Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden EPE/720/2020, de 31 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para el fomento de la contratación estable y de calidad y del empleo autónomo en el marco del Programa para la recuperación y el impulso del empleo en Aragón (PRIME).

Publicado el 07/08/2020 (Nº 156)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

Texto completo:

BDNS (Identif.): 518067

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/518067).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones PRIME - cuenta ajena los trabajadores autónomos y las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que tengan menos de 250 trabajadores de alta en la Seguridad Social en la fecha inmediatamente anterior a la de contratación, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la convocatoria, contraten por cuenta ajena, mediante contratos laborales de al menos dos años de duración y a jornada completa, a personas en situación de desempleo.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones PRIME- autónomos para favorecer una segunda oportunidad aquellas personas físicas que, con anterioridad a la fecha de publicación de esta Orden, hubiesen cesado con carácter definitivo en su anterior actividad como trabajadores autónomos o por cuenta propia, bien a partir del 14 de marzo de 2020 en el marco de la actual crisis derivada del COVID-19, o bien con anterioridad a dicha fecha, y que, en uno u otro caso y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en esta norma, se establezcan nuevamente como trabajadores autónomos o por cuenta propia.

Segundo.- Objeto.

En la línea de subvenciones PRIME-cuenta ajena serán subvencionables aquellas contrataciones que se inicien entre la fecha de entrada en vigor de esta Orden y el 31 de octubre de 2020.

En la línea de subvenciones PRIME-autónomos serán subvencionables aquellas altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que se efectúen entre la fecha de entrada en vigor de esta Orden y el 31 de octubre de 2020.

Tercero.- Bases Reguladoras.

Las bases para la concesión de estas subvenciones son las que se establecen en la Orden EPE/720/2020, de 31 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para el fomento de la contratación estable y de calidad y del empleo autónomo en el marco del Programa para la recuperación y el impulso del empleo en Aragón (PRIME).

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Cuarto.- Cuantía.

1. Estas subvenciones se financiarán con el Fondo Covid-19 del Gobierno de Aragón.

2. El presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo 2020 contiene dotación económica suficiente y adecuada para financiar el Programa PRIME para la recuperación y el impulso del empleo en Aragón.

El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a seis millones de euros (6.000.000 €) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 51016/G3221/470138/91019 del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo.

3. Esta actuación podrá ser objeto de financiación, en su caso, con cargo a los fondos que pudieran destinar las Diputaciones Provinciales para la reactivación económica y social en el ámbito provincial de cada una de ellas.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 58.4 y 5 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, los créditos de esta convocatoria tiene carácter estimativo, por lo que podrán ser objeto de un incremento derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito sin necesidad de nueva convocatoria, pero sí de la tramitación del procedimiento de su modificación y correspondiente publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Quinto.- Plazo de solicitud.

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora contratada o de la persona trabajadora autónoma por cuenta propia objeto de la subvención.

Sexto.- Otros datos.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios telemáticos conforme al modelo específico que se genera por la herramienta de "Tramitador on line", disponible en las siguientes direcciones electrónicas:

Prime - Contratación:

ciones.aragon.es/tramitar/programa-recuperacion-impulso-empleo-contratacion

Prime - Autónomos:

icaciones.aragon.es/tramitar/programa-recuperacion-impulso-empleo-autonomos

Zaragoza, 31 de julio de 2020.- La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón Menal.