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RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Moyuela, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2024.

Publicado el 29/02/2024 (Nº 43)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE MOYUELA

Texto completo:

De conformidad con el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que por decreto de Alcaldía de este Ayuntamiento de 30 de enero de 2024, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2024, incluyendo las plazas que a continuación se detallan:

Cuatro plazas destinadas a turno libre.

Tres de personal laboral:

- Una plaza de encargado de piscina, fijo, temporal, provisión por concurso-oposición.

- Una plaza de operario de limpieza, fijo, a tiempo parcial, provisión por concurso-oposición.

- Una plaza de encargado de ludoteca, fijo, temporal, provisión por concurso-oposición.

Una de personal funcionario:

- Una plaza de auxiliar administrativo, fijo, provisión por concurso-oposición.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en otra provincia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Moyuela, 1 de febrero de 2024.- El Alcalde, José Antonio Sánchez Tirado.