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EXTRACTO de la Orden AGM/192/2020, de 27 de febrero, por la que se convocan subvenciones destinadas a apoyar las actividades de información y promoción de los productos agrícolas y alimenticios aragoneses con calidad diferenciada, realizadas por grupos de productores en el mercado interior, para el año 2020.

Publicado el 11/03/2020 (Nº 49)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

BDNS (Identif.): 498052

Primero.- Objeto.

Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas al apoyo, a través de los grupos de productores, de la información y promoción de los productos agrícolas y alimenticios aragoneses con calidad diferenciada en el mercado interior (submedida 3.2) en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Segundo.- Entidades beneficiarias.

Podrán ser entidades beneficiarias los grupos de productores que desarrollen actividades de información y promoción, entendiendo como tales a toda organización, sea cual sea su forma jurídica, compuesta por agentes que participen en alguno de los programas de calidad diferenciada de los alimentos definidos en el artículo 2.d) de la Orden DRS/9/2016, de 11 de enero, modificada por la Orden DRS/127/2018, de 17 de enero.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden DRS/9/2016, de 11 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020 ("Boletín Oficial de Aragón", número 14, de 22 de enero de 2016) y sus modificaciones: Orden DRS/127/2018, de 17 de enero ("Boletín Oficial de Aragón", número 27, de 7 de febrero de 2018) y Orden DRS/17/2019, de 15 de enero ("Boletín Oficial de Aragón", número 21, de 31 de enero de 2019).

Cuarto.- Cuantía.

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el apartado quinto punto 3 de la Orden, siendo el porcentaje de subvención a percibir el indicado en el apartado quinto punto 4 de la Orden.

El importe máximo de la subvención no podrá ser superior a 300.000 € beneficiario/año.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 27 de febrero de 2020.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Joaquín Olona Blasco.