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RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2022, del Gobierno de Zaragoza, por la que se declara válida la licitación pública convocada para la enajenación, con adjudicación a la oferta económica más ventajosa, de la parcela municipal 47 de las resultantes del Proyecto de Reparcelación de los Sectores 88/1 y 2 del Plan General de Ordenación Urbana (Polígono Empresarium), destinada a uso industrial. (Expediente número 21.733/22).

Publicado el 13/05/2022 (Nº 91)
Sección: V. Anuncios - a) Contratación de las Administraciones Públicas
Emisor: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Texto completo:

Primero.- Declarar válida la licitación pública para la enajenación con adjudicación a la oferta económica más ventajosa siendo el precio el único criterio de adjudicación de la parcela de propiedad municipal número 47 de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Polígono Empresarium, ubicada en la manzana 6 del mismo y destinada a uso industrial, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 c) y 109 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Urbanística de Aragón, cumplimentando el destino previsto en el artículo 105.1 de dicho cuerpo legal.

Segundo.- Adjudicar a la entidad mercantil Saltoki Logística Zaragoza, SA, a propuesta de la Mesa de Contratación celebrada en fecha 25 de abril de 2022, por un importe de un millón doscientos ochenta y siete mil novecientos cincuenta y siete euros (1.287.957 €) IVA no incluido, la parcela municipal objeto de la presente licitación pública.

La descripción de la finca objeto de enajenación es la siguiente:

Descripción: Urbana. Parcela de uso industrial en el sector 88/1, polígono Empresarium. Linda: al Norte, con la finca número 48, con referencia catastral 1853912XM8015D0001RY; al Este, con calle número 10, hoy calle Albardín; al Oeste, con finca número 83, con referencia catastral 1853910XM8015D00010Y y al Sur, con finca número 46, con referencia catastral 1853914XM8015D0001XY.

Superficie: 41.547 m².

Edificabilidad: 35.315 m²/ techo.

Titularidad: Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza por adjudicación en la reparcelación de los sectores 88-1 y 88-2.

Referencia catastral: 1853913XM8015D0001DY.

Número IGB: 3364-24.

Inscripción en Registro de la Propiedad: Finca 18694, folio 29, Tomo 4475, Libro 342.

Cargas: Sin cargas registradas.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en las cláusulas tercera y décima del Pliego de Cláusulas económico-administrativas que ha regido la presente enajenación mediante licitación pública, el precio del contrato junto con el IVA se satisfará al Ayuntamiento de Zaragoza de una sola vez en un plazo de tiempo no superior a dos meses que comenzarán a contar desde que adquiera firmeza el acuerdo de adjudicación del contrato.

Cuarto.- El presente acuerdo, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", habrá de formalizarse en escritura pública de compraventa en la fecha que señalará el Ayuntamiento de Zaragoza, previo requerimiento efectuado por el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, una vez que haya quedado acreditado por parte del adjudicatario del contrato, el abono de la totalidad del precio del contrato más el IVA correspondiente.

Sin perjuicio de ello, con anterioridad a dicha fecha, el adjudicatario del contrato deberá constituir garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de adjudicación del contrato y abonar las tasas correspondientes por anuncios, entregando justificantes ante el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, todo ello en los plazos establecidos en el propio Pliego.

Quinto.- La entidad adjudicataria asume el contenido íntegro de los Pliegos de Cláusulas Económico-administrativas que han regido la enajenación de la parcela mediante licitación pública, así como el conjunto de derechos y obligaciones dimanantes del mismo y de la oferta presentada.

Sexto.- Notificar el presente acuerdo a la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón.

Séptimo.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Equipamientos, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o directamente recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, todo ello según lo previsto en los artículos 10, 45 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 52 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 114 y concordantes de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Zaragoza, 9 de mayo de 2022.- La Jefa del Departamento de Estudios y Programas de Suelo y Vivienda, Ana de la Hera Garbati.