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Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 23 de noviembre

Publicado el 19/12/2022 (Nº 289)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA

Texto completo:

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 23 de noviembre de 2022, se han aprobado las siguientes bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión por promoción interna de una plaza de oficial de mantenimiento y una plaza de jardinero: Bases generales de la convocatoria Primera.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de las presentes bases cubrir dos plazas, en turno de promoción interna, que se incluyen en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2019, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, el 26 de febrero de 2020 y publicada en BOPZ núm. 56 de 10 de marzo de 2020, y publicada rectificación BOPZ núm. 191, de 20 de agosto de 2020, cuyas características son: Denominación de la plaza Oficial de mantenimiento Régimen Laboral Unidad/área Mantenimiento Categoría profesional C2 Titulación exigible Graduado en eso o equivalente. Sistema selectivo Concurso-oposición Núm. de vacantes Una Funciones del puesto -Poseyendo título expedido por una escuela de formación profesional o unos conocimientos teórico-prácticos equivalentes, desarrolla con total dominio de su oficio las tareas propias de su categoría, en las diversas especialidades y oficios. Asimismo, colabora en el desarrollo de las tareas de otras especialidades si es requerido para ello. -Controlar el uso y mantenimiento de los materiales, instrumentos, maquinaria y vehículos de su uso habitual. -Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. -Cuando es requerido para ello, colabora en el montaje de escenarios, tarimas o similares; montaje de elementos y megafonía para la celebración de festejos; traslado de muebles, sillas, etc. -Reparación y mantenimiento del alumbrado público y de mantenimiento de los edificios públicos municipales. -Labores de mantenimiento y reparaciones de las redes de agua, del alumbrado público, mobiliario urbano. -Localización de averías en la red de aguas; instalación reparación y mantenimiento de la red de aguas y alcantarillado; instalación, reparación y mantenimiento de sistemas de cloración, cañerías, sanitarios, grifos, depuradoras, calefacción, agua caliente, sistemas de bombeo, etc., en cualquier edificio o instalación municipal; instalación o enganche de acometidas de aguas; comprobación y lectura de contadores; montaje y desmontaje de bombas, sondas y motores averiados; control de acometidas que puedan suponer fraude; suministro de hipoclorito y comprobación de cloro; utilización de las herramientas, materiales y, en su caso, vehículo necesarios, así como realización de tareas de carga y descarga, si es preciso, de materiales y elementos afectos al servicio. Cualquier otra tarea de similar naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico. -Realización de replanteos. -Informar sobre las incidencias y el funcionamiento de la instalación, así como plantear las dudas o problemas existentes para el buen desarrollo de la misma a los supervisores. -Mediciones para realizar el pedido de materiales. -Previsión de otros materiales, herramientas, etc. y solicitud de adquisición de los mismos. -Recepción de los materiales destinados a la obra asignada y firma de albaranes. -Conducción de toda clase de vehículos. -Apoyo y formación del personal subordinado. Resolver los problemas y/o dudas que le plantee el personal subordinado en el desarrollo de las actividades. -Viabilidad invernal y otras emergencias. -Cualquier otra tarea de similar naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico.

Denominación de la plaza Jardinero Régimen Laboral Unidad/área Limpieza viaria-jardines Categoría profesional C2 Titulación exigible Graduado en eso o equivalente Sistema selectivo Concurso-oposición Núm. de vacantes Una Funciones del puesto -Las propias de las Jefaturas de unidad operativa limpieza viaria y jardines y, adicionalmente, las siguientes. -Distribuir el trabajo entre el personal operativo de la unidad, así como los instrumentos, maquinaria y materiales precisos para su ejecución. -Coordinar, supervisar, controlar y responsabilizarse del desarrollo de las funciones que competen a la unidad operativa. Limpieza viaria con la colaboración de sus subordinados, realizando tareas propias de oficial, especialmente aquellas de naturaleza más compleja de entre las asignadas a la unidad. -Informar a los superiores jerárquicos sobre las incidencias y el funcionamiento del servicio, personal, medios o cualquier anomalía o necesidad que afecte al servicio. -Previsión de materiales, herramientas, etc. y solicitud de adquisición de las mismas. Velar por el correcto suministro de aquellas para el desarrollo de los trabajos. Realizar pequeñas compras, visado de facturas. -Control del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. -Apoyo y formación del personal subordinado. Resolver los problemas y/o dudas que le plantee el personal subordinado en el desarrollo de las actividades. -Realizar pequeños replanteos y elaborar partes diarios. -Colaboración con las unidades operativas para la realización de tareas diversas relacionadas con las actividades de estas, cuando sea requerido para ello. -Revisión y control de la recogida de residuos, así como ubicación de contenedores. -Controlar el uso y mantenimiento de los materiales, instrumentos, maquinaria y vehículos de su uso habitual. -Viabilidad invernal y otras emergencias. -Las propias de la especialidad correspondiente a la clase/categoría profesional a la que pertenezca. -Cualquier otra tarea de similar naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico.

Ambos contratos son fijos a jornada completa. Las retribuciones son las determinadas en el convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de la Almunia de Doña Godina de acuerdo a su categoría profesional, todo ello de conformidad con el artículo 27 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Segunda.- Condiciones de admisión de aspirantes. Para formar parte en las pruebas de selección será necesario: a) Ostentar la cualidad de personal laboral perteneciente al puesto AP, con una antigüedad de más de dos años como personal laboral en su puesto de trabajo, según lo dispuesto en el artículo 76 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, aplicado por analogía. b) Estar en posesión de la titulación de graduado en eso o técnico basico en mantenimiento de viviendas, en electricidad, fontanería o equivalente, y en el caso de la plaza de jardinero, graduado en eso o técnico en jardineria o equivalente o estar en condiciones de obtenerla. c) No haber sido despedido mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se tratara de acceder al mismo grupo profesional al que se pertenecía. d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. e) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. f) Carné de conducir B . Tercera.- Forma y plazo de presentación de instancias. Las solicitudes (Anexo II), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al señor concejal delegado de Personal del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. A la instancia se le acompañará de carta acreditativa de haber abonado en la C/C núm. ES39 2085 1017 2803 0014 3116, el importe de los derechos de examen que ascienden a 7,25 euros o resguardo de giro postal o telegráfico. Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el BOPZ, en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para su mayor difusión. Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos. Cuarta.- Admisión de aspirantes. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Concejalía Delegada de Personal dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el BOPZ, en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es. y en el tablón de anuncios se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación. Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de treinta días desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas. Vistas las alegaciones presentadas por resolución de la Concejalía Delegada de Personal, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que igualmente será objeto de publicación en el BOPZ, en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios. En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es y, en su caso, en el tablón de anuncios; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica del Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es. y, en su caso, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del tribunal. Quinta.- Tribunal calificador. Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie. El número de los miembros de los tribunales nunca será inferior a cinco; asimismo, su composición será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. El tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir, actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboración en el tribunal. El tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje. La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La categoría del tribunal a efectos de cobro de indemnizaciones de acuerdo a lo previsto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, es segunda. Sexta.- Sistema de selección y desarrollo de los procesos. El sistema de selección será el de concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Público, garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Fase de oposición: La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el tribunal. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir. El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del tribunal. Los ejercicios de la oposición serán los siguientes: Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo establecido por el tribunal calificador, a un cuestionario de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, y que versarán sobre el temario que figura en el anexo I de esta convocatoria. Las respuestas no contestadas y las erróneas no puntuarán más de una respuesta a la misma pregunta tendrá igual consideración que una respuesta errónea. Se calificará de 0 a 10, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 5 puntos. Segundo ejercicio: Consistente en resolver o ejecutar una o varias pruebas o supuestos prácticos, que podrán contar con diversos apartados, propuestas por el tribunal y relacionadas con las materias del anexo I de estas bases, en el tiempo y con los medios auxiliares que el tribunal disponga. El contenido de este ejercicio deberá guardar relación directa con las características funcionales del puesto a cubrir. Se valorará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. En caso de realizarse más de una prueba, la calificación del ejercicio resultará de calcular la nota media de las obtenidas en cada una de las pruebas. La calificación de este segundo ejercicio deberá efectuarse mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del tribunal calificador, cuando entre la puntuación otorgada por algún miembro del tribunal y la media de las puntuaciones otorgadas por el resto de los miembros del tribunal exista un diferencia de dos o más enteros entre estas, será automáticamente excluida, y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes, siendo necesario que se conserven como mínimo tres de las puntuaciones otorgadas para poder calificar. Si ello no fuera posible, el tribunal procederá a evaluar nuevamente. La calificación de la fase de oposición que se alcance por los aspirantes será la media aritmética que resulte de la puntuación obtenida en los dos ejercicios. Los aspirantes que no superen los ejercicios se les calificará como no aptos. El anuncio de las calificaciones resultantes, que se harán públicas a través del tablón de anuncios de la Corporación, de cada uno de los ejercicios y/o pruebas establecerá un plazo máximo de cuatro días hábiles para solicitar la revisión de los mismos, sin perjuicio de la interposición de los recursos procedentes. Fase de concurso: No tendrá carácter eliminatorio y, en ningún caso, podrá aplicarse la puntuación obtenida en esta fase para superar los ejercicios de la fase de oposición. La valoración de los méritos solo se realizará una vez celebrada la fase de oposición y respecto de los candidatos que hayan superado los ejercicios. Los méritos alegados deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, disponiendo de un plazo de diez días hábiles para acreditarlos, a partir de la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición. La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación, en la que se establecerá un plazo máximo de cuatro días hábiles para solicitar la revisión de la puntuación, sin perjuicio de la interposición de los recursos procedentes. 1. Se valorará con un máximo de 7 puntos la fase de concurso. La valoración de los méritos se realizará atendiendo a los criterios y baremos siguientes: -Experiencia profesional: valorándose hasta un máximo de 5 puntos, distribuidos de la siguiente forma: Se valorará con 0,10 puntos por mes, los servicios efectivos prestados en Administraciones públicas, en plaza de personal laboral o en plaza de funcionario perteneciente a escala y subescala, y en su caso clase y categoría de la plaza a la que se opte, desechándose la fracción sobrante. Se valorará con 0,05 puntos por mes, la experiencia adquirida en Administraciones públicas, en plaza de personal laboral o en su caso funcionario, en el grupo inferior de procedencia en puestos similares a la plaza que se opte, desechándose la fracción sobrante. -Formación: Se valorarán en este apartado los cursos recibidos o impartidos por los aspirantes que guarden relación con el puesto a desempeñar: a) Que hayan sido impartidos por la Administración pública o por organismos dependientes de la misma. b) Que lo hayan sido por otras entidades distintas a las anteriores, incluidas las organizaciones sindicales, siempre que haya existido participación de la Administración pública o de los organismos dependientes de esta a través de cualquier tipo de colaboración, o hayan sido homologados por el órgano competente de una Administración pública. Se valorará solo un curso de formación por materia cuando del análisis del contenido de los cursos se constate que los contenidos tratados son coincidentes y la adición de epígrafes concretos no supone, por profundidad y extensión, la ampliación sustancial de conocimientos sobre la materia de que se trate. En caso de no constar el contenido concreto de los cursos, la elección de un único curso por materia se realizará automáticamente, valorándose aquel curso mediante el cual el aspirante obtenga una mayor puntuación, lo que estará en función del número de horas del mismo y del carácter de asistencia, aprovechamiento o impartición del mismo. Cuando en las certificaciones o diplomas no figure el número de horas que los constituye serán valorados por el tribunal con la mínima puntuación alcanzable. Valorándose hasta un máximo de 2 puntos, con el siguiente baremo: Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el puesto De 10 a 20 horas: 0,20 puntos. De 21 a 50 horas: 0,40 puntos. De 51 a 80 horas: 0,50 puntos. De 81 a 100 1 punto. De 101 en adelante 2 puntos.

-Acreditación de los méritos: A) Acreditación de la experiencia profesional: Certificado de los servicios prestados emitido por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen prestado, indicándose el tiempo exacto de duración de los mismos, categoría profesional, o subescala y clase, en su caso. B) Acreditación de la formación específica: Se presentará fotocopia compulsada o acompañada del original para su compulsa, del título, diploma o documento acreditativo de la realización o impartición del curso respectivo. Séptima.- Calificación. A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará la puntuación obtenida en la fase de concurso. Octava.- Relación de aprobados, acreditación de los requisitos exigidos y formalización de contratos. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al concejal delegado de Personal, que la publicará, una vez realizado el nombramiento en el BOPZ. El aspirante propuesto acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publican en el BOPZ, las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia, de quien, dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación exigida. El órgano competente procederá a la formalización de los contratos, previa justificación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Novena.- Protocolo COVID-19. 9.1. Durante la realización de los procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina, se realizará un protocolo para prevenir contagios por COVID-19. Este protocolo será de obligado cumplimiento para todos los aspirantes que participen en los procesos de selección. Los aspirantes que no cumplan con las normas establecidas en este protocolo no podrán participar en la realización de las pruebas. Cualquier incumplimiento de este protocolo y no atención a las instrucciones dadas por parte de las personas que integran los órganos de selección o personal de apoyo conllevará la expulsión del aula y la imposibilidad de continuar con el desarrollo del examen. 9.2. Medidas de carácter general. -No podrán acceder al centro aquellas personas con síntomas compatibles con COVID-19 (tos, fiebre, dificultad para respirar y/o pérdida de olfato y gusto), aquellas a las que se les haya diagnosticado la enfermedad y que no hayan finalizado el período de aislamiento requerido o las que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19. -Los opositores accederán al edificio solos, excepto los que tengan algún tipo de discapacidad, que podrán acceder acompañados por otras personas. -Se establecerá el acceso exclusivo a los edificios donde se realicen los exámenes para los opositores, miembros del tribunal y colaboradores. -Mientras permanezcan en el edificio, todas las personas están obligadas al uso de mascarilla en todo momento. -Mantenimiento en todo momento de la distancia mínima de seguridad (1,5 metros). En las aulas de examen, la distribución de las mesas y/o sillas se realizará manteniendo la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros.

- Se elegirá la ubicación de los accesos de entrada de los opositores al edificio, teniendo en cuenta que las personas con discapacidad física (diversidad funcional) deberán disponer de un acceso específico. En el exterior del edificio, se organizarán filas dispuestas de tal forma que siempre se mantenga la distancia física interpersonal mínima de 1,5 metros. -A la entrada de las aulas de examen habrá hidrogel para la limpieza obligatoria de los opositores en el acceso y a la salida de las mismas. -Los aspirantes rellenarán una declaración responsable declarando no presentar sintomatología compatible con la enfermedad COVID-19 ni haber estado en contacto directo con persona confirmada o probable de COVID-19 en los últimos diez días. -Una vez finalizado el examen, los opositores abandonarán el edificio donde este se haya realizado. 9.3. No se celebrará una segunda convocatoria de examen en fecha distinta a la publicada, independientemente de la no presentación de aspirantes por motivos relacionados con la crisis sanitaria del COVID-19. Décima.- Protección de datos de carácter personal. 10.1. De acuerdo con la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, le informamos de que sus datos personales serán tratados por el Ayuntamiento de la Almunia de Doña Godina con la única finalidad de tramitar su participación en esta convocatoria de empleo público. El tratamiento de los datos está legitimado por el ejercicio de poderes públicos conferidos al Ayuntamiento de Alagón y/o por el cumplimiento de una tarea en interés público. Sus datos no serán cedidos a terceros salvo que la ley lo permita o lo exija expresamente. 10.2. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación y supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y de oposición, en relación a sus datos personales, dirigiéndose al Ayuntamiento de la Almunia de Doña Godina, plaza de España, núm. 1, 50071, La Almunia de Doña Godina o a través del correo: laalmunia@almunia.es. Undécima.- Incidencias. Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el BOPZ (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre; y los pactos de aplicación al Personal Funcionario y Convenio Colectivo del Personal del Ayuntamiento, así como las normas aplicables al personal laboral contenidas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

ANEXO I Temario plaza de oficial de mantenimiento Tema 1. Redes eléctricas aéreas para distribución de energía. Materiales. Ejecución de las instalaciones. Tema 2. Motores de corriente continua. Tipos. Estudio. Aspectos constructivos. Características. Motores de corriente alterna. Clasificación. Aspectos constructivos. Tema 3. Transformadores. Clasificación. Aspectos constructivos. Pilas, baterías. Generadores. Tipos. Características. Acoplamientos. Tema 4. Lámparas. Características. Equipos. Conexiones. Líneas de distribución en baja tensión. Líneas de enlace. Esquemas y elementos de la instalación hasta el abonado. Tema 5. Reconocimiento y diseño de esquemas eléctricos. Tema 6. Conceptos fundamentales en fontanería. Caudales y consumos, velocidad, desplazamiento del agua, relación entre caudal, velocidad y sección. Presión, relación presiónaltura, pérdidas de carga, golpe de ariete. Tema 7. Instalaciones interiores. Diseño y montaje de instalaciones, dimensionamiento y caudales mínimos en aparatos domésticos. Instalaciones de redes generales de distribución de agua a presión. Montaje de las instalaciones. Tema 8. Elementos de las instalaciones. Tuberías y accesorios, válvulas y dispositivos de control, grifería sanitaria, fluxores, contadores, aljibes, desagües, ventosas. Tema 9. Acometidas domiciliarias de agua potable. Normativa, características, materiales e instalación. Tema 10. Bombas y grupos de presión. Tipos y funcionamiento de las bombas, componentes de un grupo de presión. Tema 11. Red de evacuación y desagües. Instalación, dimensionamiento y materiales. Tema 12. Máquinas y herramientas. Clases, condiciones de trabajo. Tema 13. Normativa aplicable en materia de redes de distribución de agua potable y saneamiento. En especial Reglamento del servicios de agua y alcantarillado del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina. Tema 14. Prevención de riesgos laborales. Riesgos laborales específicos en las funciones del puesto, medidas de protección individuales y colectivas. Tema 15. Almacenaje. Clasificación de los productos. Planificación de los espacios y volúmenes del almacén. Organización interna. Protección física de las mercancías y productos. Manejo de los materiales. Movimiento del material. Circuitos de servicio y recorrido. Soportes de carga y contenedores. Temario plaza de jardinero Tema 1. Árboles ornamentales. Principales especies utilizadas en jardinería y su cultivo. Arbustos y trepadores ornamentales. Principales especies utilizadas en jardinería y cuidados rutinarios. Tema 2. Plantas vivaces, anuales y bienales. Principales especies utilizadas en nuestros jardines y su cultivo. Tema 3. Las labores más frecuentes en el mantenimiento del jardín. Las herramientas necesarias, los equipos de seguridad y los calendarios de trabajo. Tema 4. El césped. Consideraciones climáticas. Implantación, conservación. Programa de mantenimiento. Tema 5. La poda. Necesidades y tipos. Sanidad de los árboles: Prevención, heridas y pudriciones. Identificación de riesgos y tratamientos. Tema 6. Plagas y enfermedades de las plantas ornamentales de nuestros parques: Daños, sintomatología, reconocimiento, identificación, prevención y tratamiento. Tema 7. El agua: Principios de utilización. La xerojardinería y la tecnojardinería. Características de los sistemas de riego. Identificación de problemas y mantenimiento de elementos y materiales. Tema 8. Los suelos y los fertilizantes. Tipos, mezclas y utilización. Tema 9. Prevención de riesgos laborales. Riesgos laborales específicos en las funciones del puesto, medidas de protección individuales y colectivas. Tema 10. Principales elementos o componentes en una red para riego de zonas verdes. Otras infraestructuras en las zonas verdes. Elementos de amueblamiento. Áreas de juego infantiles. Trabajos de conservación y mantenimiento. Inspección y verificaciones.

Tema 11. Diferentes tipos de suelo. Labores del suelo, Clase, enmiendas, aportes y sutratos. Tema 12. Setos: Plantación, poda de mantenimiento y de renovación, formación, recortes, mantenimiento general y especies más usadas. Tema 13. Abonados: Tipos. Nutrientes. Abonos. Carencias nutricionales y consecuencias de los excesos de abonado. Condicionantes del abonado. Calidad de plantas de vivero. Preparación, acondicionamiento y arranque de plantas de vivero. Tema 14. Plantación de subarbustos y plantas de flor. Marcos de plantación. Utilización y disposición de las plantas: Arriate, bordura, jardinera, macizo, parterre y rocalla. Poda y recorte de arbustos y subarbustos. Tipos de arbustos y sus podas. Especies arbustivas usadas frecuentemente en jardinería y su época idónea de poda. ANEXO II Solicitud de participación en proceso selectivo D................................................................................................................ DNI ............................................ Domicilio a efectos de notificación:................................................................ Municipio: ................................................................................................. Teléfonos: ........................................................................................................ Expone: Que reúne los requisitos exigidos en la base segunda de las que rigen la convocatoria para la cobertura por el sistema de promoción interna, de una plaza de...................................., vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina y Solicita Ser admitido a participar en el proceso selectivo convocado. ..........................................a.............de.........................de 202.... AL SR. CONCEJAL DELEGADO DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA( ZARAGOZA). La Almunia de Doña Godina, 7 de diciembre de 2022. - La alcaldesa, Marta Blanca Gracia Blanco.