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ORDEN CUS/1930/2022, de 21 de diciembre, por la que se modifica la Orden CUS/1923/2019, de 30 de diciembre, por la que se concede una subvención a la Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón (Fundación CEFCA) para financiar el proyecto denominado "Galáctica-Observatorio Astrofísico de Javalambre" en el marco del Convenio suscrito entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón, para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes (FITE 2019), y la Orden CUS/1905/2021, de 23 de diciembre, por la que se concede una subvención a la Fundación CEFCA para financiar el mismo proyecto en el marco del Convenio FITE 2021.

Publicado el 30/12/2022 (Nº 251)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIENCIA, UNIVERSIDAD Y SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO

Texto completo:

Vistos los expedientes relativos al proyecto "Galáctica - Observatorio Astrofísico de Javalambre", Convenio FITE 2019 y Convenio FITE 2021, se han apreciado los siguientes

Primero.- Con fecha 11 de diciembre de 2019, se suscribió Convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes (en adelante Convenio FITE 2019), publicado en el "Boletín Oficial del Estado", número 24, de 28 de enero de 2020, en virtud del artículo 2.2 del Real Decreto 703/2019, de 29 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel que favorezcan la generación de actividad económica en dicha provincia.

Conforme a la cláusula 2.ª, apartado 2, del Convenio FITE 2019 la Comisión de Seguimiento, en el acta suscrita en fecha 11 de diciembre de 2019, aprobó los proyectos propuestos por la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo de la misma, entre los que figura, por un importe de tres millones de euros (3.000.000 €), en el subapartado i.3, el enunciado como "Galáctica - Observatorio Astrofísico de Javalambre" cuyo objeto son "inversiones en proyectos científicos en el Observatorio Astrofísico de Javalambre, infraestructura científica, técnica y astronómica, construida por el Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón (CEFCA) para llevar a cabo grandes cartografiados astronómicos".

Para canalizar el importe aprobado por la Comisión de Seguimiento del Convenio FITE 2019 mediante Orden CUS/1923/2019, de 30 de diciembre, la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento concedió una subvención de tres millones de euros (3.000.000 €) a la Fundación CEFCA para financiar el citado proyecto en el marco del Convenio FITE 2019 con cargo a la aplicación presupuestaria 17030G/5423/780167/32200 del Presupuesto de Gastos del ejercicio 2019 cuya cuantía se abonó en su totalidad en concepto de pago anticipado.

La Orden CUS/1923/2019, de 30 de diciembre, fue modificada por la Orden CUS/622/2019, de 7 de julio, y por la Orden CUS/23/2021, de 14 de enero.

Segundo.- Así mismo, con fecha 28 de julio de 2021 se suscribió Convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes (en adelante Convenio FITE 2021), publicado en el "Boletín Oficial del Estado", número 232, de 28 de septiembre de 2021.

Conforme con la cláusula 2.ª, punto 2, del convenio, la Comisión de Seguimiento en sesión de 2 de diciembre de 2021, una vez cumplida la previsión contemplada en la cláusula 4.ª, punto 6, del citado convenio, que establece un sistema para valorar la elegibilidad de los proyectos exigiendo a este respecto la conformidad de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, manifestada en los informes de 28 de julio de 2021 y 21 de septiembre de 2021, aprueba entre otros el proyecto E3 "Galáctica-Observatorio Astrofísico de Javalambre" por importe de 2.000.000 de euros.

Para poder canalizar el importe aprobado por la Comisión de Seguimiento del Convenio FITE 2021 mediante Orden CUS/1905/2021, de 23 de diciembre, la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento concedió una subvención de dos millones de euros (2.000.000 €) a la Fundación CEFCA para financiar el citado proyecto en el marco del Convenio FITE 2021 con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del ejercicio 2021:

17030/G/5423/740101/32221..................1.000.000 de euros

17030/G/5423/740101/91221..................1.000.000 de euros

Dicha cuantía se abonó en su totalidad en concepto de pago anticipado.

Tercero.- En relación con las actuaciones del proyecto "Galáctica - Observatorio Astrofísico de Javalambre" realizadas en el marco del Convenio FITE 2017, el plazo de ejecución finalizó en el año 2019 y fue en el año 2020 cuando se justificó la totalidad del mismo ante la Intervención General. De un importe inicial de 3.550.000 euros, se ejecutaron 2.539.054,59 euros, quedando un remanente de dicho convenio por importe de 1.010.945,41 euros.

En el caso de las actuaciones del referido proyecto realizadas en el marco del Convenio FITE 2018, el plazo de ejecución finalizó en el año 2021, dada la ampliación del plazo de ejecución concedida como consecuencia de la pandemia del Covid-19, y fue en el año 2021 cuando se justificó la totalidad del mismo ante la Intervención General. De un importe inicial de 1.600.000 euros, se ejecutaron 1.347.659,14 euros, quedando un remanente de dicho convenio por importe de 252.340,86 euros.

Cuarto.- Tras la solicitud de reprogramación de las actuaciones a ejecutar con los remanentes disponibles del proyecto de referencia, efectuada por la Dirección General de Relaciones Institucionales del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, atendiendo al resultado de la liquidación de los convenios del FITE 2017 y 2018 efectuada en los años 2020 y 2021 y al amparo de la cláusula undécima, apartado 2, del Convenio FITE 2019, que permitía aprobar por la Comisión de Seguimiento nuevos proyectos a financiar con aportaciones derivadas de la inejecución de proyectos derivados de los convenios de 2017 y 2018, desde la Dirección General de Investigación e Innovación, se remitió escrito de fecha 8 de julio de 2021 a la Fundación CEFCA solicitando una propuesta sobre la reprogramación de importes no ejecutados correspondientes a los convenios de 2017 y 2018. Con fecha 13 de julio de 2021 tiene entrada escrito de la misma fecha de la Fundación CEFCA en el que propone la reprogramación de los remanentes no ejecutados relacionados con el FITE 2017 por importe de 1.010.945,41 euros y relativos al FITE 2018 por importe de 252.340,86 euros.

Quinto.- Desde la Dirección General de Investigación e Innovación se remiten las propuestas a la Dirección General de Relaciones Institucionales al objeto de que se concrete la reprogramación acordada con el Estado en el marco de la Comisión de Seguimiento del Convenio FITE.

De acuerdo con el certificado de 8 de noviembre de 2022 del Director General de Relaciones Institucionales, la Comisión de Seguimiento celebrada el 7 de noviembre de 2022, una vez analizados las propuestas de diferentes proyectos, acuerda la incorporación de los fondos públicos consignados en el citado certificado, de la siguiente manera:

Respecto al proyecto Galáctica - Observatorio astrofísico de Javalambre vinculado al Convenio FITE 2019, se incorpora un importe de 678.000 euros.

Respecto al proyecto Galáctica - Observatorio astrofísico de Javalambre vinculado al Convenio FITE 2021, se incorpora un importe de 585.286,27 euros.

Sexto.- Por otro lado, se ha solicitado a la Fundación Cefca, anexo con las actuaciones concretas relativas a la reprogramación correspondientes a cada uno de los Convenios (FITE 2019 y FITE 2021) desglosadas por subproyectos, a las que se van a destinar los importes adicionales aprobados por la Comisión de Seguimiento, habiéndose recibido las mismas con fecha 17 de noviembre de 2022.

Séptimo.- En el resuelvo cuarto de la Orden CUS/1923/2019, de 30 de diciembre, se establece lo siguiente respecto al plazo de ejecución del Convenio FITE 2019:

"...1. Conforme al artículo 4 del Real Decreto 703/2019, de 29 de noviembre, la cláusula 13.ª punto 1, del Convenio FITE 2019 y el epígrafe i.) punto 3 del acta de la 1era reunión de la Comisión de Seguimiento del convenio, el periodo de ejecución es del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2022. Asimismo, conforme a la cláusula 7.ª, punto 1, del Convenio FITE 2019 el gasto deberá corresponder al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2022.

En aplicación de la cláusula 3.ª, punto 9, del Convenio FITE 2019 el plazo de ejecución no puede exceder el plazo de vigencia del citado convenio"...

En la Comisión de Seguimiento del Convenio FITE 2019 que tuvo lugar el día 21 de junio de 2022 se aprueba la petición de la Dirección General de Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, que solicita que, sobre los plazos del convenio de colaboración suscrito en 2019, se proyecten los efectos de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

La Comisión de Seguimiento acepta la petición y las dos administraciones firmantes del Convenio asumen que, de acuerdo con las conclusiones quinta y sexta del informe R-511/2020 de la Abogacía del Estado, el plazo de ejecución del Convenio FITE 2019, suscrito el 11 de diciembre de 2019, se extenderá hasta el día 24 de marzo de 2023 y su plazo de justificación hasta 24 de junio de 2023; todo ello supeditado a lo que pudiera establecer el calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado.

Visto, el informe-propuesta, de fecha 30 de noviembre de 2022, emitido por el Director General de Investigación e Innovación, así como el informe favorable de fecha 20 de diciembre de 2022 emitido por la Interventora General de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Vistos, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón (aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón); la Circular 3/2017, de 27 de octubre, de la Intervención General, y la Circular 1/2018, de 22 de febrero; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; el Convenio suscrito el 11 de diciembre de 2019 entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes; el Convenio suscrito el 28 de julio de 2021 entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existente); el Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, y demás normativa e instrumentos aplicables, se han considerado los siguientes:

Fundamentos de derecho

Primero.- La cláusula undécima del Convenio FITE 2019 establece que:

"1. De conformidad con la certificación de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Aragón, de 7 de noviembre de 2019, y una vez realizadas las comprobaciones correspondientes a las anualidades de 2013 a 2016, el importe no ejecutado en aplicación de los convenios correspondientes a dicho periodo asciende a 39.972.360,93 euros. Esta cantidad, conforme al Acuerdo de la Comisión de Seguimiento del convenio celebrada el 11 de abril de 2019, es imputable a las aportaciones correspondientes a la comunidad autónoma (...).

La Comisión de Seguimiento deberá proceder a la aprobación de proyectos a financiar con cargo a estas aportaciones especiales, en los términos previstos en el apartado 6, de la cláusula 4.ª, para las aportaciones ordinarias recogidas en el presente convenio.

2. Una vez se proceda a la liquidación de las aportaciones realizadas conforme a los Convenios de 2017 y 2018, en los términos previstos en los mismos, si resultara una inejecución de los proyectos inicialmente aprobados, al importe de la misma deberá aplicarse el mismo procedimiento previsto en los apartados anteriores de la presente cláusula. A tal efecto, la Comisión de Seguimiento dispone de las facultades necesarias para aprobar la propuesta que habrá de formular el Gobierno de Aragón con la periodificación de las aportaciones que fueran aplicables".

En este contexto y conforme al acuerdo adoptado por la Comisión de Seguimiento en el que se modifica la asignación de los recursos financieros para el proyecto Galáctica - Observatorio astrofísico de Javalambre vinculado a los Convenios FITE 2019 y 2021, deben modificarse las órdenes de concesión de las subvenciones efectuadas a CEFCA correspondientes a dichos convenios, para incorporar esos importes y realizar las variaciones precisas para permitir su adecuada aplicación material.

Segundo.- El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ("Boletín Oficial del Estado", número 67, de 14 de marzo de 2020), en su disposición adicional tercera, suspende los plazos administrativos estableciendo que el cómputo de los mismos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el mencionado real Decreto, o en su caso, las prórrogas del mismo.

En la cláusula 4.ª del Convenio FITE 2019 está prevista la constitución de una Comisión de Seguimiento del Convenio para el seguimiento, vigilancia y control del convenio FITE y de los compromisos adquiridos por las partes. De acuerdo con lo indicado en el antecedente séptimo, la Comisión de Seguimiento del Convenio del FITE 19, acordó la ampliación de los plazos de ejecución y justificación, por lo que ha de modificarse la Orden CUS/1905/2021, de 23 de diciembre, con el fin de adaptar los plazos en ella previstos a los nuevos plazos.

La modificación corresponde al órgano concedente, por tanto, a la persona titular del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, estando delegado su ejercicio en la persona titular de la Secretaria General Técnica de departamento en virtud de la Orden CUS/1443/ 2022, de 13 de octubre.

En virtud de lo anterior, resuelvo:

Primero.- Modificar la Orden CUS/1923/2019, de 30 de diciembre, por la que se concede una subvención a la Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón (Fundación CEFCA) para financiar el proyecto denominado "Galáctica - Observatorio Astrofísico de Javalambre" en el marco del convenio suscrito entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes (FITE 2019) en el siguiente sentido:

1. El apartado primero, punto 1, objeto y régimen, queda redactado en los siguientes términos:

"1. Conceder a la Fundación CEFCA (en adelante entidad beneficiaria) una subvención por un importe máximo de tres millones seiscientos setenta y ocho mil euros (3.678.000 €) para la financiación del proyecto denominado "Galáctica - Observatorio Astrofísico de Javalambre aprobado, en los términos y condiciones establecidos en el informe de 12 de diciembre de 2019 de la Intervención General de Aragón, correspondientes a la aportación inicial (3.000.000 €) y a la reasignación acordada por la Comisión de Seguimiento del FITE (678.000 €).

Aplicación presupuestaria de la financiación: 17030 G/5423/780167/32200 del Presupuesto de gastos del ejercicio 2019 (3.000.000 €) y las de los correspondientes ejercicios a los que se vinculasen las nuevas asignaciones de recursos financieros procedentes de la reasignación acordada por la citada Comisión de Seguimiento".

2. Se suprime el apartado 2 describiéndose el proyecto subvencionable en el anexo I de esta Orden.

3. El apartado cuarto, punto 1 de la Orden que queda redactado como sigue:

"Periodo de ejecución y persona responsable de la actuación subvencionable.

1. Conforme al artículo 4 del Real Decreto 703/2019, de 29 de noviembre, la cláusula 13.ª punto 1, del Convenio FITE 2019 y el epígrafe i.) punto 3 del acta de la 1era reunión de la Comisión de Seguimiento del convenio, el periodo de ejecución es del 1 de enero de 2019 al 24 de marzo de 2023. Asimismo, conforme a la cláusula 7.ª, punto 1, del Convenio FITE 2019 el gasto deberá corresponder al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 24 de marzo de 2023.

En aplicación de la cláusula 3.ª, punto 9, del Convenio FITE 2019 el plazo de ejecución no puede exceder el plazo de vigencia del citado convenio..."

4. El apartado undécimo, puntos 6 y 7, justificación, queda redactado en los siguientes términos:

"6. La justificación de la aplicación de la subvención por parte de la entidad beneficiaria, se efectuará ante la Dirección General competente en materia de Investigación, en aplicación de las obligaciones derivadas para la Comunidad Autónoma de Aragón, establecidas en la cláusula 7.ª del convenio FITE 2019, en los siguientes plazos:

a) Del gasto efectivamente pagado entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019 se presentará antes del 15 de enero de 2020.

Del gasto efectivamente pagado entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020 se presentará antes del 15 de enero de 2021.

Del gasto efectivamente pagado entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 se presentará antes del 22 de enero de 2022.

Del gasto efectivamente pagado entre el 1 de enero de 2022 y el 24 de marzo de 2023 se presentará antes del 8 de abril de 2023.

Del gasto efectivamente pagado correspondiente a la ejecución de remanentes provenientes de la reprogramación se presentará antes del 8 de abril de 2023.

7. Adicionalmente, y en cumplimiento de las obligaciones derivadas para la Comunidad Autónoma de Aragón establecidas en la cláusula 4.ª, punto 7, del Convenio FITE 2019, se presentará antes del 8 de abril de 2023 ante la Dirección General competente en materia de investigación, la siguiente documentación suscrita conjuntamente por las personas responsables designadas en el apartado cuarto punto tres de esta Orden y por persona con capacidad de representar legalmente a la entidad beneficiaria:

Declaración responsable que acredite la realización del proyecto en los términos y condiciones establecidos en esta Orden y en el citado Informe de 12 de diciembre de 2019 de la Interventora General de Aragón, así como el cumplimiento de la finalidad de esta subvención.

Informe que acredite la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de los gastos efectuados desglosando el concepto y el coste total final de los mismos, acreditando expresamente que el importe de la subvención concedida no supera los límites a los que se refiere el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Memoria explicativa que acredite el cumplimiento de la finalidad de esta subvención, de acuerdo con el formato y los indicadores acordados por la Comisión de Seguimiento del Convenio FITE 2019".

Segundo.- Modificar de la Orden CUS/1905/2021, de 23 de diciembre, por la que se concede una subvención a la Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón (Fundación CEFCA) para financiar el proyecto denominado "Galáctica - Observatorio Astrofísico de Javalambre" en el marco del convenio suscrito entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes (FITE 2021) en el siguiente sentido:

1. El apartado primero queda redactado en los siguientes términos:

"Conceder a la Fundación CEFCA (en adelante entidad beneficiaria) una subvención por un importe máximo de dos millones de euros (2.585.286,27 €) para la financiación del proyecto denominado "Galáctica - Observatorio Astrofísico de Javalambre" aprobado por la Comisión de Seguimiento del Convenio FITE 2021, correspondientes a la aportación inicial (2.000.000 €) y a la reasignación acordada por la Comisión de Segumiento del FITE (585.268,27 €)".

2. El apartado segundo, punto 1.a), Crédito presupuestario, límites y compatibilidad, queda redactado en los siguientes términos:

1. Crédito presupuestario, límites y compatibilidad.

Aplicación presupuestaria de la financiación. Además de las aplicaciones presupuestarias de los correspondientes ejercicios a los que se vinculasen las nuevas asignaciones de recursos financieros procedentes de la reasignación acordada por la Citada Comisión de Seguimiento:

- 17030/G/5423/740101/32221: 1.000.000 euros.

17030/G/5423/740101/91221: 1.000.000 euros.

3. El apartado segundo, punto 7.b), justificación anual, queda redactado en los siguientes términos:

La justificación de la aplicación de la subvención por parte de la entidad beneficiaria, se efectuará ante la Dirección General competente en materia de Investigación, en aplicación de las obligaciones derivadas para la Comunidad Autónoma de Aragón, establecidas en la cláusula 7.ª del Convenio FITE 2021, en los siguientes plazos:

Del gasto efectivamente pagado entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 se presentará desde el 1 de enero de 2022 hasta el 15 de febrero de 2022.

ii. Del gasto efectivamente pagado entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022 se presentará desde el 1 de enero de 2023 hasta el 15 de febrero de 2023.

iii. Del gasto efectivamente pagado entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023 se presentará desde el 1 de enero de 2024 hasta el 15 de febrero de 2024.

iv. Del gasto efectivamente pagado entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 se presentará desde el 1 de enero de 2025 hasta el 1 de febrero de 2025.

Del gasto efectivamente pagado correspondiente a la ejecución de remanentes provenientes de la reprogramación se presentará de manera separada desde el 1 de enero de 2025 hasta el 1 de febrero de 2025, o en cualquiera de los periodos de justificación anteriores correspondientes a las distintas anualidades".

4. Se mantiene el anexo Inversiones FITE 2021 CEFCA, en el que se hace referencia a los importes desglosados por acciones dentro de cada subproyecto y se añade el anexo II de esta Orden.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su notificación. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que en ningún caso pueda hacerse un uso simultáneo de ambas vías de recurso.

Zaragoza, 21 de diciembre de 2022.

La Consejera de Ciencia, Universidad

y Sociedad del Conocimiento,

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO