por la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, siendo el órgano ambiental competente para la tramitación del citado procedimiento el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

En aplicación de la normativa vigente, el promotor consultó a este órgano ambiental acerca del grado de especificación del perceptivo informe de sostenibilidad ambiental del programa, habiéndose realizado para ello el trámite de consultas previsto en la ley, y elaborado el correspondiente documento de referencia (Número Expte. INAGA 500201/71b7/2013/4935).

Primero.- Breve descripción del plan o programa.

Los fondos europeos destinados al desarrollo rural se financian y regulan específicamente a través del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), sometidos en este periodo de programación a una regulación conjunta de todos los fondos europeos, orientada a responder a las prioridades europeas contenidas en la "Estrategia de la Unión para el crecimiento inteligente, sostenible e integrador" (Estrategia Europea 2020).

El proceso de elaboración del programa de desarrollo rural (PDR) está determinado por los reglamentos y guías comunitarias de aplicación y la estructura del contenido debe atender a las instrucciones establecidas en el documento de la Comisión Europea "SFC2014 technical guidance", que establece los formatos a utilizar, así como la extensión que deben tener los distintos apartados. Se destaca que la concreción de la programación en proyectos vulneraría los reglamentos comunitarios de aplicación que obligan a que dichos proyectos sean el resultado de procesos de selección en régimen de concurrencia competitiva entre los agentes y actores promotores del desarrollo rural.

El ámbito geográfico de aplicación del PDR es la totalidad de la Comunidad Autónoma de Aragón, que presenta una población residente en ámbitos rurales cercana al 40% del total y supone un 97% del territorio aragonés, de acuerdo con los criterios de ruralidad adoptados por la Comisión Europea. Aragón tiene una consideración de unidad territorial de nivel 2, según la nomenclatura de unidades territoriales (NUTS) y presenta una densidad de 28,23 hab/km², resultando de una superficie de 47.149 km² y 1.347.150 habitantes.

Se identifican las necesidades en el contexto socio-económico y situación del medio rural, resaltando la debilidad demográfica con especial hincapié en determinadas zonas, la evolución de la especialización productiva aragonesa y sus diferencias territoriales, el impacto de la crisis en la economía, el estado de los niveles educativos y reducción de la brecha digital, de la I+D+i, el turismo rural, la respuesta de los servicios sociales y la situación regional en relación con la Estrategia Europea 2020. Se describe la situación del complejo agroalimentario y forestal, destacando la baja productividad agraria y agroalimentaria y la desfavorable evolución de la economía agraria aragonesa y su renta, los cultivos energéticos y agricultura ecológica, el medio forestal como recurso para el desarrollo rural, los aprovechamientos madereros, y los incendios forestales como principal amenaza para la degradación del bosque.

El diagnóstico se integra con la evaluación "ex ante" en la que se elabora un análisis DAFO para posteriormente determinar el desarrollo del programa con los correspondientes objetivos, prioridades, medidas, acciones y financiación. En la última fase, se analiza el seguimiento y plan de evaluación e integración de la evaluación ambiental estratégica y los resultados de la información pública.

Los objetivos del desarrollo rural, a través del FEADER, se establecen en fomentar la competitividad de la agricultura, garantizar la gestión sostenible de los recursos naturales y la acción por el clima y en lograr un desarrollo territorial equilibrado de las economías y comunidades rurales que genere y mantenga el empleo. El programa responde igualmente a tres temas transversales (medio ambiente, mitigación y adaptación al cambio climático e Innovación), y se articula en base a 6 prioridades temáticas fijadas con los correspondientes porcentajes de financiación:

1. Fomentar la transferencia de conocimientos y las innovaciones en la agricultura, la silvicultura y las zonas rurales (7%). Las medidas que incluye se refieren a formación y transferencia (2,50%), asesoramiento (1,50%) y cooperación e innovación en el desarrollo de productos, prácticas, procesos y tecnologías (3%).

2. Mejorar la viabilidad de las explotaciones y la competitividad de todos los tipos de agricultura en todas las regiones y promover las tecnologías agrícolas innovadoras y la gestión sostenible de los bosques (32,50%). Incluye medidas de modernización de las explotaciones (11%), incorporación de jóvenes agricultores (6%) y modernización y creación de regadíos e infraestructuras (15,50%).

3. Fomentar la organización de la cadena de distribución de alimentos, en particular la transformación y comercialización de los productos agrícolas, el bienestar animal y la gestión de riesgos del sector agrícola (16,50%). Incluye medidas encaminadas a la agroindustria (15,50%) y al régimen de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1%).

4. Restaurar, preservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura (21,75%). Se distribuye en tres grupos de medidas, como la compensación para las explotaciones en zonas de montaña y otras áreas con limitaciones específicas (7%), agroambiente, clima y agricultura ecológica (12%) y medio natural (2,75%).

5. Promover la eficiencia de los recursos y alentar el paso a una economía hipocarbónica y capaz de adaptarse a los cambios climáticos en los sectores agrícola, alimentario y silvícola (11,25%). Incluye medidas de gestión forestal (3,75%), prevención y restauración de daños por incendios y otras catástrofes naturales (6%) y cooperación e innovación para la gestión eficiente del agua (1,50%).

6. Fomentar la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales (10%). Incluye medidas relacionadas con grupos de acción local LEADER (9%) y servicios básicos y renovación de poblaciones en zonas de la Red Natura 2000 (1%).

El 1% restante del presupuesto de la programación se asigna a la asistencia técnica necesaria para el PDR, completando un presupuesto de 723.160.160 euros, de los que 466.800.000 son a portados por el instrumento FEADER y 256.360 corresponden a fondos propios del Gobierno de Aragón. El gasto público total asignado al programa podrá incrementarse en 177.000.000 euros como financiación adicional, con fondos procedentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La estrategia adoptada para el PDR de Aragón 2014-2020, mediante un proceso participativo, identifica las necesidades a abordar respondiendo a cuatro grandes grupos:

- Transparencia e Innovación.

- Estructura productiva.

- Medio ambiente.

- Desarrollo local y diversificación de la economía rural.

La estrategia se concreta en un conjunto de medidas, resultado del diagnóstico territorial formulado en términos de debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades, que el Reglamento de Desarrollo Rural permite utilizar para financiar y apoyar acciones concretas, que son las siguientes:

- Transferencia de conocimientos y actividades de información.

- Servicios de asesoramiento, gestión y sustitución de explotaciones agrarias.

- Regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.

- Ayudas para inversiones en explotaciones agrícolas.

- Inversiones en activos físicos en áreas de influencia socioeconómica de espacios naturales protegidos y refugios de fauna silvestre.

- Ayudas para las inversiones en la trasformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas.

- Ayudas a inversiones en infraestructuras destinadas a la creación y modernización de regadíos.

Concentración parcelaria.

- Inversiones no productivas en valores con objetivos ambientales o de refuerzo de la utilidad pública en áreas de alto valor natural: Red Natura 2000 y ENP.

- Ayuda para la incorporación de jóvenes agricultores.

- Ayudas para inversiones en la creación y desarrollo de actividades no agrícolas.

- Pagos para agricultores que puedan optar al régimen aplicable a los pequeños agricultores y cedan de forma permanente su explotación a otro agricultor.

- Apoyo a la elaboración y actualización de planes relativos a lugares Red Natura 2000, espacios naturales protegidos y otras aéreas de alto valor natural.

- Servicios básicos y renovación de poblaciones en zonas rurales en aéreas de influencia socioeconómica de ENP, refugios de fauna silvestre y reservas de caza.

- Forestación y creación de superficies forestales.

- Prevención y reparación de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes.

- Mitigación y adaptación de bosques al cambio climático.

- Agroambiente y clima.

- Agricultura ecológica.

- Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.

- Servicios silvoambientales y climáticos y conservación de los bosques.

- Cooperación.

- LEADER.

- Consideraciones comunes.

Las medidas y submedidas contempladas en el borrador del programa se incorporan en un sistema de fichas en las que figuran el código y título de la medida y submedida, su base legal, la contribución potencial a las áreas focales y objetivos transversales y descripción general, los objetivos, el tipo y límite de ayuda, los beneficiarios, los costes elegibles, los criterios de priorización y el presupuesto y tasa de cofinanciación.

Se llevarán a cabo evaluaciones para mejorar la calidad de la concepción y la ejecución del programa, así como para valorar su eficacia, eficiencia e impacto. El impacto se evaluará, de acuerdo con la misión asignada al FEADER, en relación con los objetivos fijados en virtud de la estrategia de la Unión Europea para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y, habida cuenta el tamaño del programa, en relación con el PIB y el desempleo en la zona del programa, en su caso.

El PDR de Aragón 2014-2020 contará con un comité de seguimiento, que podrá formular las observaciones pertinentes a la autoridad de gestión, acerca de la ejecución y valoración del programa y que se creará en los tres meses siguientes a la fecha en que se notifique la decisión por la que se adopte el programa. En el examen de ejecución del PDR se atenderá a datos financieros, indicadores comunes y específicos, en especial, los cambios en los valores de los indicadores de resultados y los avances en la consecución de valores previstos cuantificados, y a los hitos definidos en el marco de rendimiento 1 y, cuando proceda, a los resultados de los análisis cualitativos.

Segundo.- Proceso de evaluación ambiental del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020.

Por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 15 de abril de 2014, se aprobó la declaración de interés autonómico del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, la Dirección General de Desarrollo Rural ha realizado el trámite de información y participación pública del borrador del Programa de Desarrollo Rural de Aragón para el periodo 2014-2020 y de su informe de sostenibilidad ambiental (ISA), durante un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del Anuncio correspondiente en el "Boletín Oficial de Aragón", número 52, de 14 de marzo de 2014, así como en el "Periódico de Aragón", de fecha 21 de marzo de 2014.

Los organismos, entidades y público consultados en el proceso de información y participación pública incluyen los previamente consultados para la elaboración del documento de referencia (Secretaría General Técnica, Departamentos, Institutos, Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, Consejo Económico y Social y empresa pública SARGA, del Gobierno de Aragón; ayuntamientos, comarcas, Diputaciones Provinciales, Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente - incluyendo las Confederaciones Hidrográficas y la Oficina Española de Cambio Climático-, Colegios Profesionales y demás público interesado). Otras entidades consultadas en el proceso de información pública que no habían sido previamente consultadas para la elaboración del documento de referencia, consideradas por la Dirección General de Desarrollo Rural como entidades que pueden impulsar y facilitar el proceso de participación por su implicación en el PDR, han sido los Grupos de Acción Social, Asociaciones locales, Consejos Reguladores, comunidades de regantes, Cámaras de Comercio, Red Aragonesa de Desarrollo Rural, entidades bancarias, Fundación Desarrollo Social, Izquierda Unida de Aragón y jefaturas de servicio del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Finalizado el plazo de información pública, se reciben 22 alegaciones de los siguientes organismos o entidades:

1. CAAE-Comité Aragonés de Agricultura Ecológica, presenta el "Plan Estratégico para el Fomento y Desarrollo de la Producción Ecológica en Aragón 2014-2020", acompañado con la ficha financiera correspondiente para la consideración por parte del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y su inclusión en el PDR de Aragón 2014-2020.

2. WWF España y SEO/BirdLife, remiten, como continuación a la carta enviada a la Dirección General de Desarrollo Rural, en octubre de 2013, el documento de "Prioridades de SEO/BirdLife y WWF España, para la financiación de la Red Natura 2000, para su inclusión en el PDR 2014-2020". Contemplan las medidas que de forma prioritaria deben contenerse en los programas de desarrollo rural de los fondos FEADER de las Comunidades Autónomas, para apoyar a agricultores y ganaderos incluidos en la Red Natura 2000, asegurar la financiación de la Red Natura 2000, para avanzar en la consecución de su estado de conservación favorable y apoyar y extender las experiencias piloto para la aplicación de buenas prácticas en la Red Natura 2000.

3. Asociación Criadores Ovino Somontano, Aracoxi, Atura, Aracrap y Amermu, exponen que el desarrollo de ayudas agroambientales para la conservación de razas de ganado en peligro de extinción, establecidas en el marco de sucesivos programas de desarrollo rural en Aragón, han sido muy beneficiosas para los objetivos propuestos, por lo que solicitan el mantenimiento de esas ayudas agroambientales con un incremento de los importes a percibir por los ganaderos inscritos en los libros genealógicos y que contribuyen a los correspondientes planes de conservación de estas razas.

4. Comarca de Valdejalón, considera que ambos documentos tienen un marcado carácter regional, recogiendo un análisis completo de las necesidades y características regionales, sin entrar a definir proyectos concretos que afecten a la escala comarcal ni municipal que requiera de comentarios particularizados.

5. Asociación Araparda, solicita que sean añadidas tres propuestas en sendos apartados del programa para completar la documentación, y aportan como anexo la justificación de las propuestas anteriores, el documento "propuesta de medidas de apoyo a la conservación, mejora, fomento y uso sostenible de los recursos genéticos de las razas autóctonas de Aragón, en el ámbito del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Aragón, periodo 2014-2020".

6. Asociaciones de Ganaderos Razas Cartera, Maellana, Moncaiana y Serrana de Teruel, exponen que la existencia de ayudas agroambientales para la conservación de razas de ganado en peligro de extinción, establecidas en los sucesivos programas de desarrollo rural en Aragón, han sido beneficiosas para mantener e incrementar la cabaña ganadera de razas autóctonas en peligro de extinción evitando la pérdida de riqueza genética y biodiversidad, finalidad para la que se establecieron, por lo que solicitan el mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción, permitiéndose a lo largo del periodo 2015-2020 el aumento de los compromisos adquiridos y la incorporación de nuevos compromisarios, justificando tales ayudas.

7. Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco, conjuntamente con el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Aragón, valoran positivamente el diagnóstico siendo completo en relación con las debilidades y necesidades más acuciantes del complejo agroalimentario aragonés. Realizan comentarios acerca de la competitividad y productividad, de los objetivos ambientales y territoriales, del tratamiento de los regadíos, uso del agua, tema energético, a la cooperación, etc., manifestando su acuerdo con la justificación del ISA respecto de la sostenibilidad de la alternativa programada y valorando positivamente el esfuerzo inversor comprometido por el Gobierno de Aragón. Se insiste en la necesidad de que el PDR anteponga el apoyo a las inversiones frente al apoyo a las rentas. Se incluyen propuestas en relación con las prioridades y actuaciones que contribuyen a la mejora estructural agroalimentaria y en relación con las medidas de agroambiente y clima, prevención y restauración de daños por incendios y otras catástrofes naturales, inversiones y asignaciones presupuestarias.

8. Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), expone la no conformidad con el texto íntegro de dicho proyecto, alegando que se debería modificar la redacción en los apartados de objetivos de ámbito temporal, gráficas, propuesta para el impulso de la industria agroalimentaria, balance de CO2 de la biomasa, análisis DAFO, el incremento de espacios naturales protegidos, medidas para el asesoramiento al sector agroalimentario, medidas adoptadas por el programa, bienestar animal, programa de residuos ganaderos de Aragón, sector regulado en materia de cambio climático, objetivos del Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración, además de adjuntar una serie de errores tipográficos.

9. Dirección General de Gestión Forestal, destaca que el borrador del programa no contempla ninguna medida forestal de las previstas en el artículo 17 del reglamento, que son de vital importancia para el medio forestal aragonés. Se solicita que se incluya una nueva medida de gestión forestal titulada "infraestructuras forestales e inversiones no productivas de defensa de la propiedad pública forestal y de consecución de una gestión forestal sostenible". Se incluyen, finalmente, sugerencias respecto a los apartados de forestación y creación de superficies forestales, de prevención y reparación de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catastróficos, y de mitigación y adaptación del bosque al cambio climático.

10. Asociación Aragonesa de Agricultura de Conservación (AGRACON), aporta el Plan Estratégico de la Asociación Aragonesa de Agricultura de Conservación, para el próximo periodo 2014-2020, que recoge, además de los principios que mueven la agricultura de conservación, una descripción de las distintas actividades desarrolladas en la asociación desde sus inicios.

11. Asociación Forestal Aragonesa (AFA), entiende que la generación de economía rural basada en el aprovechamiento de los recursos forestales contribuiría significativamente en el desarrollo rural y en el cumplimiento de los objetivos marcados en el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. Detallan las prioridades del sector forestal, enmarcando las actividades en las diferentes medidas de transferencia de conocimientos y actividades de información, cooperación, y asesoramiento y gestión, trasladando finalmente su interés en ser convocados en los procesos participativos sobre la redacción definitiva del Programa de Desarrollo Rural Aragonés en materia de montes, como representantes de los propietarios privados de Aragón.

12. Centro de Desarrollo del Somontano, formula sugerencias al borrador del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020 y a su informe de sostenibilidad ambiental, en cuanto a los capítulos de zona geográfica cubierta por el programa, clasificación de la región, y descripción de las medidas adoptadas por el programa, respecto del PDR, y a los puntos Aragón, una región de marcado carácter rural, y priorización de actuaciones y localización geográfica respecto del ISA.

13. Asociación de Industrias de Alimentación de Aragón, indica que resulta necesario analizar con detalle los desafíos que se deberán afrontar para tratar de adecuar las medidas a adoptar a los objetivos que desde el sector se planteen destacando tres ámbitos de actuación: mejora de la competitividad para la industria alimentaria, promoción comercial y fomento de la innovación. Es necesaria ante todo una labor importante de coordinación de acciones en la administración para evitar duplicidades y mejorar la eficiencia en la utilización de los escasos recursos disponibles. Realiza una serie de comentarios a las medidas horizontales, a las medidas productivas, a la diversificación y servicios de la población rural, a la partida de asistencia técnica, y una serie de consideraciones específicas al borrador del PDR 2014-2020.

14. Unión General de Trabajadores (UGT), valora positivamente el borrador del PDR de Aragón 2014-2020 ya que considera que el planeamiento diseñado es el resultado de un correcto diagnóstico territorial (formulado en términos DAFO) sobre el que mediante un proceso participativo llevado a cabo en la asociación configurada, se han identificado las necesidades a abordar. No obstante, considera que el contenido puede ser mejorado en cuestiones puntuales proponiendo modificaciones en la redacción definitiva del PDR, en aspectos como la actualización de datos generalmente de carácter estadístico, en capítulos como clasificación de la región, contexto socio-económico y situación del medio rural, Indicadores comunes de contexto, selección, combinación y justificación de las medidas de desarrollo rural, ayudas para inversiones en la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, ayudas para inversiones en la creación y desarrollo de actividades no agrícolas, plan financiero y financiación nacional adicional, y complementariedad con LEADER, con las medidas de cooperación y servicios básicos en poblaciones y con fondos del Marco Común Estratégico.

15. Dirección General de Ordenación del Territorio, realiza una serie de observaciones al Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020 y su informe de sostenibilidad ambiental respecto a los objetivos generales de cohesión económica y social, siendo más adecuado referirse también a la cohesión territorial, y a la conveniencia de utilizar unidades territoriales inferiores a la provincia para programar las actuaciones. Sugiere utilizar la posibilidad de establecer aquellos subprogramas temáticos que brinda el artículo 7 del Reglamento FEADER, así como realizar un cuadro sintético donde se pueda observar el modo en que las acciones y medidas propuestas abordan los 4 retos indicados por la Comisión Europea para España y los objetivos temáticos de las disposiciones comunes. Indica que sería conveniente también abordar la significación del conjunto de actuaciones programadas en relación al menos con la emisión de gases de efecto invernadero, y en la relación con otros planes y programas, se considera necesario contemplar lo dispuesto en la Estrategia de Competitividad y Crecimiento y en la Estrategia de Ordenación del Territorio, y en el ámbito estatal, en el Programa de Desarrollo Rural Sostenible y en el Plan Estratégico para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

16. CAVAragón, considera que la política rural debe constituir una parte importante del cambio hacia un nuevo modelo productivo, planteando la complementariedad del medio rural con el urbano, basando la política rural en la sostenibilidad ambiental y las políticas agrícolas deben tener en cuenta no sólo a los agricultores por cuenta propia, sino también a los asalariados por cuenta ajena. Entre los aspectos a considerar, destaca la creación y el mantenimiento del empleo y la participación social. Realiza, además, una serie de observaciones al PDR, que considera bien fundamentado, desde el punto de vista social y ciudadano.

17. El Servicio de Información y Documentación Administrativa, hace constar que una vez finalizado el plazo por el que se sometía a información y participación pública de la revisión del Programa de Desarrollo Rural de Aragón y su informe de sostenibilidad ambiental, no ha habido consultas al mismo.

18. Comunidad General de Regantes, formula una serie de propuestas o alegaciones que se centran fundamentalmente en insistir en la importancia de la modernización, pero no basada exclusivamente en el ahorro de agua, sino acompañada de una adecuada gestión energética. Por ello, el PDR de Aragón 2014-2020 debe incluir, dentro de los costes elegibles, el fomento de modernizaciones de regadío basadas en sistemas independientes de energía, actuaciones encaminadas a la sustitución de sistemas de presurización dependientes de energía por otros basados en sistemas de presión natural y actuaciones en balsas encaminadas a la mejora de la explotación. Dentro de los criterios de priorización, en modernizaciones o transformaciones, se priorizarán aquellos proyectos que no presenten costes energéticos futuros.

19. Red Aragonesa de Desarrollo Rural, presenta alegaciones y sugerencias al borrador del PDR, considerando un exceso de concreción ya en el primer capítulo (0), antes de hacer un diagnóstico que razone su necesidad. Se sugieren cambios en la redacción de determinados aspectos en el capítulo 0, en la tabla 4.2, de identificación de necesidades del PDR, proponiendo que se incluyan otras necesidades en la prioridad-área focal 6B, de "promover el desarrollo local en las zonas rurales", en los capítulos 5 y 8.

20. Unión de Agricultores y Ganaderos de Aragón (UAGA-COAG), realiza alegaciones para sustituir el texto propuesto en las medidas correspondientes en el apartado de criterios de priorización, así como para sustituir, añadir, eliminar, incluir, introducir o completar el texto del borrador del PDR con una serie de aportaciones al capítulo 8, d e"descripción de las medidas adoptadas por el programa", apartados 8.1, 8.2, 8.4, 8.5, 8.10, 8.16 y 8.18.

21. Comisiones Obreras de Aragón (CC.OO.), dentro de las consideraciones, destaca que la política rural no puede ser una política aislada de la economía y que debe estar basada en la sostenibilidad ambiental, plantea la complementariedad del medio rural con el urbano, que las políticas rurales deben ser transversales y multisectoriales, apoyan la idea de los contratos territoriales y las políticas agrícolas deben tener en cuenta tanto a los agricultores como a los asalariados. Hace especial mención a necesidad de suficiencia de los servicios públicos y a la creación, el mantenimiento del empleo como eje central de cualquier política rural y la participación social. Realiza, además, observaciones respecto al crecimiento inteligente, sostenible e integrador, exclusión social, eficiencia energética y reducción de las emisiones de gases, empleo, agricultura, formación, seguridad laboral y prevención de riesgos, necesidad de certificados para las ayudas de primer y segundo pilar, y finalmente considera prioritaria la necesidad la incorporación de medidas de gestión agrícola de los biorresiduos.

22. Confederación Hidrográfica del Júcar, indica que debería tenerse en cuenta el principio rector del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, para que el programa sea compatible con la gestión pública del agua, la ordenación del territorio, la conservación y protección del medio ambiente y la restauración de la naturaleza, a los efectos que el mismo regula y fundamentalmente en lo relativo al dominio público hidráulico. En particular, debe ser compatible con el Plan Hidrológico Nacional y con el Plan Hidrológico de cuenca.

Paralelamente al proceso de información pública, la Dirección General de Desarrollo Rural solicita informe sobre el PDR 2014-2020 al Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, conforme al artículo 54 de la Ley 4/2009 de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón.

El 9 de junio de 2014, se redacta una memoria sobre las alegaciones al informe de sostenibilidad ambiental del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020 y al borrador de dicho programa, en el marco del procedimiento de evaluación ambiental estratégica, donde se disponen los correspondientes apartados que exponen de forma sintética las observaciones y propuestas de las alegaciones realizando una valoración en relación con su aceptación o desestimación según proceda, y concluyendo que las alegaciones al ISA no implican modificaciones sustanciales del mismo, por lo que se mantiene la validez de los supuestos y resultados del ISA, ni afectan al enfoque estratégico y operativo del PDR, cuyo borrador, contando con una valoración generalmente positiva, debe ser objeto de modificaciones y ajustes que se detallan en la memoria, en base a propuestas expresamente formuladas al borrador.

Con fecha 11 de junio de 2014, habiéndose realizado de modo correcto el proceso de información y participación pública, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental el expediente completo para la elaboración de la memoria ambiental.

Tercero.- Informe de sostenibilidad ambiental. Integración de los aspectos ambientales en el Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020.

Los contenidos del informe de sostenibilidad ambiental se adaptan a lo establecido en el artículo 16.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, considerándose que se han tenido en cuenta los principios de sostenibilidad, los criterios ambientales estratégicos y los objetivos ambientales, así como los contenidos, amplitud y nivel de detalle determinados en el documento de referencia, y las alegaciones y aportaciones de los organismos y entidades consultadas.

El ISA contiene una descripción del programa, introduciendo la planificación en el marco de referencia internacional y de la Estrategia Europea 2020 y de la reforma de la PAC. Se describen los condicionantes comunitarios y los condicionantes estratégicos, así como las medidas de desarrollo rural establecidas. Se realiza un resumen del programa y de su contexto de aplicación y se establece la priorización y la localización geográfica del gasto que, si bien no puede determinarse a priori, a título indicativo refleja la distribución territorial del gasto correspondiente a la programación vigente 2007-2013.

Se incluye un extenso capítulo de características y problemas ambientales relevantes en el plano de la programación, que hace referencia al carácter rural aragonés y a su debilidad demográfica, al sistema agroalimentario como base de la economía rural, a los procesos de contaminación y degradación, al cambio climático y emisiones de gases de efecto invernadero en Aragón, al agua y al medio forestal como recursos, al patrimonio natural como base de los servicios ambientales en el nuevo enfoque de desarrollo y al paisaje y al patrimonio cultural como recursos del desarrollo rural.

En los capítulos de objetivos ambientales y efectos ambientales, se contemplan las especificaciones indicadas en el documento de referencia. Particularmente, se evalúan los efectos del programa sobre la atmósfera y el cambio climático, la gestión de los recursos hídricos, los dominios públicos forestal y pecuario, los usos del suelo, los espacios, especies y hábitats, el paisaje y el patrimonio cultural y la repercusión sobre los procesos de contaminación, generación de residuos y degradación del medio natural. La programación favorece expresamente la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) habiéndose constatado que, en el medio rural aragonés, la gestión de las emisiones de GEI, de la fertilización nitrogenada, de los residuos ganaderos, del agua de riego, del suelo, del dominio forestal y pecuario, así como del patrimonio natural y cultural, se encuentran íntimamente relacionadas, siendo imprescindible abordar acciones integradas, de carácter colectivo, basadas en la cooperación de los interesados.

El apartado de las medidas de prevención y corrección de efectos hace referencia a los anexos II y III de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, en los que se establecen las tipologías de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Se concretan también las previsiones específicas relacionadas con la evaluación ambiental de proyectos y el diseño y la selección de proyectos como clave en la prevención y corrección ambiental, dado que resulta determinante para asegurar la manifestación de los efectos ambientales positivos esperados de la aplicación de las medidas de desarrollo rural, y también para asegurar que los proyectos incorporan las medidas correctoras adecuadas y necesarias para evitar los riesgos ambientales. Se establecen, asimismo, medidas específicas en materia de regadíos y medidas de prevención y corrección de los riesgos potenciales y sus condiciones de aplicación, en función de la fase de programación.

Se incluye un análisis y justificación de las alternativas, entre las que se analiza la alternativa 0 o no realización del programa, determinando efectos ambientales claramente desfavorables para Aragón, puesto que se agravarían significativamente los procesos de despoblación y desarticulación territorial, dificultando además la adaptación del sector agrario y del resto de sectores clave para la economía rural, no sólo a las nuevas exigencias comerciales del mercado global (competitividad) sino también a las de carácter ambiental (sostenibilidad).

Desestimada la alternativa 0, se analizan tres alternativas extremas, correspondientes a cada uno de los tres objetivos considerados para la contribución del FEADER al desarrollo rural en la etapa 2014-2020. Se indicado que los tres objetivos, incluso tomados por separado, presentan un elevado grado de sostenibilidad ambiental. El objetivo relativo al fomento de la competitividad de la agricultura (priorizado en la alternativa número 1), es el que mayor contribución aporta a los objetivos ambientales. Le sigue el objetivo relativo a la gestión sostenible de los recursos naturales y la acción por el clima (alternativa número 2). El objetivo correspondiente al desarrollo territorial equilibrado de las economías y comunidades rurales que genere y mantenga el empleo (alternativa número 3) es el que presenta menos contribución a los objetivos ambientales.

En el documento de referencia, se indicaba que el ISA debía incorporar una serie de indicadores ambientales que permitieran hacer un seguimiento de los principales efectos ambientales de las actuaciones a desarrollar y de la evolución de los objetivos del programa. Sin embargo, en el apartado de seguimiento ambiental y respecto a la Red Natura 2000, hábitats y especies, se proponen únicamente una serie de indicadores que no permiten relacionar las actuaciones derivadas de la programación con sus efectos ambientales, dado que están determinados para la medición de superficies o contabilización de número de especies amenazadas según el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

En el capítulo de viabilidad económica del PDR, se explica que se trata de una planificación financiera que coordina la aportación de fondos procedentes de diferentes ámbitos administrativos (FEADER, Estado y Comunidad Autónoma) para la consecución de los objetivos y de los ejes estratégicos expresamente programados. La aplicación de los fondos se realiza sobre actuaciones concretas que responden a proyectos, cuya viabilidad técnica y económica debe ser acreditada por sus promotores o beneficiarios.

De forma global, el PDR de Aragón 2014-2020 realiza la integración de los aspectos ambientales mediante la aceptación de los objetivos generales establecidos en el documento de referencia; en tal sentido, se contempla la coordinación entre los diferentes organismos y administraciones implicados, la compatibilidad con la legislación autonómica y estatal y coherencia con la ordenación territorial, la integración en la planificación estatal y europea en materia de adaptación al cambio climático y de eficiencia energética, la mejora de la eficiencia en el uso de los recursos garantizando la protección de los sistemas naturales y la conservación de la biodiversidad, la protección de los dominios forestal y pecuario y del paisaje y la prevención de riesgos y amenazas sobre los sistemas naturales.

Se considera por ello que la protección ambiental se encuentra integrada de forma transversal en los objetivos marcados por el PDR de Aragón 2014-2020, si bien ciertas acciones, principalmente aquellas relacionadas con la construcción de infraestructuras y con la agricultura y alimentación, pueden tener impactos negativos sobre el medio, que deberán ser mitigados. En este sentido, el ISA plantea un conjunto de medidas ambientales para mejorar, desde el punto de vista ambiental, el desarrollo del programa y de las actuaciones que se deriven del mismo, especialmente para aquellas de mayor repercusión ambiental.

Vistos, el borrador del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020 y su informe de sostenibilidad ambiental; el expediente administrativo incoado al efecto; la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural; la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; la Ley 10/2013, de 9 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás legislación concordante, se formula la siguiente:

Memoria ambiental

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, atendiendo a los principios de desarrollo sostenible que promueve la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, se considera que el proceso de evaluación ambiental de planes y programas que se ha efectuado se ajusta a lo determinado en los artículos 11 y siguientes de la citada ley y que los contenidos del informe de sostenibilidad ambiental dan respuesta a lo establecido en el documento de referencia. El sometimiento del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020 y su informe de sostenibilidad ambiental al proceso de consultas e información pública ha seguido el procedimiento correcto y las alegaciones, consideraciones, siendo los comentarios realizados suficientemente analizados, integrados o respondidos en cada caso.

En consecuencia, se considera que la ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020 es ambientalmente compatible, estableciéndose las siguientes determinaciones a los efectos de mejorar su nivel de integración ambiental:

Con carácter general.

1. Se elaborará una versión definitiva del PDR de Aragón 2014-2020, en la que se integren las modificaciones adoptadas como consecuencia del período de información y participación pública, así como las correspondientes derivadas del procedimiento ambiental. Una vez aprobado el programa, se recomienda elaborar una versión divulgativa del mismo y ponerla disposición del público en general a través de medios de amplia difusión (página web u otros), conforme a lo previsto en el artículo 21 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón.

2. Las actuaciones que se deriven de la aplicación del programa velarán, en el marco de lo expuesto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad, por el mantenimiento de la Red Natura 2000, de la Red Natural de Aragón, de los procesos ecológicos y por la preservación de la diversidad biológica, de especies y poblaciones de flora y fauna, así como de la diversidad geológica y del paisaje, evitando afectar de manera significativa a zonas ambientalmente sensibles.

3. Los proyectos derivados del programa deberán velar igualmente por la protección y conservación del dominio público pecuario y forestal, conforme a la legislación sectorial correspondiente.

4. Se deberá garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental en la tramitación de las autorizaciones y licencias necesarias para el desarrollo de nuevas infraestructuras, proyectos o actividades previstas o derivadas del PDR de Aragón 2014-2020. Así, se identificarán los proyectos o actividades que estén incluidos en los anexos de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, aquellos que puedan afectar directa o indirectamente a zonas ambientalmente sensibles, incluidos en el anexo VI de la citada ley y, de manera especial, a los que se desarrollen en espacios de la Red Natura 2000, al objeto de atender a los trámites y procedimientos ambientales que les resulten de aplicación.

5. Se priorizarán los proyectos que integren la protección de la biodiversidad, el consumo eficiente de los recursos, la utilización de energías renovables, la mejora de la calidad del suelo y del agua y que incluyan medidas de ahorro de recursos hídricos y energéticos, para contribuir al cumplimiento de la reducción de emisiones y a la gestión sostenible de recursos hídricos.

6. Se priorizarán también aquellas actuaciones orientadas a la prevención y/o reparación de los daños causados por incendios forestales, inundaciones u otros desastres naturales.

7. Los proyectos que se deriven del PDR deberán adecuarse, en cada caso, a lo establecido en los planes y programas aprobados en Aragón, con especial mención de los planes de ordenación de los recursos naturales, planes de acción de especies amenazadas, planes forestales, planes hidrológicos, Plan de Gestión de Residuos (GIRA), Plan Energético o Plan Nacional de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética, así como a la Estrategia de Competitividad y Crecimiento y a la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón.

Con carácter específico.

8. En la consecución de un desarrollo sostenible de las explotaciones agrícolas, se fomentarán actuaciones de modernización de regadíos que favorezcan el ahorro y la eficiencia en el uso de los recursos hídricos y energéticos y la utilización de energías renovables, así como la mejora de la calidad y estado ecológico de los cauces y riberas de los que se detraen los caudales o receptores de los retornos, y de los acuíferos. También se fomentará el desarrollo de buenas prácticas agrarias, procurando la disminución del uso de fertilizantes químicos y evitando procesos potencialmente contaminadores de los suelos y las aguas.

9. En el marco de la mejora de los ecosistemas relacionados con la agricultura, se priorizarán las explotaciones que contemplen manejos ecológicos y los procesos agroindustriales de transformación de productos ecológicos, así como la potenciación de los cultivos autóctonos, especialmente en las zonas ambientalmente sensibles y en aquéllos suelos asociados a sistemas hídricos en que se constaten problemas por contaminación difusa.

10. La gestión y aprovechamiento y de residuos ganaderos con fines agrícolas deberá asegurar el cumplimiento de los valores límite de dosis por hectárea, teniendo en cuenta los límites establecidos por zonas y periodos en función de los espacios, hábitats y especies de fauna afectados, especialmente en aquellas zonas vulnerables a la contaminación por nitratos, en ámbitos de planes de acción de especies catalogadas y zonas con presencia constatada de dichas especies, y en los ámbitos de espacios incluidos en la Red Natura 2000.

11. Los proyectos relacionados con la silvicultura, o con el aprovechamiento de los recursos forestales o agrícolas con fines energéticos, deberán promover igualmente la restauración, la preservación y la mejora de las masas forestales y sus especies de fauna y flora y hábitats asociados, así como asegurar el cumplimiento de los objetivos de protección de la Red Natura 2000 y de los distintos espacios naturales protegidos o planes de ordenación de los recursos naturales.

12. Los proyectos de construcción, reposición, renovación o ampliación de servicios básicos o infraestructuras en el ámbito de espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y otras zonas ambientalmente sensibles y sus áreas de influencia socioeconómica, deberán asegurar que no interfieren negativamente en la conservación y mantenimiento de los valores naturales, paisajes, hábitats o especies que tratan de proteger y por los que han sido declarados.

13. Se priorizarán aquellas actuaciones orientadas a la prevención, mitigación y/o reparación de los daños causados por incendios forestales, enfermedades y plagas vegetales, inundaciones y otras amenazas constatas sobre el medio natural aragonés, especialmente en zonas de montaña, zonas con predominancia de masas forestales y ecosistemas más vulnerables o con menor resiliencia frente a dichos riesgos naturales.

14. Los proyectos o actuaciones que se realicen a través de las medidas relativas a la transferencia de conocimientos y cooperación primarán la contribución al impulso de las actividades agrícolas, ganaderas, forestales, turísticas, etc. que fomenten la preservación de los espacios naturales protegidos y los espacios incluidos en la Red Natura 2000, así como del patrimonio forestal, pecuario, paisajístico y cultural aragonés.

Seguimiento ambiental.

15. El seguimiento ambiental de los principales efectos ambientales de las actuaciones a desarrollar por el PDR debería incorporar indicadores relativos a actuaciones que contribuyan a los objetivos de protección de espacios de la Red Natural de Aragón, especies y hábitats, actuaciones que supongan una mejora o ahorro de los recursos hídricos y, en general, que aporten a la eficiencia en el uso de los recursos y a la adecuada gestión de residuos, y actuaciones sobre el patrimonio forestal, pecuario, cultural y paisajístico.

16. Asimismo, el seguimiento ambiental deberá adaptarse al propio seguimiento establecido por la Unión Europea para todos aquellos programas financiados por fondos europeos, definiendo adecuadamente aspectos como la responsabilidad del seguimiento, el establecimiento de niveles de referencia para los parámetros cuantificables y la fijación de los datos cuantitativos y cualitativos necesarios para el seguimiento de los indicadores.

Zaragoza, 8 de julio de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ