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ORDEN CDS/1371/2016, de 26 de septiembre, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento relativo a la convocatoria subvenciones para la financiación de actuaciones para la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para el año 2016, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 en Aragón.

Publicado el 11/10/2016 (Nº 197)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Por Orden CDS/784/2016, de 21 de julio, se convocan subvenciones para la financiación de actuaciones para la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para el año 2016, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 en Aragón, en su artículo 15.2 atribuye la resolución de dicha convocatoria a la Consejera del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

La publicación de la convocatoria se retrasó por la publicación de las bases reguladoras de estas subvenciones en junio de 2016, tanto el 7 de junio que se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden CDS/505/2016, de 23 de mayo, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por el que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de igualdad, integración social de la población de origen extranjero y apoyo a las familias, como el 17 de junio que se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón.

Al retraso inicial se sumo la necesidad de publicación una corrección de errores con fecha 11 de agosto de 2016, que determina la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, disponiendo las entidades solicitantes de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la corrección de errores en el "Boletín Oficial de Aragón", siendo el plazo de finalizando de presentación de solicitudes el día 16 de septiembre de 2016.

Consecuentemente en caso de continuar con el procedimiento ordinario de tramitación, se podría comprometer el pago de las subvenciones con cargo al ejercicio económico actual, por la publicación el 25 de agosto de 2016 de la Orden HAP/931/2016, de 22 de agosto, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, además de que el plazo para la justificación del que disponen las entidades finaliza el día 8 de noviembre de 2014.

Dadas las dificultades económicas actuales y, concretamente, las que atraviesan las entidades solicitantes de subvención para la financiación de estas actuaciones, así como el hecho de que se trata de una convocatoria cofinanciada por el Fondo Social Europeo, resulta de interés público acordar la aplicación de la tramitación de urgencia en este procedimiento, para garantizar así el cumplimiento de los plazos que permitan la justificación y el pago de las subvenciones correspondientes.

El artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permite la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia cuando razones de interés público lo aconsejen.

Por lo expuesto, a solicitud de la Directora General de Igualdad y Familias, como gestor de las ayudas mencionadas, resuelvo:

Primero.- Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento relativo a la Orden CDS/784/2016, de 21 de julio, se convocan subvenciones para la financiación de actuaciones para la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para el año 2016, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 en Aragón.

Segundo.- De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 50.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y como consecuencia de la aplicación de la tramitación de urgencia, se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Tercero.- La presente orden producirá efectos desde la fecha de su firma.

Zaragoza, 26 de septiembre de 2016.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales,

M.ª VICTORIA BROTO COSCULLUELA