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ORDEN ECD/1196/2022, de 30 de junio, por la que se modifica la autorización del Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas "Escuela de Montaña de Benasque" de Benasque, Huesca.

Publicado el 18/08/2022 (Nº 160)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante del Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas "Escuela de Montaña de Benasque", código 22010165, solicitando modificación de la autorización para la implantación, en la modalidad a distancia, de los Ciclos Formativos de Técnico Deportivo en Media Montaña, Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo Superior Escalada.

La impartición del Bloque Específico por dicho centro privado se solicita en aplicación de la Orden de 13 de febrero de 2002, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se regula la implantación con carácter experimental, en centros dependientes del Departamento de Educación y Ciencia y en colaboración con las Federaciones deportivas aragonesas, de las enseñanzas de Técnicos Deportivos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Vistos los informes emitidos por la Inspección de Educación y por el Servicio de Sistemas Informáticos y Telecomunicaciones, sobre la adecuación de la plataforma de teleformación y la disponibilidad e idoneidad de medios y materiales, para garantizar el correcto desarrollo de las enseñanzas a distancia, y habida cuenta de que el centro tiene autorizado en la modalidad presencial los ciclos formativos solicitado en la modalidad a distancia.

De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 14 de diciembre de 2001, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se regula el procedimiento de autorización administrativa para la apertura y funcionamiento de los Centros Privados que impartirán las enseñanzas de Técnicos Deportivos, en la Orden de 13 de febrero de 2002, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se regula la implantación con carácter experimental, en centros dependientes del Departamento de Educación y Ciencia y en colaboración con las Federaciones deportivas aragonesas, de las enseñanzas de Técnicos Deportivos en la Comunidad Autónoma de Aragón, en la Orden ECD/426/2019, de 24 de abril, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y las enseñanzas deportivas de régimen especial en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, y en virtud de las competencias previstas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, actuando por delegación según la Orden ECD/1334/2020, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1135/2020, de 13 de noviembre, por la que se delega en la persona titular de la Dirección General de Planificación y Equidad el ejercicio de la competencia para conceder la autorización de apertura y funcionamiento de centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del centro privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas

Denominación específica: "Escuela de Montaña de Benasque".

Titular: Federación Aragonesa de Montañismo.

Código: 22010165.

Domicilio: Calle Campalet, s/n.

Localidad: Benasque.

Municipio: Benasque.

Provincia: Huesca.

Modificación de la autorización en las siguientes enseñanzas:

Implantación del bloque específico de las siguientes titulaciones en modalidad a distancia:

Técnico Deportivo Media Montaña (MES204): 32 alumnos / módulo profesional.

Técnico Deportivo Barrancos (MES202): 32 alumnos / módulo profesional.

Técnico Deportivo Escalada (MES203): 32 alumnos / módulo profesional.

Técnico Deportivo Superior Escalada (MES303): 32 alumnos / módulo profesional.

Como resultado de dicha modificación, el centro queda autorizado para impartir los bloques específicos de las siguientes enseñanzas:

Segundo.- La presente Orden surtirá efectos a partir del curso 2022/2023, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto.- De conformidad con el artículo 10 de la Orden ECD/426/2019, de 24 de abril, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y enseñanzas deportivas de régimen especial en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, la extinción o revocación de la autorización de la enseñanza en la modalidad presencial conllevará la extinción o revocación de dicha enseñanza en la modalidad a distancia.

Séptimo.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También podrá presentarse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 30 de junio de 2022.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte,

P.D. La Directora General de Planificación y Equidad

(Orden ECD/1334/2020, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1135/2020, de 13 de noviembre, de delegación de competencias),

ANA MONTAGUD PÉREZ