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RESOLUCIÓN número 2022-1510, de 23 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Villanueva de Gállego, por la que se rectifica la Oferta de Empleo Público excepcional 2022 en aplicación de lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Publicado el 05/12/2022 (Nº 235)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE GÁLLEGO

Texto completo:

Visto lo dispuesto en el artículo 2 y disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Considerando que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 91.1 prevé que las entidades locales formularán públicamente su oferta de empleo ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal.

Visto el Presupuesto municipal del ejercicio 2022 junto a la correspondiente plantilla de personal laboral y funcionario del Ayuntamiento de Villanueva de Gállego.

Considerando que, con carácter único y excepcional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), se prevé la posibilidad de convocar, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre), situación que concurre en la totalidad plazas a estabilizar en este ente local.

Visto el acuerdo de pleno de 20 de octubre de aprobación inicial de ampliación de la plantilla de personal para el ejercicio 2022, publicado en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", número 249, de 29 de octubre de 2022

Advertido errores materiales en la Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", numero 102, de 30 de mayo de 2022, corregida mediante anuncio en "Boletín Oficial de Aragón", número 112, de 13 de junio de 2022.

Considerando que dichas plazas deben incluirse en la Oferta de Empleo Público (OEP) que recoja esta tasa extraordinaria de estabilización de empleo temporal, rectificando los errores y omisiones observadas en la oferta empleo público extraordinaria publicada.

Considerando el interés de la Corporación y el objetivo de las normas sobre la estabilización de empleo temporal.

Siendo el órgano competente para su aprobación, en virtud de lo previsto en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelvo:

Primero.- Rectificar la Oferta de Empleo Púbico excepcional para 2022 en aplicación de lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en los siguientes términos:

En el punto primero, donde dice:

Personal laboral.

Debe decir:

Personal laboral.

El resto de la Oferta de Empleo Público publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 102, de 30 de mayo, se mantiene igual, con la corrección introducida en "Boletín Oficial de Aragón", número 112, de 13 de junio de 2022.

Segundo.- Comunicar a los representantes del personal laboral y funcionario de Ayuntamiento.

Tercero.- Comunicar al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Zaragoza, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente a su derecho.

Villanueva de Gállego, 23 de noviembre de 2022.- El Alcalde, Mariano Marcén Castán.