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ORDEN de 14 de junio de 2012, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se modifica la Orden de 14 de diciembre de 2011, del Departamento de Economía y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan para el ejercicio 2011 subvenciones para el uso eficiente de la energía y aprovechamiento de energías renovables, y se declara la distribución definitiva del crédito establecido en dicha orden.

Publicado el 27/06/2012 (Nº 124)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El Decreto 313/2007, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, habilitó al Consejero de Industria, Comercio y Turismo para establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía y cuyas actuaciones sean formalizadas mediante acuerdos o convenios con otras Administraciones.

Al amparo de dicho decreto se dictó la Orden de 14 de diciembre de 2011, del Departamento de Economía y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan, para el ejercicio 2011, subvenciones para el uso eficiente de la energía y aprovechamiento de energías renovables, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón», de 16 de diciembre de 2011.

En el apartado 2 de dicha orden, se definen los sectores y las áreas que podrán ser objeto de subvención. Concretamente, para el ahorro y eficiencia energética comprende el sector industria, el sector transporte, el sector edificación, el sector servicios públicos, el sector agricultura y pesca y el sector transformación de la energía. Para el fomento de energías renovables, acoge el área de biomasa térmica, el área de solar térmica de baja temperatura, el área de solar fotovoltaica o mixta eólico-fotovoltaica aislada, el área de pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás, el área de equipos para tratamiento en campo de biomasa, el área de surtidores para biocarburantes y el área de geotermia.

El apartado 2.c) de la Orden de 14 de diciembre de 2011 establece la cuantía con la que se financiará la convocatoria y su distribución entre distintas partidas presupuestarias del presupuesto de la Comunidad Autónoma para el ejercicio presupuestario de 2012. Sin embargo, y con carácter previo a la resolución de concesión, esta distribución requiere ser modificada puesto que la estimación previa de fondos según tipología de beneficiarios no se ha correspondido totalmente con las necesidades de concesión evaluadas a partir de las solicitudes presentadas.

Por consiguiente, esta situación exige que se modifique el apartado de la Orden de 14 de diciembre de 2011 referido al crédito previsto para la concesión de las ayudas con el fin de adecuar aquélla a la realidad presupuestaria, dando publicidad mediante esta modificación a la declaración definitiva de la distribución del crédito, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver de conformidad con el artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

En su virtud, y de acuerdo con la facultad establecida en el artículo primero del Decreto 313/2007, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragon y la competencia en materia de energía atribuida actualmente al Consejero de Industria e Innovación por el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho Departamento, dispongo:

Primero.- Declaración de la distribución definitiva del crédito.

El crédito destinado a financiar las subvenciones establecidas en la Orden de 14 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan, para el ejercicio 2011, subvenciones para el uso eficiente de la energía y aprovechamiento de energías renovables, y que se fija en cuantía total prevista de siete millones seiscientos setenta y siete mil ochocientos veintinueve euros con cincuenta y cinco céntimos (7.677.829,55 euros), se financiará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

17050 7311 440104/39050 20.000,00 €

17050 7311 460084/39050 90.000,00 €

17050 7311 470058/39050 390.000,00 €

17050 7311 480180/39050 9.500,00 €

17050 7311 740056/39050 130.000,00 €

17050 7311 760021/39050 1.450.000,00 €

17050 7311 770047/39050 3.395.329,55 €

17050 7311 780026/39050 2.193.000,00 €

Segundo.- Alcance de la modificación.

Las modificaciones contempladas en esta orden no implican la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes ni la modificación del resto del contenido dispuesto en la Orden de 14 de diciembre de 2011, del Departamento de Economía y Empleo.

Tercero.- Efectos.

Esta orden producirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 14 de junio de 2012.

El Consejero de Industria e Innovación,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ