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RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 9 de noviembre de 2012, por la que se renueva la autorización ambiental integrada de la explotación porcina para 6.000 plazas de cebo, equivalentes a 720 UGM, situada en el polígono 25, parcelas 228 y 233, del municipio de Tauste (Zaragoza), y promovida por Granja El Cubilar, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/05679).

Publicado el 20/11/2015 (Nº 225)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 8 de junio de 2015, se ha recibido en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental escrito presentado por D. José Arrieta Salas, en representación de la sociedad Granja El Cubilar, S. C., con CIF: G50955285, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada que posee la explotación citada, como consecuencia de la resolución de modificación no sustancial de este Instituto, de fecha 25 de mayo de 2015.

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de fecha 9 de noviembre de 2012, se renovó la autorización ambiental integrada para explotación porcina de cebo descrita, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 236, de 4 de diciembre de 2012 (Número Expte. INAGA 500601/02/2011/10164).

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 11 de marzo de 2013, se autorizó la modificación puntual consistente en la construcción de una nueva nave para albergar las 720 UGM, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 65, de 4 abril de 2013 (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/01286).

Tercero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 19 de noviembre de 2013, se actualizó dicha autorización ambiental integrada (Núm. Expte. INAGA 500601/02/2013/10392).

Cuarto.- Por Resolución este Instituto, de 25 de mayo de 2015, se autorizó la modificación puntual consistente en la ampliación de capacidad a 864 UGM y la construcción de una nueva nave para alcanzar dicha capacidad (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/04106).

Fundamentos de derecho

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental

Vistos, la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 27/2013, de 6 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 158/1998, de 1 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la capacidad de las explotaciones porcinas en la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013,de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 9 de noviembre de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, que renovó la autorización ambiental integrada de la explotación porcina para 6.000 plazas de cebo, equivalentes a 720 UGM, situada en el polígono 25, parcelas 228 y 233, del municipio de Tauste (Zaragoza), y promovida por Granja El Cubilar, S. C., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

Los puntos 1, 1.1 y 1.2 de la resolución quedarán sustituidos por los siguientes:

"1. Otorgar la renovación de la autorización ambiental integrada a una explotación porcina de cebo para 864 UGM, situada en las coordenadas ETRS89 (huso 30): X: 649.587, Y: 4.647.296, Z: 300, parcelas 228 y 233, del polígono 25, del municipio de Tauste (Zaragoza), y promovida por Granja El Cubilar, S. C., con CIF: G50955285. La renovación se otorga con el siguiente condicionado:

1.1. Instalaciones ganaderas existentes.

Las instalaciones autorizadas para el desarrollo de la actividad son: dos naves de dimensiones 14,60 x 124 m; una nave de 76,84 x 12 m; una nave de 75 x 14 m; un edificio destinado a oficinas/vestuario; una caseta para albergar el grupo electrógeno; dos balsas de purines, operativas, de dimensiones 51 x 15 x 2,20 m, y una capacidad total de 3.366 m³ para ambas balsas. Además, la explotación dispone de fosa de cadáveres con 60 m³ de capacidad, vado sanitario y vallado perimetral.

1.2. La balsa número 2, de almacenamiento de estiércoles, debe estar vallada y construida con material impermeable".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 28 de octubre de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS