DECRETO 63 /2009, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Torrijas, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal.
DECRETO 63 /2009, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Torrijas, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal.
El Ayuntamiento de Torrijas, de la provincia de Teruel, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 14 de abril de 2009,
DISPONGO:
Artículo único.-Se autoriza al Ayuntamiento de Torrijas, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
Escudo cuadrilongo de base redondeada. De azur, torre de oro, mazonada de sable y aclarada de gules. Al timbre, Corona Real abierta.
Bandera: Paño azul, de proporciones 2:3, ancho por largo; con los bordes superior e inferior rojos, sendos listeles almenados en escalón, amarillos desde el asta al batiente. Al asta, una torre amarilla con la puerta y las ventanas rojas.
Zaragoza, 14 de abril de 2009.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, ROGELIO SILVA GAYOSO