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RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2020, del Director General de Innovación y Formación Profesional, por la que se convoca el Programa de Innovación "Emprender en la Escuela" para el curso 2020/2021 en los centros educativos públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 22/09/2020 (Nº 189)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La misión general de la educación y la formación incluye objetivos como la ciudadanía, el desarrollo personal y el bienestar.

La Unión Europea recomienda invertir en competencias en educación para lograr mejores resultados socioeconómicos y plantea como un reto principal generar aptitudes transversales y básicas. Las aptitudes transversales, como el pensamiento crítico, la iniciativa, la solución de problemas y el trabajo colaborativo, preparan a las personas para los recorridos de su carrera profesional y pone el foco en las relacionadas con el emprendimiento ya que estas no solo contribuyen a la creación de nuevas empresas, sino también a la empleabilidad de los jóvenes.

En las Conclusiones del Consejo Europeo, de mayo de 2009, sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y formación 2020 se establecen cuatro objetivos estratégicos siendo uno de ellos "incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu empresarial, en todos los niveles de la educación y la formación".

La Estrategia 2020 destaca que "el crecimiento inteligente significa la consolidación del conocimiento y la innovación como impulsores de nuestro crecimiento futuro y para tener éxito, debe combinarse con un espíritu emprendedor, financiación y una atención prioritaria a las necesidades de los usuarios y a las oportunidades del mercado". El desarrollo de la capacidad empresarial de los ciudadanos y las organizaciones europeas ha sido uno de los objetivos políticos clave para la UE y los Estados miembros durante muchos años, y es una de las ocho competencias clave para el aprendizaje permanente.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su título preliminar, que el sistema educativo español se orientará, entre otros, a la consecución del desarrollo de la capacidad del alumnado para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor. Establece que la Formación Profesional en el sistema educativo contribuirá a que el alumnado consiga los resultados de aprendizaje que le permita afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece como uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, incorporar a la oferta formativa aquellas acciones de formación que capaciten para el desempeño de actividades empresariales por cuenta propia, así como para el fomento de las iniciativas empresariales y del espíritu emprendedor, que contemplará todas las formas de constitución y organización de las empresas, ya sean éstas individuales o colectivas y en especial las de economía social.

La Orden ECD/489/2016, de 26 de mayo, por la que se aprueba el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria establece en el Capítulo I, artículo 4h), la necesidad de contextualizar el currículo a la realidad educativa de Aragón, desarrollando la creatividad, la innovación y el emprendimiento como actitud para el cambio y mejora de Aragón.

Por su parte, la Orden ECD/494/2016, de 26 de mayo, por la que se aprueba el currículo de Bachillerato, en el artículo 6.k) señala la necesidad de afianzar el espíritu emprendedor, con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, confianza en uno mismo y trabajo en equipo. En el artículo 7 se define el sentido de iniciativa y espíritu emprendedor como una de las competencias clave del Bachillerato.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional en el sistema educativo, insiste en el artículo 3 en que las enseñanzas de Formación Profesional tienen por objeto potenciar la creatividad, la innovación y la iniciativa emprendedora. En el mismo sentido se manifiesta el artículo 2 de la Orden de 29 de mayo de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de Formación Profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón viene cooperando desde el año 2000, con el Instituto Aragonés de Fomento, del Gobierno de Aragón, mediante la firma de Convenios de colaboración, que establecen un marco de actuación conjunta en el impulso de la iniciativa emprendedora entre el alumnado y el profesorado aragonés y su acercamiento al mundo de las empresas.

A este efecto, con el fin de seguir desarrollando el Programa "Emprender en la Escuela" en los centros educativos aragoneses, se pretende fomentar una metodología más activa, centrada sobre todo en las iniciativas y decisiones de los propios estudiantes, el reciclaje del profesorado y la mejora de la transferencia de conocimiento entre los ámbitos educativos, institucionales y empresariales de Aragón. Además, cabe destacar que en el curso 2020/2021, el programa cumple 20 ediciones, convirtiéndose así en una de las iniciativas de innovación pedagógica más longevas a nivel nacional.

Dadas las circunstancias excepcionales presentes en el curso 2020/2021, la organización del programa debe adaptarse a los diferentes escenarios contemplados de acuerdo a la evolución de la situación epidemiológica de la COVID-19.

Por ello, y en virtud de la competencia sobre la formación profesional atribuida a la Dirección General de Innovación y Formación Profesional por el artículo 3.7 del Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:

Primero.- Objeto de la convocatoria.

Formar como personas emprendedoras al alumnado que cursa estudios de Formación Profesional, Bachillerato, tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria en el sistema educativo de Aragón estimulando la creatividad y la iniciativa emprendedora.

Fomentar la cultura emprendedora entre el alumnado, proporcionar los conocimientos que les capaciten para el desarrollo cualificado de una profesión y el aprendizaje de habilidades emprendedoras, que mejoren su empleabilidad en el mercado de trabajo y potencien sus oportunidades para diseñar y poner en funcionamiento sus propias iniciativas de empresa en nuestra Comunidad.

Planificar una oferta formativa amplia y de calidad dirigida al profesorado de las distintas etapas educativas, que permita configurar un itinerario formativo específico en educación emprendedora para docentes, dado que los centros educativos ejercen un papel dinamizador del alumnado para llevar a cabo sus iniciativas viables de autoempleo.

Segundo.- Participantes.

Podrán solicitar la participación en esta convocatoria todos los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón, que impartan Formación Profesional, Bachillerato o Educación Secundaria Obligatoria y que cumplan los requisitos señalados en la presente Resolución, así como el profesorado con interés en formarse en técnicas y herramientas para generar proyectos emprendedores.

Tercero.- Acciones.

Talleres "Emprender en la Escuela", cuyo objetivo es servir de apoyo educativo al fomento de actitudes, habilidades y capacidades del alumnado en relación al desarrollo de iniciativas empresariales y a la elaboración de proyectos de empresa.

Premios "Emprender en la Escuela", pretenden reconocer el esfuerzo en la elaboración de los proyectos de empresa realizados por el alumnado a lo largo de todo el curso académico y la voluntad de su puesta en marcha real, manifestado durante la defensa de los mismos.

Formación del profesorado, que integra la programación de actividades formativas en modalidad de cursos, talleres, jornadas, seminarios y eventos, que permitan configurar un itinerario formativo específico en educación emprendedora para docentes.

Promoción y apoyo de espacios emprendedores en centros docentes de Formación Profesional y en el Centro de Innovación para la Formación profesional de Aragón (CIFPA).

Cuarto.- Talleres "Emprender en la Escuela".

Los talleres emprendedores versarán sobre materias y capacidades de desarrollo de iniciativas empresariales, ayudarán a elaborar un proyecto de empresa viable desde la perspectiva comercial y económico-financiera y potenciarán las habilidades sociales, de comunicación, la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

1. Desarrollo de los talleres.

El taller se iniciará con la visualización de un vídeo de 50 minutos elaborado por el formador que imparte el taller, que integrará los conceptos más importantes y aspectos clave a tener en cuenta en cada temática. La actividad se desarrollará en clase, dirigida por el profesorado responsable del centro, en su propia aula o bien mediante la plataforma telemática habitual de comunicación con los estudiantes.

El vídeo será accesible mediante enlace oculto por lo que solo lo podrán visualizar los centros a los que se les haya adjudicado el desarrollo del taller. El enlace se enviará junto a las instrucciones dirigidas al profesorado solicitante del taller para garantizar el correcto funcionamiento de la actividad. Se adjuntarán enlaces para su descarga que incluirán la presentación utilizada, materiales complementarios que puedan ser interesantes para el alumnado y/o trabajos a realizar que serán revisados en la fase de videoconferencia del taller.

Tras el visionado por parte del alumnado bajo la tutela del profesorado, se fijará entre el formador y el profesorado responsable del aula, el día y horario en los que se realizará la parte práctica del taller, citándose en la plataforma de videoconferencia utilizada por el centro docente.

Esta parte posibilitará el desarrollo de dinámicas activas, ejercicios prácticos, resolución de dudas y aclaraciones a cuestiones no atendidas relativas a la elaboración de los planes de empresa que se cursan durante el año.

2. Solicitud de los talleres.

El Instituto Aragonés de Fomento (IAF) publicará en su página web: www.emprenderenaragon.es, la oferta de talleres correspondientes al curso académico 2020-2021, ajustada a la disponibilidad presupuestaria. El profesorado solicitará un taller como máximo por cada modalidad educativa al Instituto Aragonés de Fomento indicando su preferencia de fechas y horarios, después de visualizar un vídeo corto explicativo sobre los objetivos y contenidos de cada taller.

El IAF gestionará por orden de solicitud de cada centro educativo, la adjudicación de cada taller al centro, con objeto de ordenar la actividad. En el caso de no existir disponibilidad del taller solicitado, se les remitirá un correo electrónico informando sobre los que estén en ese momento disponibles. Si hay disponibilidad de talleres sin ejecutar antes de finalizar el año, existe la posibilidad del disfrute de los mismos por parte de centros en los que ya se hayan desarrollado.

Quinto.- Premios "Emprender en la Escuela".

Los Premios Emprender en la Escuela en Aragón reconocen el esfuerzo y las habilidades emprendedoras del alumnado en la elaboración de los proyectos de empresa realizados a lo largo de todo el curso académico y su voluntad expresa de intentar la puesta en marcha real de sus iniciativas.

1. Requisitos de la convocatoria.

El Director del centro docente, previa aprobación del Consejo Escolar o Social del mismo, presentará la solicitud de participación en los Premios Emprender en la Escuela, según modelo establecido en el anexo I, acompañada de los proyectos de empresa que se presenten.

Cada centro educativo podrá presentar un único proyecto de empresa elaborado por su alumnado en cada una de las 5 categorías existentes. Cada proyecto se presentará por un equipo promotor formado como máximo por 3 estudiantes y coordinado por un profesor.

El alumnado participante deberá estar matriculado en algún curso de Ciclos Formativos de Formación Profesional, Bachillerato o último ciclo de Educación Secundaria.

La defensa de los proyectos se realizará a través de un vídeo de presentación con una duración máxima de 10 minutos, que se enviará junto con el proyecto elaborado en formato digital.

2. Solicitud y plazo de presentación de los proyectos empresariales.

Los centros docentes públicos y privados concertados interesados en participar en estos Premios deberán solicitarlo a la Dirección General de Innovación y Formación Profesional cumplimentando el anexo II.

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en los Servicios Provinciales de Educación, en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón. Así mismo se podrá presentar la solicitud conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presentación de los proyectos de empresa participantes se remitirá en formato digital, mediante el servicio de envío de ficheros del Gobierno de Aragón https://envios.aragon.es/aragon/upload.php o aplicación de transferencia de archivos, a la dirección de correo electrónico serviciofp@aragon.es

El plazo de presentación de la documentación del proyecto de empresa, acompañado del anexo II, según la modalidad educativa, finalizará el 10 de mayo de 2021.

La presentación de la solicitud de participación lleva consigo la aceptación, por parte de quienes la formulen, de los términos de la presente convocatoria.

3. Categorías.

Se establecen cinco categorías en las que se otorgará solo un premio ganador, por cada una de ellas:

Categoría A, a la mejor iniciativa emprendedora en tercero y cuarto de la Educación Secundaria Obligatoria.

Categoría B, a la mejor iniciativa emprendedora en Bachillerato.

Categoría C, a la mejor iniciativa emprendedora en Formación Profesional de Grado Medio.

Categoría D, a la mejor iniciativa emprendedora en Formación Profesional de Grado Superior.

Categoría E, a la mejor elaboración de proyecto de empresa en Formación Profesional de Grado Superior.

Se entregará diploma acreditativo de participación a todos los estudiantes que intervengan en la elaboración y defensa presencial o telemática de los proyectos.

4. Valoración de proyectos.

Los proyectos presentados serán estudiados por una Comisión de Valoración constituida por representantes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y del Instituto Aragonés de Fomento, quien determinará aquellos que pasarán a la fase final. Si dicha Comisión lo considera necesario mantendrá una reunión telemática con el equipo.

La Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

Originalidad y creatividad en la concepción y desarrollo del proyecto (hasta 10 puntos).

Detección de nuevas oportunidades de negocio, carácter dinamizador de sectores estratégicos, impulso al desarrollo social y económico de territorios de Aragón y mejora de la calidad de vida de la comunidad (hasta 10 puntos).

Innovación tecnológica en productos, servicios y procesos (hasta 10 puntos).

Calidad técnica de los proyectos, con una planificación completa de creación de la microempresa y cuidada presentación material (hasta 10 puntos).

Viabilidad técnica, comercial y económico-financiera del proyecto (hasta 20 puntos).

La composición multidisciplinar del equipo promotor y/o inclusión de valores relativos a la responsabilidad social. medioambiental y de igualdad de género en el proyecto (hasta 10 puntos).

Preparación innovadora y creativa de la defensa ante la Comisión de Valoración (hasta 10 puntos).

Habilidades y competencias emprendedoras del equipo promotor y voluntad manifiesta de la puesta en marcha real a corto-medio plazo (hasta 20 puntos).

5. Resolución del proceso.

El Director General de Innovación y Formación Profesional resolverá la concesión de los premios mediante una relación de proyectos empresariales ganadores y centros a los que pertenecen. La resolución del premio se comunicará a los interesados.

6. Proyectos empresariales ganadores.

Los equipos promotores de los proyectos ganadores que deseen poner en funcionamiento sus iniciativas podrán beneficiarse del conjunto de actuaciones y servicios de formación y asesoramiento gratuitos del Programa "Emprender en Aragón" del Instituto Aragonés de Fomento.

El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, a través de sus instrumentos de apoyo a las personas emprendedoras prestará el asesoramiento necesario sobre estrategia y viabilidad económico-financiera para la creación de la microempresa.

7. Reconocimiento del profesorado.

La Dirección General de Innovación y Formación Profesional emitirá certificación con el reconocimiento de 20 horas de formación al profesorado responsable de los proyectos empresariales presentados, a efectos de lo dispuesto en la legislación vigente. Este reconocimiento será por la labor de coordinación realizada a lo largo de todo el curso escolar para desarrollar y presentar el proyecto empresarial a los citados premios.

Para ello los Directores de los centros educativos presentarán el modelo de anexo III en el que conste el listado del profesorado participante y lo dirigirá al titular del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente, antes del 30 de junio de 2021.

Sexto.- Formación del profesorado.

1. Acciones formativas.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón junto con el Instituto Aragonés de Fomento diseñarán una oferta formativa específica y práctica, preferentemente con empleo de metodologías telemáticas, dirigida al profesorado de la Comunidad Autónoma.

Se programarán distintas actividades formativas que permitan al profesorado configurar un itinerario formativo específico en educación emprendedora. Se ofertará de forma prioritaria, formación sobre aspectos de viabilidad económico-financiera de proyectos, digitalización y habilidades y competencias para enseñar a emprender, de las que se informará oportunamente en la plataforma DOCEO de formación del profesorado.

2. Los objetivos de dichas acciones formativas serán:

Facilitar la formación del profesorado en técnicas y herramientas sobre innovación, creatividad y emprendimiento para aplicarlas en el aula, así como formación en aspectos financieros, de análisis de mercado, marketing y comercialización, para generar proyectos emprendedores viables con el alumnado de las distintas etapas educativas.

Contribuir a la formación del profesorado que imparte áreas, materias y módulos profesionales relacionados con el emprendimiento en las distintas etapas educativas, en metodologías activas basadas en proyectos para contribuir a su actualización y renovación pedagógica.

Divulgar la práctica y desarrollo de proyectos emprendedores, sociales, culturales y empresariales en la comunidad educativa.

3. Destinatarios:

Profesorado que imparte áreas, materias y/o módulos de emprendimiento, en las distintas etapas educativas de Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional, así como profesorado con interés en formarse en emprendimiento y creatividad.

Séptimo.- Espacios de emprendimiento en centros docentes públicos de Formación Profesional y en el CIFPA.

En colaboración con el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, a través del Instituto Aragonés de Fomento y otros organismos competentes, se realizarán acciones formativas y de asesoramiento especializado para la puesta en marcha de microempresas que posibilite su alojamiento en los espacios de emprendimiento, así como el apoyo y seguimiento continuado de las instaladas en la actualidad y aquellas que ya han cumplido el periodo de incubación en los viveros emprendedores en centros educativos de Aragón.

Octavo.- Régimen de recursos.

1. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

2. De acuerdo con la normativa citada, los centros docentes públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a la Orden que resuelva mediante escrito motivado, indicando las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 15 de septiembre de 2020.

El Director General de Innovación y Formación Profesional,

ANTONIO MARTÍNEZ RAMOS