EDICTO del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Primera, en el procedimiento ordinario número 414/2019.
En el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Primera, se sigue procedimiento ordinario número 414/2019 a instancia de demandante contra la Diputación General de Aragón, Departamento de Sanidad, sobre Decreto 92-2019, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, publicado en "Boletín Oficial del Estado", número 153, de 6 de agosto, que regula la atención farmacéutica en los Centros Sociales de Aragón y establece el modelo de gestión de la prestación farmacéutica para los usuarios con derecho a la misma, habiendo recaído sentencia firme número 45/21 de fecha 18 de febrero del 2021.
Por resolución del día de la fecha se ha acordado la publicación del fallo de la sentencia, a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la LRJCA, siendo del tenor literal siguiente:
"Que estimando parcialmente el recurso interpuesto por demandantes contra el Decreto 92/2019, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la atención farmacéutica en los Centros Sociales de Aragón y se establece el modelo de gestión de la prestación farmacéutica para los usuarios con derecho a la misma, debemos anular y anulamos los siguientes preceptos: 3.2; 4.1; y 4.3.
No procede hacer expresa condena de las costas del recurso".
Zaragoza, 16 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, María Pilar Lacasa Claver.