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ORDEN ECD/1115/2020, de 29 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2019-2020.

Publicado el 17/11/2020 (Nº 228)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/800/2020, de 28 de julio ("Boletín Oficial de Aragón", número 172, de 31 de agosto), se convocaron los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2019-2020.

Una vez aplicados los criterios contenidos en el apartado sexto de la convocatoria, el Director General de Innovación y Formación Profesional dictó con fecha 1 de octubre de 2020 propuesta de Resolución provisional, habilitando un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones.

Transcurrido dicho plazo, y realizados los trámites previstos en el apartado octavo de la convocatoria, mediante Resolución de 26 de octubre de 2020, el Director General de Innovación y Formación Profesional dictó la propuesta de Resolución definitiva del procedimiento.

Igualmente, el apartado noveno de la convocatoria recoge que la concesión y notificación de los premios se realizará por el Consejero de Educación, Cultura y Deporte mediante Orden motivada, que incluirá la relación del alumnado premiado, la puntuación obtenida, el orden de prelación, así como la relación de solicitudes excluidas y desestimadas debidamente fundamentada, y será notificada mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educa.aragon.es), para su general conocimiento.

Según consta en expediente, los participantes que han optado a estos premios reúnen los requisitos establecidos en el apartado segundo de la convocatoria, y se han aplicado los criterios de valoración y realizados los restantes trámites exigidos por la misma.

Visto lo anterior, a propuesta del Director General de Innovación y Formación Profesional, y dando cumplimiento a lo establecido en la convocatoria, resuelvo:

Conceder los Premios Extraordinarios de Bachillerato de cada modalidad correspondientes al curso 2019-2020, al alumnado que figura en el anexo I de la presente Orden, con la correspondiente puntuación obtenida y el orden de prelación.

Aprobar la relación de solicitudes desestimadas de cada modalidad, con su correspondiente puntuación y orden de prelación, así como la relación de solicitudes excluidas, con indicación de la causa de exclusión, que figuran como anexo II y anexo III respectivamente a esta Orden.

Ordenar que el premio conste en el expediente académico y en el historial académico del alumnado premiado mediante diligencia realizada por el Secretario del centro docente correspondiente, de conformidad con el apartado tercero de la convocatoria y el anexo IV a esta Orden.

La obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato dará opción, previa inscripción, a concurrir al correspondiente Premio Nacional de Bachillerato que convoque el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Igualmente, de acuerdo con la normativa por la que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios de la Universidad de Zaragoza, los estudiantes con Premio Extraordinario de Bachillerato tendrán derecho, la primera vez que se matriculen en estudios universitarios en la Universidad de Zaragoza, a la exención total del pago de los precios públicos por matrícula en las asignaturas del primer curso.

Ordenar la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación, y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educa.aragon.es), para general conocimiento.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Zaragoza, 29 de octubre de 2020.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO