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ORDEN IIU/1184/2018, de 11 de junio, por la que se encarga a la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios S. S. (TRAGSATEC) el soporte y mantenimiento evolutivo de los sistemas SGAPAC 2015-2020 con la plataforma de administración electrónica del Gobierno de Aragón. Anualidades 2018, 2019 y 2020.

Publicado el 13/07/2018 (Nº 135)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

El Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, atribuye a este Departamento, las competencias en materia de promoción, fomento y la implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones y de la sociedad de la información, con especial atención a su incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón y en las Administraciones públicas, así como el diseño, la coordinación y la implantación de infraestructuras que permitan el acceso a las nuevas tecnologías y a la sociedad de la información de los diferentes sectores sociales y económicos de Aragón.

Antecedentes

La reforma de la PAC para el período 2014-2020, aprobada por el Parlamento Europeo el 20 de noviembre de 2013, persigue asegurar una distribución más equitativa de los recursos entre estados miembros y agricultores, así como la consecución de un equilibrio territorial y medio ambiental en el ámbito europeo.

La aplicación de estos fondos europeos ha dado lugar a la existencia de un sistema compuesto por el FEGA y los organismos pagadores de las comunidades autónomas que tienen como objeto la gestión y pago de las ayudas económicas previstas a los interesados que realicen las acciones contempladas en la PAC.

Dentro de este sistema, el FEGA persigue la aplicación armonizada de la normativa europea y recaba la información de los organismos pagadores con la Comisión Europea. Con el objeto de la aplicación de la PAC 2014-2020, el FEGA pone a disposición de los organismos pagadores de las comunidades autónomas el sistema de Gestión de Solicitudes de Ayuda de la PAC 2015-2020.

No obstante, el sistema desarrollado por parte de la Administración General del Estado no contempla determinadas especificaciones técnicas, funcionales y administrativas inherentes a la Comunidad Autónoma de Aragón tanto en el ámbito de centro de proceso de datos como en el de servicios de administración electrónica utilizados en el ejercicio de potestades administrativas.

Por otro lado, el Gobierno de Aragón, tras la entrada en vigor de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos y las posteriores entradas en vigor de las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se han venido desarrollando distintos sistemas y aplicaciones propios como puede ser el Gestor Documental o el Registro Telemático, que componen, entre otros, el Entorno de Tramitación Telemática.

Encargos y encomiendas anteriores.

Por tanto, para una correcta implantación y utilización fue necesario abordar diferentes actuaciones que requieren dedicación de personal con formación específica en determinado entorno de programación y es por ello que con fecha 21 de marzo de 2014, la Secretaria General Técnica del Departamento de Hacienda y Administración Pública resuelve encargar a la empresa pública "Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A." (TRAGSATEC), la ejecución de las actuaciones relativas al "Proyecto para desarrollo de la integración de la política agraria comunitaria (PAC) 2015 con los servicios de Administración Electrónica del Gobierno de Aragón", dicho encargo se ha venido desarrollando hasta agosto de 2016. El encargo a TRAGSATEC, contemplaba la integración del aplicativo desarrollado por el FEGA (SGA) con los sistemas horizontales del Gobierno de Aragón.

Al termino de este encargo y habiendo terminado la integración dentro del alcance definido, se estimó necesario realizar los trabajos de soporte y mantenimiento evolutivo de estas integraciones informáticas debido a los cambios que se producían de forma continua en el proyecto de desarrollo y mantenimiento del sistema de gestión de solicitudes PAC 2014-2020, por un lado; como por los cambios que se producen en los propios sistemas, aplicaciones y servicios informáticos horizontales de gestión de la administración electrónica del Gobierno de Aragón.

Por este motivo con fecha 28 de febrero de 2017, la Consejería de Innovación, Investigación y Universidad del Gobierno de Aragón, resolvió encargar de nuevo a la empresa pública TRAGSATEC, la ejecución de las actuaciones relativas al "Soporte y mantenimiento evolutivo de la integración de los sistemas PAC 2015-2020 con la plataforma de Administración Electrónica del Gobierno de Aragón. Ejercicio 2017". Dicho encargo tenía un plazo inicial en el ejercicio 2017, pero mediante Orden de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, de fecha 30 de noviembre de 2017, se realizó una ampliación administrativa de plazo hasta el 30 de abril de 2018, ya que dentro de los objetivos del citado encargo estaba la preparación de la campaña de solicitud PAC 2018 y habiéndose constatado cambios en la planificación emitida desde el Fondo Español de Garantía Agraria, por los cuales esa preparación se debía llevar a cabo hasta el final del periodo de captura de solicitudes (30 de abril), era necesaria la citada ampliación.

En estos momentos, habiendo terminado la integración de la arquitectura dentro del alcance definido en los citados encargos, se hace necesario seguir manteniendo los trabajos de soporte y evolución de estas integraciones informáticas debido a los cambios que se producen de forma continua en el proyecto de desarrollo y mantenimiento del sistema de gestión de solicitudes PAC 2015-2020, por un lado; como por los cambios que se producen en los propios sistemas, aplicaciones y servicios informáticos horizontales de gestión de la administración electrónica del Gobierno de Aragón de cara a las campañas de los ejercicios siguientes.

Por todo ello, es necesario que se inicien los trabajos de este nuevo encargo.

Objeto y alcance material del encargo.

El objeto del nuevo encargo será el llevar a cabo el mantenimiento de los servicios actualmente implantados y la preparación y puesta en funcionamiento de nuevos futuros servicios. En el Pliego de Condiciones Técnicas incorporado al expediente, se detallan las acciones contempladas, el alcance material de las mismas y las condiciones técnicas de ejecución.

Mantenimiento de la vida útil de las inversiones realizadas por DGA.

Es importante destacar que las actividades de soporte y mantenimiento se realizan sobre inversiones efectuadas por la propia Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, siendo actuaciones necesarias para que sean y continúen siendo operativas las inversiones realizadas y por tanto mantengan su valor para la Administración Autonómica de Aragón y para el conjunto de la población que ha de recibir los servicios correspondientes.

Es decir, se trata de gastos necesarios para mantener la vida útil y por tanto el valor de la inversión pública de la Comunidad Autónoma de Aragón de modo que se sigan prestando adecuadamente los servicios que la ocasionaron. Es decir, contribuyen al mantenimiento de la vida útil y operatividad de bienes de titularidad propia de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Idoneidad de TRAGSATEC para la ejecución del presente encargo.

Según el artículo 2.º de los estatutos sociales de la Empresa "TRAGSATEC", la Sociedad tiene la consideración de medio propio personificado y servicio técnico de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, además de otras Administraciones, de acuerdo con la Disposición Adicional Vigésima Cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Constituida en 1989 como filial de TRAGSA, TRAGSATEC es una empresa pionera en tecnología de vanguardia, especializada en la realización de actividades de ingeniería, consultoría y asistencia técnica en materias agrícola, ganadera, forestal, medioambiental, de desarrollo rural o medio marino, sanidad y salud pública, tanto en estudios y proyectos como en servicios técnicos.

Gracias a su continua apuesta en I+D+i, TRAGSATEC dispone de un sólido soporte informático y la tecnología más innovadora, como Sistemas de Información Geográfica y desarrollos en entornos Web, capaces de dar apoyo a la Administración en tareas de producción, mantenimiento y explotación de bases de datos agrarias y medioambientales a escala nacional.

La naturaleza de las actuaciones que contempla este encargo, encaja perfectamente con las actividades que constituyen el objeto social de TRAGSATEC, recogidas en el artículo 2.º de sus estatutos sociales y que se citan a continuación sin carácter exhaustivo:

a) "La realización de todo tipo de actuaciones, trabajos y prestación de servicios agrícolas, ganaderos, forestales, de desarrollo rural, de conservación y protección del medio natural y medio ambiental, cinegéticos, de acuicultura y de pesca, de conservación y enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español en el medio rural, de restauración e integración medioambiental de infraestructuras, de calidad ambiental urbana, acciones de salud pública dirigidas a la protección de la salud de la población y prevención de enfermedades, así como los necesarios para el mejor uso y gestión de los recursos naturales y de la conservación de los espacios naturales protegidos en general y de los Parques Nacionales en particular. La prestación de servicios especializados de formación, documentación, asesoramiento, consultoría, cartografía, informática y de gestión y eliminación de productos, subproductos y residuos de origen animal relativas a la ganadería. Todo ello mediante la gestión y suministro de los equipos adecuados y el desarrollo de los programas precisos.

(...)

h) La elaboración o realización de todo tipo de estudios, planes, proyectos, direcciones de obra, memorias, informes, dictámenes y, en general, todas las actividades de ingeniería y asesoramiento técnico, informático, económico o social, y cualquier tipo de consultoría y de asistencia técnica y formativa en materia de gestión, organización, recopilación, tratamiento y digitalización documental, de gestión y de conformación de bibliotecas, registros y archivos, ya sean de texto, de imágenes o sonido, en cualquier soporte, incluidos los multimedia, y de gestión de protocolos en general también en cualquier soporte, para las diferentes Administraciones Públicas, así como sus organismos dependientes y las entidades de cualquier naturaleza vinculadas a aquéllas".

TRAGSATEC ha sido la empresa que ha realizado los trabajos de desarrollo y mantenimiento de los programas informáticos necesarios para el sistema de Gestión de Solicitudes de Ayuda de la PAC, que el FEGA ha puesto a disposición de los organismos pagadores de las Comunidades Autónomas para el periodo 2014-2020.

Por todo lo expuesto anteriormente, la empresa TRAGSATEC, se considera que es el organismo mas adecuado para llevar a cabo, con la eficacia requerida, el desarrollo de la actuación, teniendo la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por consiguiente, la empresa TRAGSATEC tiene la capacitación técnica y es la entidad idónea para la ejecución del presente encargo.

Naturaleza de las tareas que conlleva la ejecución del encargo y estimación económica.

Por parte de TRAGSATEC se han clasificado las actuaciones incluidas en este encargo, conforme a la siguiente tabla, de acuerdo a la propuesta presentada por la empresa de acuerdo a tarifas TRAGSA vigentes ("Boletín Oficial del Estado", número 143, de 16 de junio de 2017).

Considerando la posibilidad de incluir los trabajos objeto de este encargo dentro de la "Actuación AE01: Desarrollo de la administración electrónica", del Programa Operativo "FEDER Aragón 2014-2020, Construyendo Europa desde Aragón", se propone la siguiente distribución del gasto con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del Presupuesto de Gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para los ejercicios 2018, 2019 y 2020:

En cumplimiento de los criterios establecidos por la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería en relación con las operaciones cofinanciadas por FEDER, la definición del servicio y su determinación económica han sido fijados para que no sea preciso considerar ni su modificación ni la revisión de precios durante la ejecución del mismo.

El Servicio de Administración Electrónica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad entiende necesaria y justificada la inversión y, dado el cumplimiento de elegibilidad de la actuación en base al criterio "(...) incrementar el número de procedimientos que incorporen el medio electrónico tanto a los trámites de comunicación con el ciudadano o las empresas como a la propia gestión interna a través de la utilización de documentos y firma electrónica y a las interacciones electrónicas con otras administraciones" se propone su realización con cargo al presupuesto del Plan de Administración Electrónica siempre y cuando se realice conforme a los requisitos establecidos por la Unión Europea para la gestión de Fondos FEDER.

Las tarifas están elaboradas de acuerdo a la Resolución de 13 de junio de 2017, de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de las tarifas de TRAGSA por el que se actualizan los precios simples de las tarifas 2015 y se revisan los coeficientes para la actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos, siendo de aplicación a este encargo las tarifas en vigor ("Tarifas 2017 para encargos a TRAGSATEC no sujetos a impuesto en el territorio nacional sin Canarias"), que pueden consultarse en la página web de TRAGSA www.tragsa.es ("Boletín Oficial del Estado", número 143, de 16 de junio de 2017).

Asciende el presupuesto total de Ejecución por Administración a la expresada cantidad de quinientos un mil setecientos cincuenta euros con dieciséis céntimos (501.750,16 €).

Con base en todo lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad en virtud del Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, resuelvo:

Primero.- Aprobación.

Aprobar el encargo de ejecución a la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios S. S. (TRAGSATEC) el soporte y mantenimiento evolutivo de los sistemas SGAPAC 2015-2020 con la plataforma de administración electrónica del Gobierno de Aragón. Anualidades 2018, 2019 y 2020.

Segundo.- Las actuaciones objeto de este encargo consisten en:

Llevar a cabo el mantenimiento de los servicios actualmente implantados y la preparación y puesta en funcionamiento de nuevos futuros servicios, de acuerdo con el Pliego de Condiciones Técnicas incorporado al expediente, en el que se detallan las acciones contempladas, el alcance material de las mismas y las condiciones técnicas de ejecución.

Tercero.- Obligaciones de la entidad encomendataria.

Será responsabilidad de Tecnologías y Servicios Agrarios S.A., en el desarrollo de las actuaciones objeto de este encargo:

a) Aportar los medios materiales, técnicos y humanos necesarios para la realización de las actuaciones objeto de encargo, sin perjuicio de que pueda contratar aquellos servicios y provisiones externos de carácter accesorio que sean necesarios para lograr los objetivos establecidos, siempre y cuando no cuente con los medios necesarios para ello.

b) Realizar las actuaciones objeto de encargo de acuerdo con las directrices o instrucciones que, en su caso, se dicten por el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, a través de la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información, que en caso de incumplimiento por parte de la empresa quedará exonerado de cualquier tipo de responsabilidad.

c) Asumir las responsabilidades inherentes al cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales en relación con las tareas que se desarrollen en el equipamiento y la coordinación de actividades empresariales.

d) Abonar el importe de todos los servicios y provisiones que contrate para dar cumplimiento a este encargo.

e) Poner a disposición del Gobierno de Aragón todos los productos obtenidos como resultado del objeto de este encargo, entendiendo como tales la aplicación informática, los programas desarrollados, o en caso de ser una aplicación ya desarrollada, la licencia de uso de la misma y los sistemas desarrollados para su adaptación a las necesidades concretas de los receptores de la misma, la documentación generada, códigos fuente de los programas y cuantos productos resulten del desarrollo final del mismo.

f) Elaborar los informes y los documentos que sean requeridos en relación con la ejecución de este encargo.

g) Informar a la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información sobre el desarrollo de las actuaciones objeto de encargo.

h) Realizar la adscripción de medios necesarios, conforme a lo señalado en el Pliego de Condiciones Técnicas.

i) Nombrar a un interlocutor para las relaciones con el Departamento.

Cuarto.- Obligaciones del órgano encomendante.

El Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, a través de la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información, asume las siguientes obligaciones:

a) La puesta a disposición de la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios S.A. de la información necesaria sobre los cambios que se producen de forma continua en el proyecto de desarrollo y mantenimiento del sistema de gestión de solicitudes SGAPAC 2014-2020 y sobre sistemas, aplicaciones y servicios informáticos horizontales de gestión de la administración electrónica del Gobierno de Aragón con el fin de que pueda llevar a cabo las correspondientes tareas que constituyen el objeto de este encargo.

b) El apoyo y asistencia técnica a la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios S.A. para una mejor realización de las actuaciones objeto de encargo, facilitando la documentación necesaria y promoviendo las actuaciones de carácter administrativo que sean precisas.

c) Coordinar las actuaciones generales objeto de encargo, en su caso a través de las oportunas instrucciones o directrices.

Quinto.- Supervisión y órgano responsable.

El Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, a través de la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información, supervisará los trabajos desarrollados por la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios S.A. al amparo de este encargo. Para ello se designa como responsable de la supervisión de los trabajos encomendados al Jefe del Servicio de Administración Electrónica, dependiente de la citada Dirección General, que se encargará de supervisar la ejecución de las actuaciones, dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actuaciones, analizar las incidencias que puedan surgir durante la ejecución de las actuaciones e informar sobre todos aquellos aspectos relacionados con los trabajos encomendados.

A su vez, se deposita en el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad y a los responsables técnicos por él designados, la dirección técnica, supervisión, seguimiento y comprobación del correcto desarrollo, implantación y explotación de las actuaciones objeto de este encargo, sin perjuicio de las responsabilidades propias de la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información y de Aragonesa de Servicios Telemáticos.

Asimismo, corresponde a Aragonesa de Servicios Telemáticos (AST), en el marco de sus competencias, la explotación y mantenimiento de las infraestructuras, equipamientos y servicios y depositarios de los desarrollos de software (código fuente, productos y documentación) en el Gobierno de Aragón y, por tanto, colaborador en la definición de requisitos, recomendaciones, verificaciones y comprobaciones técnicas.

Sexto.- Aprobación del gasto y financiación.

Aprobar el gasto para el desempeño de las tareas encomendadas por el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad a la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios S.A, por la cantidad de quinientos un mil setecientos

Cincuenta euros con dieciséis céntimos (501.750,16 €), con cargo al Presupuesto de Gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2018, 2019 y 2020, con la distribución temporal por partidas presupuestarias siguiente:

Las inversiones que se realicen con motivo del desarrollo de este encargo son susceptibles de ser cofinanciadas con el Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020, Construyendo Europa desde Aragón.

En consecuencia, deberán cumplirse las correspondientes obligaciones de información y publicidad establecidas en la Reglamentación de la Comisión Europea así como las establecidas en el resto de normativa que resulte de aplicación en cada caso.

Estas exigencias de información y publicidad deben hacerse constar también de forma expresa en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas y en los propios documentos de formalización de los contratos que se establezcan.

Séptimo.- Justificación y pago.

El pago de la asignación económica se efectuará mediante certificaciones parciales bimestrales, de conformidad con el ritmo de ejecución de las actividades objeto del encargo, previa justificación de su realización.

Para dicha justificación, se presentará la siguiente documentación:

- Una certificación expedida por Tecnologías y Servicios Agrarios S.A. de los gastos efectuados, relativos tanto a medios propios como a proveedores externos

- Una relación de los gastos así como de las facturas, o documentos equivalentes acreditativos del gasto, con un breve informe sobre cada uno de ellos.

- Un resumen de las acciones realizadas, con indicación de los gastos, facturas y otros documentos relativos a cada una de ellas.

La Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información, una vez analizada la documentación presentada y realizadas las comprobaciones pertinentes, realizará la correspondiente certificación.

Para el pago de la última certificación de gasto, la documentación justificativa se presentará con anterioridad suficiente para poder cumplir lo que en su momento se establezca por la normativa reguladora de las operaciones de cierre del ejercicio presupuestario de 2020.

La empresa Tecnologías y Servicios Agrarios S.A. deberá presentar una Memoria final donde se especificarán los detalles de las actividades realizadas durante el periodo y las incidencias más importantes registradas en la ejecución del encargo.

Octavo.- Modificación y resolución del encargo.

El encargo podrá ser objeto de modificación si circunstancias debidamente acreditadas lo justifican.

En el caso de que no fuera posible continuar con las prestaciones previstas en este encargo y ello produjera una lesión grave al interés público, procederá la resolución o revocación del encargo.

Noveno.- Vigencia y prórroga.

La vigencia de este encargo se extenderá durante 32 meses, dentro del horizonte 2015-2020.

La vigencia de este encargo podrá ser prorrogada por sucesivos periodos si así lo acuerdan expresamente la entidad encomendada y el Departamento competente en la materia tras la verificación del correcto cumplimiento de los objetivos marcados y con antelación suficiente antes de la conclusión de la vigencia del encargo o de cualquiera de sus prórrogas. En este caso, el titular del citado Departamento fijará la aportación económica precisa para el desempeño de la tarea encomendada, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias del ejercicio económico correspondiente, y, si fuese preciso, adaptará los niveles de servicio inicialmente establecidos.

Décimo.- Régimen jurídico.

Este encargo se incluye entre los supuestos contemplados en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, teniendo la empresa TRAGSATEC la consideración de medio propio personificado y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la "Empresa de Transformación Agraria, S.A. y de sus filiales".

Su formalización no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, siendo responsabilidad de éste dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actuaciones objeto de encargo.

Decimoprimero.- Publicidad.

Esta orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 11 de junio de 2018.

La Consejera de Innovación, Investigación

y Universidad, PILAR ALEGRÍA CONTINENTE