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RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2017, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por turno independiente para personas con discapacidad, en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Veterinarios de Administración Sanitaria.

Publicado el 11/07/2017 (Nº 131)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

El Decreto 109/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2016 en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 149, de 3 de agosto de 2016), establece, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional sexta de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, la reserva de un número de plazas propias de funcionarios para ser cubiertas, mediante convocatoria independiente, entre quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad.

En cumplimiento de la normativa que regula el acceso de personas con discapacidad al empleo público, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1.e) del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, se convoca el presente proceso selectivo con arreglo a las siguientes bases:

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante turno independiente para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad en un grado igual o superior al treinta y tres por ciento, 1 plaza del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Veterinarios de Administración Sanitaria.

1.2. El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número de aprobados superior al de plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. El hecho de aprobar todos los ejercicios en que se estructura la oposición no otorgará derecho alguno al aspirante respecto a las plazas convocadas.

Si la plaza no resulta cubierta se acumulará a las de turno libre de la Oferta de Empleo Público para 2016.

1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, seguido de un período de prácticas y un curso de formación selectivo con evaluación final.

La oposición consistirá en la realización de cuatro ejercicios de carácter eliminatorio. La realización de los cuatro ejercicios es obligatoria para superar la oposición. Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán realizar con carácter previo a la determinación de los aspirantes que han superado la oposición, una prueba de conocimiento y comprensión del idioma castellano, que se calificará de "apto" o "no apto". Queda exento de esta prueba el personal laboral fijo o funcionario de carrera al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, o quien ya la hubiese superado en convocatorias anteriores de acceso a esta Administración.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.

1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón: en Huesca (Plaza de Cervantes, 1), en Teruel (Calle San Francisco,1), en Zaragoza (Edificio Pignatelli - Paseo María Agustín, 36 -), así como en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz (Avda. Bartolomé Esteban, 58), Calatayud (Calle Amparados, 2), Ejea de los Caballeros (Calle Mediavilla, 27), Jaca (Avda. Levante, 10), Tarazona (Avda. La Paz, 29), Calamocha (Calle Melchor de Luzón, 6), Fraga (Calle San Quintín, 1) y Barbastro (Calle Conde, s/n). Además, se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", las resoluciones para las que así lo establecen expresamente las bases de esta convocatoria.

Asimismo, toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web www.aragon.es/Temas/Empleo.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.

nal de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título Universitario Oficial de Licenciado o Grado en Veterinaria.

das en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.

e) Tener un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, y poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas propias de la Escala a la que se aspira. Ambas circunstancias deberán acreditarse mediante certificado expedido por los órganos competentes, salvo que tales datos obren ya en esta Administración (Instituto Aragonés de Servicios Sociales).

f) Haber abonado la correspondiente Tasa a que hace mención la base 3.5.

2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

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3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de septiembre de 2003), que será facilitada a través de internet, cumplimentando el modelo 524 que aparece en la página web oficial del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es/Temas/Empleo.

3.2. Los aspirantes, en atención a su discapacidad, podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.

3.3. La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática o en soporte papel, de acuerdo con lo especificado a continuación:

a) Los interesados podrán presentar su solicitud ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 2, siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción la utilización de DNI electrónico o un certificado digital de persona física emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/).

el pago telemático de la tasa de derechos de examen a que se refiere el apartado 5. La documentación acreditativa de la exención de pago se adjuntará telemáticamente como documento pdf.

los que las solicitudes cumplimentadas por vía telemática tengan que ir acompañadas por otra documentación adicional, ésta deberá presentarse en soporte papel conforme a lo señalado en el apartado siguiente.

b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel. Para ello, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 1, se procederá al pago de la tasa por derechos de examen en la forma prevista en el apartado 5, y posteriormente se hará la presentación en los Registros Generales del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

itud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que aquélla sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada.

3.4. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.5. La Tasa por derechos de examen será de 39,43 euros, cuyo pago podrá realizarse telemáticamente según lo expresado en apartado 3.a) de esta base, o, en el caso de presentar la solicitud en soporte papel, por alguno de los medios siguientes:

-En efectivo, en la Caja de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Aragón en Zaragoza o en la Caja de las Subdirecciones Provinciales de Hacienda y Administración Pública de Huesca, Teruel y Zaragoza.

-Ingreso en las cuentas de las Entidades de Crédito colaboradoras en la gestión recaudatoria del Gobierno de Aragón, autorizadas para el cobro de las tasas.

En este caso el pago de la tasa no supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo previsto en el apartado 4.b).

La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes no será subsanable.

3.6. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.

b) Las personas desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de la prueba selectiva.

c) Las personas que acrediten que no han tenido ningún ingreso durante el período señalado en el apartado anterior, o cuyos ingresos no superen el salario mínimo interprofesional.

amente acreditadas con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas. En el supuesto previsto en el apartado b), deberá aportarse informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo expedido por el Instituto Aragonés de Empleo (puede obtenerse on line a través de la Oficina Electrónica de su página web www.aragon.es/inaem) o documento acreditativo equivalente expedido por el Servicio Público de Empleo competente.

3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios dictará resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", por la que se aprueba la relación provisional de candidatos admitidos y, en su caso, excluidos, indicando las causas de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3. La resolución conteniendo las listas definitivas de admitidos y excluidos se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". En dicha resolución se señalará lugar y fecha del primer ejercicio.

La admisión definitiva lo es sin perjuicio de la obligación de los aspirantes que superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.

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5.1. La composición del Tribunal será la que se especifica en el anexo I.

Cualquier modificación posterior de la composición del Tribunal calificador se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Aragonés de Administración Pública (Paseo M.ª Agustín, 26 B- 50004 Zaragoza).

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la citada ley.

5.3. El Presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz y voto.

5.4. El Tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

5.6. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría primera de las señaladas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

as.

6.1. El primer ejercicio consistirá en desarrollar por escrito dos temas de carácter general que propondrá el Tribunal, uno relacionado, sin ser coincidente, con el temario del programa de materias específicas y otro relacionado, sin ser coincidente, con el temario de materias comunes.

El Tribunal señalará en el momento de proponer este ejercicio el tiempo máximo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de tres horas.

El ejercicio será leído literalmente por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección en la expresión escrita.

6.2. El segundo ejercicio consistirá en exponer oralmente en sesión pública cuatro temas, sacados al azar, tres extraídos del grupo de materias específicas y uno del grupo de materias comunes. La exposición, que tendrá una duración de entre 45 y 50 minutos, comenzará por los temas del grupo de materias específicas.

Los candidatos dispondrán de un período de veinte minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición el esquema o guión que hayan realizado.

Finalizada la actuación del candidato, el Tribunal podrá dialogar con él durante un período máximo de veinte minutos sobre las cuestiones expuestas o relacionadas con los temas que haya desarrollado.

6.3. El tercer ejercicio consistirá en el desarrollo y resolución de uno o varios supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, que estarán relacionados con las materias del programa.

El Tribunal comunicará, antes del comienzo de la prueba, la puntuación asignada a cada uno de los supuestos prácticos propuestos, en su caso. Además, si los supuestos prácticos constan de preguntas a las que el Tribunal asigne distinto valor o puntuación, deberá informar de la distribución de la puntuación realizada.

El Tribunal señalará en el momento de proponer el ejercicio el tiempo máximo concedido para su resolución, pudiéndose utilizar cuantos libros, textos o documentos, en soporte papel, se considere necesarios, aportados por los propios candidatos o disponibles en el local escogido por el Tribunal para realizar el ejercicio.

El ejercicio será leído literalmente en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el candidato durante diez minutos sobre las cuestiones relacionadas con el planteamiento y resolución del supuesto.

6.4. El cuarto ejercicio será una prueba de conocimiento y comprensión del idioma francés o inglés. Dicha prueba consistirá en la traducción directa, sin diccionario, de un texto en el idioma elegido por el candidato en su solicitud y durante el tiempo que se señale por el Tribunal.

Los aspirantes con nacionalidad distinta a la española optarán a los idiomas francés o inglés siempre y cuando ninguno de ellos sea oficial en su Estado de origen, en cuyo caso éste será sustituido, a efectos de la opción, por otro idioma oficial en otro Estado de la Unión Europea.

6.5. El Tribunal elaborará un listado con los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, por orden descendente de puntuación total. Aquéllos que obtengan mayor puntuación serán nombrados funcionarios en prácticas, sin que el número de los mismos pueda superar al de plazas convocadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

El período de prácticas incluirá un curso de formación cuya duración y contenido será fijado por el Instituto Aragonés de Administración Pública.

7. Desarrollo de los ejercicios

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7.1. La fecha de comienzo del primer ejercicio se determinará en la resolución a que alude la base 4.3. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública a través de los medios señalados en la base 1.6.

7.2. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los candidatos para que acrediten su identidad.

7.3. Los candidatos serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal. Se entenderá que existe fuerza mayor cuando la situación creada impida el acceso a las aulas o la realización física del ejercicio, y se trate de situaciones de las que se presuma que afectan a todos o a gran parte de los candidatos y al llamamiento y lugar correspondiente.

No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de la hospitalización o reposo domiciliario con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes con el día de la celebración de alguna prueba en la que tengan que participar. Para ello las aspirantes deberán presentar, dentro del plazo de los cinco días naturales anteriores o posteriores a la realización de la prueba (en este último caso por el ingreso por urgencia), un escrito dirigido al Presidente del Tribunal comunicando el hecho de la hospitalización o reposo domiciliario, y adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba.

El escrito será presentado en el registro general del Gobierno de Aragón y remitido al IAAP por fax al número 976714368, o al correo electrónico iaap@aragon.es, y en él se deberá indicar obligatoriamente uno o dos teléfonos, preferentemente móviles, de contacto con la interesada.

7.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, quien resolverá, previa audiencia del interesado.

8. Calificació

n.

8.1. El primer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada uno de los dos temas para superarlo.

8.2. El segundo ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 10 puntos y no haber sido calificado con 0 puntos en ninguno de los temas.

8.3. El tercer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario un mínimo de 10 puntos para superarlo.

8.4. El cuarto ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para superarlo.

8.5. La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los cuatro ejercicios.

El Tribunal elaborará una lista con los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, por orden descendente de puntuación total. No se incluirán en esta lista los aspirantes que hayan sido calificados "no apto" en la prueba señalada en la base 1.3.

8.6. Concluidos los ejercicios de la oposición, y a propuesta del Tribunal calificador, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios hará públicas las listas de aspirantes propuestos para ser nombrados funcionarios en prácticas, por orden de puntuación, sin que el número total de seleccionados pueda rebasar el de plazas convocadas.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida sucesivamente en los ejercicios tercero, segundo, primero y cuarto. Como criterio residual de desempate, una vez aplicados, en su caso, los criterios anteriores, regirá lo dispuesto en la Resolución de 28 de abril de 2017, del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón.

8.7. El período de prácticas y el curso de formación darán lugar a una calificación de "apto" o "no apto", siendo necesaria la obtención de "apto" para superarlo.

9. Listas de espera para nombramiento de inte

rinos.

9.1. En las solicitudes, los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder, en el caso de no superar el proceso selectivo, a las listas de espera de nombramiento de interinos.

9.2. Tras la finalización de los ejercicios de la oposición, el Tribunal de selección actuante confeccionará la correspondiente lista que contendrá la relación de aspirantes que sin haber superado el proceso selectivo, han aprobado alguno de sus ejercicios. La ordenación de los candidatos en dicha lista de espera se hará atendiendo al número de ejercicios superados; a igual número de ejercicios superados, se atenderá a la puntuación total obtenida en los mismos, no teniéndose en cuenta las puntuaciones obtenidas en los ejercicios suspendidos.

Los posibles empates entre candidatos a los efectos de ordenación de los aspirantes en este proceso selectivo, se resolverán atendiendo al resultado del sorteo efectuado por el Instituto Aragonés de Administración Pública en fecha 28 de abril de 2017 ("Boletín Oficial de Aragón", número 95, de 22 de mayo de 2017).

9.3. La referida lista, ordenada conforme los criterios anteriores, será remitida por el Tribunal a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios para su aprobación y publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", haciendo constar el nombre y apellidos de los candidatos, las localidades solicitadas, y documento nacional de identidad.

10. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios en prácticas.

10.1. Dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas en el "Boletín Oficial de Aragón", las listas de aprobados en la oposición, los candidatos que figuren en ella deberán aportar los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en esta convocatoria.

10.2. Los documentos a que se refiere el punto anterior deberán ser presentados en cualquiera de las unidades de registro del Gobierno de Aragón, y dirigidos al Director del Instituto Aragonés de Administración Pública. Estos documentos son:

a) Los de nacionalidad española, fotocopia del documento nacional de identidad.

Los nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, fotocopia compulsada del pasaporte o de documento válido acreditativo de su nacionalidad.

Los familiares de los anteriores, referidos en la base 2.1.a), además, fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano de país europeo al que afecta dicho vínculo haciendo constar que no está separado de derecho de su cónyuge o, en su caso, que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Fotocopia compulsada del Título a que se refiere la base 2.1.d), o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de aquel título.

Los títulos procedentes de otros Estados deberán estar debidamente homologados por la Administración educativa española y deberá adjuntarse a ellos la credencial que acredite dicha homologación. En el caso de titulaciones que acrediten la formación en alguno de los otros Estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, esta credencial podrá suplirse por la credencial de reconocimiento para el ejercicio de una profesión regulada en aplicación de las directivas de reconocimiento de titulaciones.

c) Fotocopia compulsada del Certificado por el que se reconoce la discapacidad o resolución por la que se reconoce la incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar, además, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

10.3. Dentro del mismo plazo de veinte días naturales, los aprobados en la oposición recibirán en el domicilio que hagan constar en su solicitud una citación para someterse al reconocimiento médico previo al ingreso, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. El reconocimiento médico será obligatorio y deberá emitir, además, un juicio de aptitud respecto a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala o Clase de Especialidad. En el caso de informe negativo no podrá ser nombrado funcionario de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto al candidato se refieran. El informe médico será confidencial respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.

10.4. Quienes dentro del plazo señalado no presenten la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ellos se refieren.

10.5. El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas.

11. Nombramiento de funcionarios de carrera.

11.1. Los candidatos que superen el proceso selectivo serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores, Escala Facultativa Superior, Veterinarios de Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el Consejero de Hacienda y Administración Pública. La orden de nombramiento se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

11.2. Los funcionarios de nuevo ingreso ocuparán los puestos de trabajo que se les ofrezcan, de acuerdo con las necesidades del servicio, y según las preferencias manifestadas, por riguroso orden de puntuación final.

11.3. En el caso de que para el desempeño de alguno de los puestos de trabajo ofrecidos como primer destino se exija en la Relación de Puestos de Trabajo el requisito de nacionalidad española, queda excluido de la posibilidad de ser elegido por los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española.

12. Disposiciones finales.

12.1. El orden de actuación comenzará con el primer aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra "K", de acuerdo con el resultado del sorteo celebrado el día 28 de abril de 2017 ("Boletín Oficial de Aragón", número 95, de 22 de mayo de 2017).

12.2. Para lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón; en el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública, y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificado por Decreto 25/1988, de 1 de marzo; en el Decreto 80/1997, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y, promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; y en el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

12.3. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la interposición de los siguientes recursos, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación:

- Contra las Resoluciones del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.

- Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación en el procedimiento para el interesado o produzcan indefensión, recurso de alzada ante el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

Zaragoza, 21 de

junio de 2017.

El Director Gene

ral de la Función Pública y Calidad de los Servic

ios,

IGNACIO ZARAZAGA CHAMORRO

ANEXO I

TRIBUNAL

La composición del T

ribunal se determinará en el momento de publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos.

ANEXO II PROGRAM

A DE LAS OPOSICIONES A LA ESCALA FACULTIVA SUPERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, VETERINARIOS DE ADMINISTRACIÓN SANITARIA

Temas comunes para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores.

1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Los derechos fundamentales y sus garantías. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. La reforma de la Constitución.

2. El Gobierno. La Administración General del Estado. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

3. El Estatuto de Autonomía de Aragón: naturaleza y contenido. Competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón. La reforma del Estatuto.

4. Organización institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón. Las Cortes de Aragón. El Justicia de Aragón. La administración de justicia en Aragón.

5. El Presidente y el Gobierno de Aragón. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

6. El procedimiento administrativo común: naturaleza y fines. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Las garantías en el desarrollo del procedimiento administrativo. La transparencia de las Administraciones Públicas.

7. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Requisitos y eficacia de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad. El silencio administrativo. Procedimientos de ejecución de los actos administrativos.

8. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Revisión de los actos administrativos. Especialidades del procedimiento sancionador

9. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. La responsabilidad de las autoridades y personal a su servicio.

10. El Estatuto Básico del Empleado Público. El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. La función directiva en las organizaciones públicas. Ética y Liderazgo.

11. La selección de los funcionarios públicos. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario público. Provisión de puestos de trabajo y carrera administrativa. Situaciones administrativas.

12. Marco Normativo básico en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones frente a los Riesgos Laborales. Principios de la acción preventiva.

13. Políticas de Igualdad de Género. Normativa estatal y autonómica para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Discapacidad y dependencia en la Comunidad Autónoma de Aragón.

14. Las políticas públicas: formulación, implementación, ejecución, control y evaluación. La transparencia de las Administraciones Públicas y legislación en la materia.

15. Economía y Hacienda Pública: Los ingresos y gastos públicos. La financiación de las Comunidades Autónomas. Los Fondos de la Unión Europea.

16. El Patrimonio de las Administraciones Públicas. El Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón: bienes que lo integran y régimen jurídico.

17. El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón. La Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón y Leyes de Presupuestos.

18. Los contratos del Sector Público: concepto y clases. Los contratos de las Administraciones Públicas: preparación, adjudicación y formalización, ejecución y modificación. Garantías y extinción.

19. La potestad expropiatoria: su justificación. Los sujetos, el objeto y la causa. El procedimiento expropiatorio en general. La indemnización expropiatoria o justo precio.

20. La Unión Europea: objetivos y fundamentos. Los Tratados originarios y modificativos. El Tratado de Lisboa: el Tratado de la Unión y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Las Instituciones de la Unión Europea. Las fuentes del Derecho de la Unión Europea. Las Comunidades Autónomas y el Derecho Comunitario.

Programa de materias específicas.

Escala Facultativa Superior, Veterinarios de Administración Sanitaria.

1. El concepto de Salud Pública. Determinantes de la salud. Funciones esenciales y actividades en Salud Pública en la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. La Salud Pública en el marco de la Unión Europea. Planes y programas de acción en el ámbito de la salud. Principio de precaución.

3. Normas nacionales con rango de Ley que afectan y regulan la Salud Pública.

4. Normativa española con rango de Ley que regula la seguridad alimentaria y la nutrición.

5. Legislación aragonesa que afecta y regula la Salud Pública.

6. Estructura orgánica y funciones del Departamento del Gobierno de Aragón con competencias en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente.

7. Estructura orgánica y funciones del departamento del gobierno de Aragón con competencias en materia de sanidad.

8. Delimitación territorial de los Servicios Oficiales Veterinarios en Aragón. Organización y funciones. Laboratorios de control oficial. Organización y funciones.

9. Vigilancia Epidemiológica. Estudio de un brote epidémico. Actuaciones ante un brote epidémico de interés autonómico y nacional. Seguimiento.

10. Investigación de brotes de enfermedades alimentarias en los humanos. Dinámica demográfica de la infección y la intoxicación. Principios de los métodos de prueba modernos y sus aplicaciones para el diagnóstico.

11. Epidemiología, prevención y control de las enfermedades transmitidas por agua de consumo. Principales contaminantes del agua. Fuentes de contaminación y efectos sobre la salud. Análisis de peligros.

12. Diagnóstico de la enfermedad. Concepto de epidemiología. Epidemiología aplicada al estudio de enfermedades transmisibles. Medidas generales de control de las enfermedades transmisibles.

13. Alertas en Salud Pública. Organización del Sistema de Atención de Alertas en Salud Pública en la Comunidad Autónoma de Aragón.

14. Inmunología. El sistema inmunitario. Mecanismo de la respuesta inmunológica. Las vacunas como instrumento de lucha y control de enfermedades.

15. Zoonosis. Vigilancia y Control.

16. La Rabia. Situación actual. Epidemiología. Diagnóstico. Control. Planes de contingencia.

17. Triquina. Control oficial para detectar la presencia de triquina en carne. Planes de contingencia. Anisakis. Control oficial para detectar la presencia de anisakis en pescado. Planes de contingencia

18. Promoción de la salud. Concepto y enfoques. Métodos y estrategias de Promoción de la Salud en Aragón. Desarrollo de programas de promoción de la alimentación saludable.

19. Promoción de la salud y aplicación de los principios de higiene y seguridad alimentaría. Programas aragoneses

20. Educación para la salud. Conceptos y objetivos. Modelos de educación para la salud. Estrategias de educación para la salud en la Comunidad Autónoma de Aragón.

21. Sistema de información en Salud Pública. El estado de salud de los españoles y de los aragoneses. Principales problemas de salud pública en España y en Aragón.

22. Adicciones. Tipos. Situación actual de las adicciones en España y Aragón. Legislación aplicable. Importancia de la salud comunitaria. Programas de lucha contra las adicciones en Aragón.

23. La trazabilidad en la cadena alimentaria, principios normativos, responsabilidades y control.

24. Principios, conceptos y métodos del sistema APPCC y su utilización a lo largo de la cadena alimentaría.

25. Control oficial en el comercio minorista de alimentación.

26. Producción de alimentos. Cuestiones medioambientales ligadas a la producción. Fundamentos en la transformación de alimentos y tecnología alimentaria.

27. El control oficial de los productos alimenticios en la unión Europea, en España y en las Comunidades Autónomas.

28. Condiciones sanitarias de producción y comercialización de carnes frescas. Mataderos y salas de despiece. Autocontrol y control oficial.

29. Métodos de análisis de riesgos en seguridad alimentaria. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. La Agencia Aragonesa de Seguridad Alimentaria.

30. Las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EET). Epidemiología, diagnóstico, prevención y control oficial.

31. Planes de control de la cadena alimentaria.

32. Principio de cautela e inquietudes del consumidor. Normativa sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

33. Normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados a consumo humano. Categorización y destino. Trazabilidad. Control oficial.

34. Principios de la formación del personal que trabaja en la cadena de producción de alimentos.

35. Productos de la pesca y la acuicultura. Autocontrol. Inspección y control de las industrias y de los productos frescos y derivados.

36. Huevos y ovoproductos. Condiciones sanitarias de producción y comercialización de carnes de aves de corral, carne de conejo doméstico, de caza, de granja y de animales de caza. Autocontrol. Control oficial.

37. Condiciones sanitarias de producción y comercialización de Productos Cárnicos y otros productos de origen animal. Autocontrol. Control oficial.

38. Frutas, verduras y hortalizas. Setas comestibles. Autocontrol. Control oficial.

39. Comidas preparadas y restauración colectiva. Autocontrol. Control oficial.

40. Criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Normativa. Vigilancia sanitaria. Sistema de Información Nacional del Agua de Consumo (SINAC).

41. Legionelosis. Epidemiología y diagnóstico. Actuaciones ante un brote epidémico. Control oficial.

42. Vigilancia y control de las instalaciones de aguas residuales y de las aguas de uso recreativo.

43. Vigilancia y control de establecimientos e instalaciones con emisiones contaminantes para el aire o el agua.

44. Implantación y evaluación de programas DDD en la industria y la explotación.

45. Vigilancia y control de determinantes ambientales de la salud de la población.

46. Incidencia de las explotaciones ganaderas en la contaminación ambiental. Residuos ganaderos y su gestión. Zonas vulnerables de la Comunidad Autónoma de Aragón.

47. Preparados alimenticios especiales, productos dietéticos y de régimen. Complementos alimenticios. Organismos modificados genéticamente. Etiquetado. Control oficial.

48. Contaminación biótica de los alimentos e intoxicaciones alimentarias. Criterios microbiológicos aplicables a los alimentos. Estudios de vida útil.

49. Contaminación abiótica de alimentos. Contaminantes químicos, físicos, metales. Control oficial.

50. Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. Autorizaciones sanitarias para el funcionamiento de industrias y establecimientos.

51. Conservas y semiconservas vegetales. Derivados de la fruta, zumos y néctares. Control oficial.

52. Grasas comestibles. Aceites vegetales comestibles. Harinas y derivados. Control oficial.

53. Bebidas alcohólicas y no alcohólicas. Control oficial.

54. Principios básicos de la auditoria. Tipos de auditoria. Normativa de desarrollo.

55. Balanza comercial agroalimentaria en Aragón. Aspectos económicos y sanitarios. Controles oficiales de las industrias cárnicas adaptados a las normativas de terceros países.

56. Política de precios y mercados. Política de rentas. Medidas de mantenimiento de rentas y sostenimiento de precios. Fiscalidad agraria. Seguros agrarios. Seguridad social agraria

57. La Política Agraria Común. La OCM única. Subvenciones agrarias. Ayudas FEAGA; Pago Base, jóvenes agricultores, pequeños agricultores, ayudas asociadas.

58 La política de desarrollo rural. La financiación de la política del desarrollo rural y su aplicación en España. Ayudas FEADER: Evolución, Programa de Desarrollo Rural en la comunidad autónoma de Aragón para el período 2014-2020, tipos de estas ayudas.

59. Política alimentaría. El consumo y la cadena alimentaría en la Unión Europea, en España y en Aragón. Fomento de la calidad alimentara.

60. La política de protección de los consumidores en la Unión Europea, en España y en Aragón.

61. Política de investigación, experimentación y divulgación en los sectores agrario y alimentario. Transferencia tecnológica.

62 - Medio ambiente en la Unión Europea. Objetivos y principios. La Agencia Europea de Medio Ambiente. Programas de acción ambiental. Principales aspectos relacionados con el sector agroalimentario y con la salud pública.

63. La industria agroalimentaria. Situación actual en la Unión Europea, en España y en Aragón: principales sectores agroalimentarios en la Comunidad Autónoma de Aragón.

64. Selección en ganadería. Procedimientos de mejora genética. Valoración de reproductores, control de rendimientos. Los libros genealógicos. La biotecnología aplicada a la mejora ganadera. Las razas autóctonas en Aragón. Importancia y funciones. Principales razas. Asociaciones de criadores.

65. La alimentación animal. Normativa sobre seguridad, higiene y etiquetado de piensos. La industria de la alimentación animal en Aragón

66. La identificación animal. Normativa legal. Sistemas de identificación. Importancia y objetivos. La identificación electrónica.

67. El movimiento pecuario y de animales de compañía. Implicaciones zootécnicas y sanitarias. Normativa legal.

68. Protección de los animales y bienestar animal. Implicaciones zootécnicas y sanitarias. Normativa legal.

69. Las producciones agrarias intensivas y extensivas. Características diferenciales y problemática. Las producciones agrarias ecológicas.

70. Ordenación de explotaciones ganaderas. Impacto ambiental de las explotaciones ganaderas. Régimen de intervención administrativa ambiental.

71. Asociacionismo agrario. Fórmulas asociativas. Cooperativas. Sociedades agrarias de transformación. Las agrupaciones de productores agrarios. Otras figuras asociativas. Organizaciones Interprofesionales en el sector agrícola y ganadero. Situación actual. Legislación.

72. La comercialización en origen y destino de los productos agrarios. Los mercados en origen. Las asociaciones de productores agrarios y la comercialización en origen. Canales tradicionales y canales alternativos de la comercialización en destino. Los mercados de destino. La Empresa nacional MERCASA. La presencia de los productos agrarios en los mercados en destino. Formación de precios.

73. Producción de carne de vacuno. Importancia económica. Sistemas de producción.

74. Producción de carne de ovino y caprino. Importancia económica. Sistemas de producción.

75. Producción de carne de porcino. Importancia económica. Sistemas de producción.

76. Avicultura, producción de carne de ave y huevos. Importancia económica. Sistemas de producción.

77. Otras producciones: équidos, ganado de lidia, cunicultura, acuicultura continental apicultura, helicicultura, especies cinegéticas y otras. Sistemas de producción. Características e importancia económica.

78. Producción de leche. Importancia económica. Sistemas de producción. Regulación de los mercados comunitarios de la leche y productos lácteos: estructura y competencias.

79. Producción primaria. Principios, conceptos y métodos de las buenas prácticas de producción. Sistemas de trazabilidad en la producción primaria de los sectores agroalimentarios.

80. Calidad alimentaria diferenciada. Definición y principios. Denominaciones de orígen protegidas. Indicaciones geográficas protegidas. Especialidades Tradicionales Garantizadas. Otras figuras de calidad diferenciada. Certificación y control. Normativa aplicable.

81. Objetivos y estructura de los programas de sanidad animal en las distintas especies animales. Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal. Reglamento UE 2016/429 del Parlamento Europeo y el Consejo. Integración del sector en los planes de control y erradicación Agrupaciones de defensa sanitaria.

82. Medicamentos veterinarios. Procedimientos y criterios para la autorización y registro en España y en la Unión Europea. Garantías en lo relativo a su distribución y uso. Resistencias a antimicrobianos. Normativa aplicable. Distribución y comercialización. Receta veterinaria. Control oficial.

83. Residuos de medicamentos veterinarios. Plan Nacional de Investigación de Residuos en animales vivos y sus productos (PNIR). Ejecución y valoración. Normativa legal.

84. Epidemiología. Tipos. Vigilancia epidemiológica de las enfermedades del ganado. La unidad epidemiológica. Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica.

85. Determinantes de la enfermedad. La ecología de la enfermedad. Distribución de la enfermedad en las poblaciones. Vectores de enfermedades. Prevención de vectores y plagas: lucha antivectorial.

86. Enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias del ganado vacuno. Epidemiología, diagnóstico, control y erradicación. Planes de lucha.

87. Enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias del ganado ovino y caprino. Epidemiología, diagnóstico, control y erradicación. Planes de lucha.

88. Enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias del ganado porcino. Epidemiología, diagnóstico, control y erradicación. Planes de lucha.

89. Enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias de las aves y conejos. Epidemiología, diagnóstico, control y erradicación. Planes de lucha.

90. Enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias de los équidos, abejas, acuicultura y otras especies de producción. Epidemiología, diagnóstico, control y erradicación. Planes de lucha.