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EXTRACTO de la Orden EPE/448/2021, de 28 de abril, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones previstas en la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, por la que se aprueba el Programa ARINSER y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones contempladas en el mismo para la integración socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión a través de empresas de inserción.

Publicado el 06/05/2021 (Nº 97)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

Texto completo:

BDNS (Identif.): 556545

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/556545).

Primero.- Beneficiarios.

Las empresas de inserción que, además de cumplir con lo establecido en el artículo 3 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, cumplan los siguientes requisitos:

Para la subvención por creación y mantenimiento de empleo para personas en situación o riesgo de exclusión social, prevista en el artículo 9 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, que creen o mantengan empleos para personas en situación o riesgo de exclusión social en los términos y con las limitaciones establecidas en dicho artículo.

Para la subvención para proyectos generadores de empleo estable, prevista en el artículo 10 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, que hayan ampliado su plantilla y realicen inversiones en los términos y cumpliendo los requisitos previstos en dicho artículo.

Para la subvención para la contratación de técnicos de inserción, prevista en el artículo 11 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, que cuenten en su plantilla con un técnico de inserción en los términos y condiciones previstos en dicho artículo.

Para la subvención de apoyo técnico y gerencial, que se contrate o mantenga el puesto de director, gerente o personal técnico necesario para garantizar la viabilidad de la empresa, en los términos del artículo 12 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio.

Para la subvención por asistencia técnica para la realización de estudios, auditorías y certificaciones, que contraten con empresas especializadas que reúnan garantías de solvencia profesional, estudios de mercado, organización, comercialización y otros de naturaleza análoga, planes de viabilidad, auditorías contables y de gestión, auditorías sociales, certificados de calidad y sus respectivas renovaciones, en los términos y condiciones que determina el artículo 13 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio.

Para la subvención por la inserción en el mercado de trabajo normalizado, que incorporen a sus trabajadores en proceso de inserción como trabajadores por cuenta ajena en empresas ordinarias, en las mismas o en distintas empresas de inserción, o favorezcan el establecimiento de los mismos como trabajadores autónomos, en los términos y condiciones del artículo 14 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio.

Segundo.- Objeto.

La finalidad de estas subvenciones es propiciar la participación en el empleo de aquellas personas en situación de riesgo o exclusión social, favoreciendo para ellas procesos personalizados de inserción socio-laboral a través de las empresas de inserción existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Bases reguladoras.

Las bases para la concesión de estas subvenciones son las recogidas en la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones contempladas en el programa ARINSER para la integración socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión a través de empresas de inserción, modificada por Orden EIE/427/2018, de 20 de febrero.

http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=915127064141

Cuarta.- Cuantía.

1. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos de empleo autonómicos del Gobierno de Aragón y por fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

2. El importe total del crédito asignado a esta convocatoria asciende inicialmente a un millón doscientos dieciocho mil cuatrocientos doce euros (1.218.412 euros) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a los créditos previstos en el Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2021 que a continuación se relacionan:

Aplicación Presupuestaria Descripción Cuantía

51016/G/3221/470028/33005 Subvención contratación programa ARINSER 625.000 €.

51016/G/3221/470028/91002 Subvención contratación programa ARINSER 593.412 €.

Los créditos presupuestarios de esta convocatoria podrán ser objeto de incremento derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito sin necesidad de nueva convocatoria, pero sí de la tramitación del procedimiento de su modificación y correspondiente publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo establecido en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

3. Conforme establece el apartado 2, del artículo 2 de la citada Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, la concesión de subvenciones por el Instituto Aragonés de Empleo queda condicionada a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio económico.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

1. El artículo 17 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, determina los plazos de presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones.

2. De conformidad con lo establecido en el apartado 6 del artículo 17 de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, para aquellos supuestos subvencionables en los que el inicio del plazo de presentación de solicitudes se haya producido entre el 1 de octubre de 2020 y la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, los plazos de solicitud se computarán a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Sexto.- Otros datos.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios telemáticos conforme al modelo específico que se genera por la herramienta de "Tramitador on line", disponible en la siguiente dirección electrónica https://enlinea.aragon.es/es/programa-arinser-ayudas-economicas-empresas-insercion

Zaragoza, 28 de abril de 2021.- La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón Menal.