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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de la Alcaldía número 190/2017, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Policía Local para este Ayuntamiento de Calamocha, por procedimiento libre mediante oposición.

Publicado el 05/05/2017 (Nº 84)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE CALAMOCHA

Texto completo:

Advertidos errores en la resolución citada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 78, de 26 de abril de 2017, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En las páginas 8894, Sumario y 9118, en el título de la disposición donde dice: "Resolución de Alcaldía número 190/2017, de 11 de abril, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Policía Local para este Ayuntamiento de Calamocha, por procedimiento libre mediante concurso oposición"

Debe decir: "Resolución de Alcaldía número 190/2017, de 11 de abril, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Policía Local para este Ayuntamiento de Calamocha, por procedimiento libre mediante oposición"

En la página 9118, base segunda, requisitos de los aspirantes, donde dice:

"b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad de 41 años (no haber cumplido 42 años el día que finalice el plazo de presentación de instancias).

c) Poseer el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

d) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A y B, con autorización de la categoría BTP (en los términos y efectos dispuestos en el Real Decreto 1055/2015, de 20 de noviembre)".

Debe decir:

"b) Edad: tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de fecha 13 de noviembre de 2014, en el asunto C-416/13, en aplicación de la Directiva 2000/78/CE del Consejo de fecha 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.

c) Titulación: Estar en posesión del Título de Bachiller o Técnico. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que acredite la citada equivalencia.

d) Permisos de conducir vehículos: estar en posesión de los permisos de conducir de las clases "A" o "A2", y "B". Aquellos aspirantes que accedan al Cuerpo de la Policía Local poseyendo el permiso de conducir de clase "A2", deberán manifestar compromiso de tramitar y obtener el permiso de conducir de la clase "A", en el plazo más breve posible, y en cualquier caso, en el plazo máximo de dos años, a contar desde la fecha de toma de posesión como funcionarios de carrera, que presentarán mediante declaración jurada".