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EXTRACTO de la Orden ECU/1976/2023, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/840/2023, de 22 de junio, por la que se convocan becas que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar por parte del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y las becas de comedor que complementan las becas de comedor escolar durante el periodo estival no lectivo, para el curso 2023/2024.

Publicado el 08/01/2024 (Nº 5)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

Texto completo:

BDNS (Identif.): 704768

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/704768).

Con fecha 3 de julio de 2023, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", extraordinario número 4, el extracto de la Orden ECD/840/2023, de 22 de junio, por la que se convocan becas que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar por parte del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y las becas de comedor que complementan las becas de comedor escolar durante el periodo estival no lectivo, para el curso 2023/2024.

Mediante Orden del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades de 22 de diciembre de 2023, se ha aprobado modificación de la referida convocatoria, que afecta al extracto de la misma, por lo que el mismo queda modificado como sigue:

En el apartado decimoctavo, punto 4 de la convocatoria, relativo al pago, queda redactado como sigue:

4. Se podrán realizar pagos a cuenta o anticipos de pago a los centros públicos sin servicio de comedor y a los centros privados concertados hasta un 50 por ciento del importe concedido o, en su caso, porcentaje superior autorizado por la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023, sin necesidad de prestación de garantía. Podrá autorizar este pago anticipado la persona titular de la dirección general competente en la materia.

De acuerdo con lo establecido en el punto anterior, el pago del servicio de comedor durante el periodo escolar podrá realizarse en dos plazos, siendo el primero de hasta el 50% del importe previsto para dichos centros, de la siguiente manera:

En el primer trimestre del año 2024, el importe correspondiente a los días lectivos de septiembre de 2023 a enero de 2024 se abonará como pago a cuenta de las ayudas de los alumnos beneficiarios.

El importe correspondiente al periodo de febrero a junio de 2024 durante dicho ejercicio presupuestario.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse también en la página web del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades http://www.educa.aragon.es

Zaragoza, 22 de diciembre de 2023.- La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, Claudia Pérez Forniés.