Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ACUERDO de 1 de septiembre de 2017, de la Subdirección Provincial de Vivienda de Huesca, por el que se da publicidad al requerimiento de subsanación de las solicitudes de subvención presentadas en el marco de la Orden VMV/971/2017, de 7 de julio, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda por la que se convocan, para el ejercicio 2017, ayudas de fomento a la rehabilitación edificatoria correspondientes a la prorroga, para 2017, del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016.

Publicado el 07/09/2017 (Nº 172)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden VMV/971/2017, de 7 de julio, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda por la que se convocan, para el ejercicio 2017, ayudas de fomento a la rehabilitación edificatoria correspondientes a la prorroga, para 2017, del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 13 de julio de 2017, una vez examinadas las solicitudes presentadas y comprobada la documentación, se requiere de manera conjunta a los solicitantes que se relacionan en el anexo adjunto para que procedan a la subsanación de los extremos que se indican en cada caso.

La subsanación deberá ser presentada en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón", aportando, en los Registros de Entrada habilitados o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación dirigida a la Subdirección Provincial de Vivienda de Huesca (Plaza Cervantes, número 1, Planta 1.º )

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la orden de convocatoria, la no presentación de la subsanación o de la documentación requerida implicará la declaración de desistimiento de la solicitud, archivándose ésta previa resolución dictada de acuerdo con los artículos 21 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Huesca, 1 de septiembre de 2017.

La Subdirectora Provincial de Vivienda de Huesca,

ANA ISABEL ORDÁS ESCÓ