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ORDEN ECD/1536/2017, de 13 de septiembre, por la que se declara Bien de Interés Cultural en la categoría de Monumento y se delimita el entorno de protección del Abrigo con Pinturas Rupestres Levantinas del Barranco del Muerto, en el término municipal de Alcañiz (Teruel), conforme a la Disposición adicional segunda de la Ley 3/1999, 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.

Publicado el 19/10/2017 (Nº 201)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Patrimonio Cultural de Aragón está integrado, tal y como lo regula la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés ("Boletín Oficial de Aragón", número 36, de 29 de marzo de 1999), por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o debajo de las aguas.

La ley prevé, en su artículo 11, tres categorías de protección para los bienes integrantes del Patrimonio Cultural aragonés: Bien de Interés Cultural, Bien Catalogado y Bien Inventariado. De éstos, los Bienes de Interés Cultural son definidos por el artículo 12 de la ley como los bienes más relevantes del Patrimonio Cultural de Aragón. Esta categoría de protección comprende, a su vez, dos figuras de protección para los bienes inmuebles: las figuras de Monumento y de Conjunto de Interés Cultural. La figura de Monumento es definida en la ley como la construcción u obra producto de la actividad humana, de relevante interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnográfico, científico o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen como parte integrante del mismo. De conformidad con el artículo 21.2 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la declaración de un Bien de Interés Cultural describirá el bien, debiendo expresar claramente, al menos, su delimitación, los bienes muebles integrantes del bien y el entorno afectado.

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece en su Disposición adicional segunda que son Bienes de Interés Cultural, asumidos por ministerio de la ley, los castillos, escudos, emblemas, cruces de término y cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre y los monumentos megalíticos en toda su tipología existentes en Aragón. La relación de estos bienes debe publicarse mediante una orden del Departamento responsable de Patrimonio Cultural en la que se detalle su localización.

Recientemente se ha descubierto la existencia de un abrigo con pinturas rupestres desconocido hasta ahora y que es objeto de esta declaración y delimitación. El abrigo se conoce como Abrigo con Pinturas Levantinas del Barranco del Muerto, en el término municipal de Alcañiz (Teruel), en él destaca la calidad de una gran figura humana pintada que representa un arquero de unos 80 cm de altura.

La descripción del bien protegido se recoge en el anexo I de esta orden. El plano de delimitación del abrigo y de su entorno de protección se publica en el anexo II.

Este expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón. El procedimiento administrativo se inició por Resolución, de 18 de abril de 2017, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, por la que se inicia procedimiento para declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento y delimitar el entorno de protección del Abrigo con Pinturas Rupestres Levantinas del Barranco del Muerto, en el término municipal de Alcañiz (Teruel), en virtud de la Disposición adicional segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés y se abre un periodo de información pública, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 86, de 9 de mayo de 2017. Posteriormente, se abrió trámite de audiencia a los interesados donde no se presentaron alegaciones. Asimismo se ha solicitado informe preceptivo a la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de Teruel.

Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, dispongo:

Primero.- Objeto.

Es objeto de esta orden es declarar Bien de Interés Cultural en la categoría de Monumento y proceder a la delimitación del entorno de protección del Abrigo con las Pinturas Rupestres Levantinas del Barranco del Muerto, en el término municipal de Alcañiz (Teruel).

La descripción y delimitación para el Abrigo con Pinturas Rupestres Levantinas del Barranco del Muerto en el término municipal de Alcañiz (Teruel) se recoge en los anexos I y II de esta orden.

Segundo.- Régimen Jurídico.

El régimen jurídico aplicable al Bien de Interés Cultural y a su entorno de protección es el previsto en la Sección Primera, del Capítulo I, del Título Segundo de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, y en cuantas leyes y reglamentos sean de aplicación a los Bienes de Interés Cultural.

Tercero.- Publicidad.

La presente orden será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", y se notificará a los interesados y al Ayuntamiento de Alcañiz (Teruel).

Frente a la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación efectiva.

Zaragoza, 13 de septiembre de 2017.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

I

Descripción del Abrigo con las Pinturas Rupestres Levantinas del Barranco del Muerto, en el término municipal de Alcañiz (Teruel)

Este nuevo conjunto se localiza, al igual que los abrigos Corral de las Gascas y Mas del Obispo, en la Val de Maella a unos siete kilómetros al este de la localidad de Alcañiz (Teruel). Se accede al enclave, al igual que en los casos anteriores, a través de la antigua vía férrea, hoy reconvertida a vía verde. Descubierto en enero de 2017, como consecuencia de las prospecciones arqueológicas autorizadas por la Dirección General de Cultura y Patrimonio del Gobierno de Aragón y dada también su proximidad a un camino muy frecuentado y el fácil acceso al abrigo desde dicho camino, también en este caso se ha planteado la necesidad de su protección física, mediante un cerramiento con reja metálica.

El referido abrigo de Barranco del Muerto se encuentra en la parte media de la ladera de un pequeño barranco subsidiario de la Val de Maella por su margen derecha, muy cerca de la confluencia de ambos. Se trata de un abrigo de medianas dimensiones, abierto en un gran bloque de arenisca oligocena abierto al Suroeste. Hasta el momento se ha identificado un gran motivo de estilo levantino pintado en la confluencia entre las dos aberturas del referido abrigo. El color de la representación documentada es el rojo violáceo o grisáceo.

En el lado izquierdo, bajo una visera natural de la roca, aparecen las extremidades inferiores de una gran figura humana pintada, con la pierna derecha flexionada y la izquierda extendida. Con más detenimiento y con el uso de filtros fotográficos, se aprecia que la figura humana está completa y que corresponde a un arquero de piernas largas y gruesas, con una cintura muy estrecha y cuerpo triangular muy alargado, unido a una cabeza redondeada. La figura, de unos 80 cm. de altura, parece sostener un arco y posiblemente un haz de flechas y presenta una inclinación hacia la izquierda en clara posición de avance.