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RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por la que se modifica puntualmente la Resolución de 9 de enero de 2009, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de cebo con capacidad para 318 UGM, situada en el polígono 10, parcelas 256, 257 y 275, del término municipal de Cabañas de Ebro (Zaragoza), y promovida por Hnos. Antolino Ruiz, S. C. (Expte. INAGA 500601/02/2015/08804).

Publicado el 07/09/2015 (Nº 173)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 25 de agosto de 2015, se presenta escrito en este Instituto, por D. Antonio Antolino Ruiz, en representación de Hnos. Antolino Ruiz, S. C., con CIF: J-50.990.910, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación por ampliación del plazo establecido para el inicio de la actividad.

Antecedentes de Hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 9 de enero de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 19, de 29 de enero de 2009 (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/03798).

Segundo.- Mediante Resolución de 24 de septiembre de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 204, de 19 de octubre de 2010, se modifica puntualmente dicha autorización ambiental integrada por ampliación del plazo establecido para el inicio de la actividad hasta el 29 de enero de 2013 (Número Expte. INAGA 500301/02/2010/06382).

Tercero.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2012, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 7, de 10 de enero de 2013, se procede a la modificación puntual de dicha autorización ambiental integrada por concesión de prórroga del plazo establecido para el inicio de la actividad hasta el 29 de enero de 2015 (Número Expte. INAGA 500601/02/2012/11451).

Cuarto.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10428).

Fundamentos Jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 9 de enero de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de cebo, en el término municipal de Cabañas de Ebro (Zaragoza), promovida por Hnos. Antolino Ruiz, S. C., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El último párrafo del apartado 2.14 de la resolución quedará sustituido por el siguiente:

"El comienzo de la actividad ampliada deberá ser anterior al 31 de octubre de 2015; de otra forma, la presente resolución quedará anulada y sin efecto".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 26 de agosto de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS