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ORDEN ECU/1949/2023, de 20 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes al año 2022.

Publicado el 03/01/2024 (Nº 2)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

Texto completo:

Por Orden ECU/1131/2023, de 31 de agosto ("Boletín Oficial de Aragón", número 179, de 15 de septiembre), se convocaron los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes al año 2022, cuyas bases reguladoras vienen establecidas en la Orden ECD/670/2023, de 16 de mayo ("Boletín Oficial de Aragón", número 99, de 26 de mayo).

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración constituida para la evaluación de las solicitudes presentadas, según lo previsto en el apartado 4 de la Orden ECU/1131/2023, de 31 de agosto, una vez aplicados los criterios establecidos en el apartado 5, puntos 1 y 2 de la citada Orden a tener en cuenta para la selección, tras la comprobación de las calificaciones medias en el ciclo formativo de los expedientes de las personas solicitantes, así como el resto de documentación aportada, ordenó las candidaturas presentadas, por Grado Medio y Superior y por familias profesionales, según consta en acta de dicha reunión de fecha 13 de noviembre de 2023.

A la vista del acta de la Comisión de Valoración, el Director General de Planificación, Centros y Formación Profesional con fecha 14 de noviembre de 2023, formuló propuesta de resolución provisional, que se publicó en el portal Departamento de Educación, Ciencia y Universidades https://educa.aragon.es, abriéndose un plazo de 5 días para la presentación de alegaciones a la misma.

La Comisión de Valoración se reunió con fechas 22 y 28 de noviembre de 2023, conforme a lo establecido en el apartado 4 y el apartado 5, punto 7 de la Orden ECU/1131/2023, de 31 de agosto, al objeto de examinar las alegaciones presentadas en plazo y emitir el informe motivado que sirva de base a la propuesta de resolución definitiva de estos Premios.

A la vista del informe de 28 de noviembre de 2023, de la tercera reunión de la Comisión de Valoración, el Director General de Planificación, Centros y Formación Profesional, con fecha con fecha 29 de noviembre de 2023, formula la propuesta de Resolución definitiva.

El artículo 10.1.a) del Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, establece que al Departamento de Educación, Ciencia y Universidades se le atribuyen todas las competencias del anterior Departamento de Educación, Cultura y Deporte excepto las de cultura, patrimonio cultural, lenguas y deporte. Dichas competencias se recogen en la actualidad en el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Posteriormente, mediante Decreto 102/2023, de 12 de agosto, del Gobierno de Aragón, se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, contemplando en su artículo 2.8 la estructura del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, en la que se incluye la Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional.

Por todo lo expuesto, teniendo en cuenta la propuesta de resolución definitiva elaborada por el Director General de Planificación, Centros y Formación Profesional, resuelvo:

Primero.- Conceder por familia profesional los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior correspondientes al año 2022, al alumnado relacionado en los anexos I y II, respectivamente.

Segundo.- Aprobar la relación de solicitudes desestimadas, por familia profesional, a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior correspondientes al año 2022, al alumnado relacionado en los anexos III y IV, respectivamente, por haber obtenido una puntuación inferior a la de los premiados.

Tercero.- Aprobar la relación de solicitudes excluidas a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior correspondientes al año 2022, al alumnado relacionado en los anexos IV y V, respectivamente, por incumplir los requisitos recogidos en la convocatoria que se indican.

Cuarto.- Declarar desiertos, por no haberse recibido candidaturas a las mismos, los Premios Extraordinarios de Formación Profesional correspondientes a las siguientes familias profesionales de:

Grado Medio:

Grado Superior:

Quinto.- El importe de los premios concedidos asciende a doce mil quinientos noventa y nueve euros con setenta y siete céntimos (12.599,77 ), con cargo a la aplicación presupuestaria 18050 G/4226/480223/91002 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2023.

Según lo previsto en el apartado 9.1 de la Orden ECU/1131/2023, de 31 de agosto, al haber quedado desiertas algunas familias profesionales por falta de participantes, procede distribuir el importe correspondiente a dichas familias de forma proporcional entre el resto de las familias profesionales del mismo nivel.

En virtud de lo anterior, la dotación económica de cada uno de los Premios Extraordinarios de Grado Medio, para cada una de las familias profesionales premiadas en Aragón, asciende a quinientos setenta y dos euros con setenta y dos céntimos (572,72 ). Por su parte, la dotación de cada uno de los Premios Extraordinarios de Grado Superior, para cada una de las familias profesionales premiadas en Aragón, asciende a cuatrocientos diecinueve euros con noventa y nueve céntimos (419,99 ).

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones contenidas en Ley 38/2003, de 27 de septiembre, General de Subvenciones, en el artículo 9 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón (TRLSA), y en el artículo 7 de la Orden ECD/670/2023, de 16 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Deberán igualmente someterse al control financiero ejercido por la Intervención General, así como a los controles que pudieran ejercerse por parte de la Cámara de Cuentas de Aragón y del Tribunal de Cuentas, en los términos establecidos en los artículos 55 y 56 del TRLSA. De acuerdo con lo previsto en la convocatoria, así como en el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y de Participación Ciudadana de Aragón, los beneficiarios de subvenciones estarán obligados a suministrar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, previo requerimiento, y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones previstas en la Ley en materia de transparencia, con las consecuencias recogidas en su artículo 9.4.

Sexto.- Ordenar que el premio conste en el expediente académico del alumnado premiado, mediante anotación realizada por el Secretario del centro docente donde la alumna o el alumno premiado cursó sus estudios.

Séptimo.- Ordenar que el alumnado premiado reciba un diploma acreditativo de esta distinción.

Octavo.- El alumnado premiado podrá optar, previa inscripción, a concurrir los Premios Nacionales de Formación Profesional, correspondientes.

Noveno.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación, y en la página web del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades del Gobierno de Aragón (https://educa.aragon.es) en la sección de Formación Profesional, para general conocimiento.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Los recursos administrativos se podrán presentar electrónicamente a través del Registro Electrónico General del Gobierno de Aragón en la dirección https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion, o de forma presencial o electrónica en cualquiera de los registros y oficinas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 20 de diciembre de 2023.

La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades,

CLAUDIA PÉREZ FORNIES