EXTRACTO de la Orden PRE/10/2019, de 17 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania durante el año 2019.
BDNS (Identif.): 435650
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades o instituciones públicas, las empresas privadas; así como los particulares y las entidades o instituciones sin ánimo de lucro, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden de bases reguladoras.
Los beneficiarios deberán presentar, al menos, un socio en el proyecto que tenga vecindad administrativa o domicilio social en la región francesa de Occitania, siendo necesario que el socio francés presente, asimismo, solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Occitania.
Segundo.- Objeto.
Subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania que se desarrollen en el año 2019, y que tengan relación con alguna de las siguientes áreas:
- Infraestructuras de transporte y comunicaciones.
- Medio Ambiente y desarrollo sostenible.
- Cultura y Turismo.
- Enseñanza superior, educación y formación profesional.
- Industria, comercio, artesanía, servicios y apoyo empresarial.
- Actividades agrícolas, agroalimentarias y pastoriles.
- Investigación, innovación, transferencia tecnológica y sociedad de la información.
- Prevención y gestión de riesgos naturales.
Los proyectos objeto de subvención deberán desarrollarse desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de 2019.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 27 de diciembre de 2017), modificada por la Orden PRE/1622/2018, de 8 de octubre ("Boletín Oficial de Aragón", número 201, de 17 de octubre de 2018).
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía total máxima de esta convocatoria asciende a 90.000 €, correspondiendo 30.000 € a cada una de las líneas presupuestarias, de acuerdo con la siguiente tabla:
Beneficiario Aplicación presupuestaria Cuantía
Entes públicos G/10040/1311/440051/91002 30.000 €
Empresas privadas G/10040/1311/470002/91002 30.000 €
Entidades o Instituciones
sin ánimo de lucro / Particulares G/10040/1311/480026/91002 30.000 €
Total 90.000 €
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la Orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", y concluirá el 22 de febrero de 2019.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, y se presentarán en cualquiera de las unidades de registro del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Otros datos.
Los interesados deberán presentar formulario conforme al modelo del anexo I que se adjunta a la Orden de convocatoria, que también está disponible en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (http://www.aragon.es). Este formulario debe ir acompañado de toda documentación acreditativa que se señala en el artículo 7 de la Orden de convocatoria, según la naturaleza jurídica del solicitante.
Zaragoza, 17 de enero de 2019.- El Consejero de Presidencia, Vicente Guillén Izquierdo.