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RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sobre la prórroga de vigencia del informe de impacto ambiental de la ampliación de una explotación avícola para engorde de pollos hasta una capacidad final de 62.000 plazas (248 UGM) en el polígono 1, parcela 18, del término municipal de La Sotonera (Huesca) y promovida por Explotaciones Ara SL. (Expediente: INAGA 500202/01/2023/00348).

Publicado el 25/08/2023 (Nº 164)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Primero.- El 12 de enero de 2023 tiene entrada en el Registro Electrónico General de Aragón la solicitud de prórroga de la vigencia del informe de impacto ambiental, por el máximo tiempo posible, de la ampliación de una explotación avícola para engorde de pollos hasta una capacidad final de 62.000 plazas (248 UGM) en el polígono 1, parcela 18, del término municipal de La Sotonera.

Segundo.- El informe de impacto ambiental de este proyecto, se formuló por Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental de 15 de enero de 2019 y fue publicada en "Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 25 de febrero de 2019. (Expediente INAGA: 500202/01/2017/09878).

Tercero.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.6 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, el informe de impacto ambiental del proyecto perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón". Establece asimismo la Ley que el promotor podrá solicitar la prórroga de la vigencia de una declaración de impacto ambiental antes de que transcurra el plazo de cuatro años y que la concesión de una ampliación o prórroga del plazo de vigencia se realizará por un máximo de dos años adicionales si las circunstancias tenidas en cuente para realizar la evaluación de impacto ambiental no hubieran variado significativamente. La declaración de impacto ambiental, incluida la prórroga que, en su caso, se hubiera otorgado, en ningún caso extenderá su vigencia más de seis años desde que hubiera sido publicada dicha declaración en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarto.- Habiéndose realizado por parte de este Instituto una valoración de la solicitud y a la vista de las circunstancias técnicas y ambientales que concurren en el procedimiento de referencia, se considera que no es necesario el inicio de una nueva evaluación de impacto ambiental, y se resuelve:

Extender la vigencia y efectos del Informe de impacto ambiental formulado para la ampliación de una explotación avícola para engorde de pollos hasta una capacidad final de 62.000 plazas (248 UGM) en el polígono 1, parcela 18, del término municipal de La Sotonera (Huesca), por el plazo de dos años desde el final de la vigencia inicial. El Informe Ambiental mencionado mantendrá su validez en cuanto a derechos y obligaciones, si se inicia la ejecución del proyecto antes del 25 de febrero de 2025.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.4 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se notificará la presente Resolución al promotor del proyecto, se remitirá al órgano sustantivo a los efectos oportunos y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

La presente Resolución no exime al promotor de obtener del Ayuntamiento de La Sotonera (Huesca) la Licencia ambiental de actividades clasificadas, según el artículo 80 punto 2 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. Además, deberá obtener la concesión de agua necesaria para cubrir la demanda de la capacidad total de la explotación.

Cualquier modificación que afecte a las características del proyecto será consultada previamente al órgano ambiental, de forma que se valore la necesidad de someterla a evaluación de impacto ambiental porque así lo establezca la legislación.

Así mismo, de acuerdo al artículo 34.7 de la citada Ley, el promotor tendrá la obligación de comunicar al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente la fecha de comienzo de la ejecución del proyecto.

Zaragoza, 5 de julio de 2023.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

P.A. La Jefa de Área III del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

(Resolución de 30 de junio de 2023, del Director del INAGA)

ELENA MARTÍN GUTIÉRREZ